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Maarten Janssen, 2014-
Summary | El autor aconseja a Juan de Velasco que anime a doña Lorenza Marcos de Arguijo a adoptar una decisión en relación a su herencia, en vista de su quebrada salud, y a no dejarse avasallar por sus parientes. |
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Author(s) | Juan Bautista Arespacochaga |
Addressee(s) | Juan de Velasco |
From | España, Vizcaya, Elorrio |
To | España, Madrid |
Context | El 18 de junio de 1661 falleció en Madrid doña Lorenza Marcos de Arguijo, viuda de don Francisco de Benavides, contralor que había sido de la Casa de la Reina. Una vez que se conoció el último testamento otorgado, se inició un pleito entre los testamentarios y varios parientes de doña Lorenza que pidieron la nulidad de la última voluntad de la finada. El testamento, que había sido otorgado ante el escribano Francisco Suárez, señalaba como principales beneficiaros a los hijos de doña María de Olmo, sobrina de doña Lorenza en grado lejano pero que se había criado en su casa desde los siete años. Así, tanto los alquileres de las casas que poseía en Madrid como los activos financieros de que era poseedora serían disfrutados por fray Francisco Antonio de Arce y Miera y por don Bernardo Álvarez de Figueroa, hijos de doña María. Los testamentarios -que eran el propio fray Francisco Antonio de Arce, don Juan Álvarez de Figueroa y don Juan Velasco- se enfrentaron a la demanda interpuesta por los cónyuges de doña Claudia de Salas, doña Beatriz de Salas y doña Bernarda de Salas, todas ellas sobrinas en diverso grado de doña Lorenza. Alegaban que los testamentarios, y muy especialmente doña María de Olmo y su marido don Juan Álvarez de Figueroa, habían presionado a doña Lorenza para redactar un nuevo testamento que revocaba uno previo que sí beneficiaba a las susodichas sobrinas; además, añadían la incapacidad mental de doña Lorenza, afectada hacía ya cuatro años por una demencia severa. Asimismo, se denunció el procedimiento de inventario y se puso en entredicho el parentesco entre doña María y doña Lorenza, declarando que el de doña Claudia y sus sobrinas era más propincuo. Doña María defendió el vínculo que la unía con la fallecida y acusó a las demandantes de haberse beneficiado en vida de las riquezas de doña Lorenza y de hacerle visitas únicamente por mero interés económico. Don Melchor de Cabrera como cónyuge de doña Claudia de Salas aportó las testificaciones de testigos y presentó las dos cartas que se incluyeron en el proceso y que iban dirigidas al secretario Juan Bautista de Arespacochaga, testamentario que había sido de don Francisco de Benavides. Especialmente relevante era la carta dirigida a don Juan Velasco, ya que de ella se colegían ciertas instrucciones para que doña Lorenza, en previsión de su mala salud, testase y lo hiciese en favor de doña Claudia de Salas y sus sobrinas doña Beatriz y doña Bernarda. Sin embargo, por la declaración de don Juan Velasco, la intención de doña Lorenza no estaba en beneficiar más a esas sobrinas, más allá de lo que ya había hecho con la cesión de una ración de palacio a doña Claudia. No obstante esta demanda, el consejo se pronunció en contra de la petición de nulidad de testamento, declarándolo válido y legal. |
Support | un bifolio de papel doblado en folio, escrito por recto y verso del primer folio y por el recto del segundo folio. |
Archival Institution | Archivo Histórico Nacional |
Repository | Consejos |
Collection | Escribanías de Cámara |
Archival Reference | Legajo 36512 |
Folios | 87r-88v |
Transcription | Elisa García Prieto |
Main Revision | Gael Vaamonde |
Contextualization | Elisa García Prieto |
Standardization | Gael Vaamonde |
Transcription date | 2014 |
1660. Carta de Juan Bautista Arespacochaga para Juan de Velasco.
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