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Maarten Janssen, 2014-

PS5053

1681. Carta de Juana de Cárdenas para Pedro de Escobedo y Cabrera.

SummaryLa autora escribe a don Pedro de Escobedo para agradecerle el favor que le ha hecho con la estancia de Isabel María de Ortega, esposa de aquel, ya que su presencia ha sido para ella gran motivo de alegría. No obstante, adelanta el dolor que va a sufrir con la futura separación y se pone al servicio de don Pedro.
Author(s) Juana María de Cárdenas
Addressee(s) Pedro de Escobedo y Cabrera            
From España, Jaén, Andújar
To España, Jaén, Martos
Context

En 1682, el licenciado Alonso de Herrera, alcalde del crimen de la Real Chancillería de Granada, procedió a la investigación y castigo de un delito de quebrantamiento del convento de Santa Clara de la villa de Martos. La denuncia procedía de las religiosas del convento y señalaba como principal acusado a don Pedro de Escobedo y Cabrera, caballero de la Orden de Calatrava y personaje principal de la villa de Martos. Asimismo, resultaron culpados don Miguel de Ortega y Vallejo y el presbítero don Juan Salcedo. Los tres habían mantenido relaciones indecorosas con tres religiosas del convento: doña Quiteria González y Mora, doña Manuela de Quesada y doña Ana de Ortega. Las pesquisas se centraron, principalmente, en la persona de don Pedro de Escobedo, de ahí que la mayor parte del expediente se refiera a él. De hecho, a consecuencia de los registros en su casa se incautaron diversas cartas, entre las que destacan las misivas amorosas y particulares escritas por doña Quiteria González. Junto a ellas hay que destacar un conjunto de más de 200 misivas que permiten reconstruir, parcialmente, otros aspectos de la vida de don Pedro de Escobedo: desde aspectos de su vida familiar hasta otros relacionados con su trayectoria profesional. Entre esas cartas hallamos unas epístolas intercambiadas con doña Juana de Cárdenas y que vinculan este proceso con otro que se siguió en el Consejo de las Órdenes Militares por el matrimonio ilícito que don Pedro había contraído con doña Isabel María de Ortega. Doña Juana era la responsable del alojamiento de la muchacha y, aunque su papel debía ser disuasorio, lo cierto es que jugó un rol relevante como intermediaria y favorecedora de la relación conyugal.

Support un bifolio de papel doblado en folio, escrito por todas las caras.
Archival Institution Archivo Histórico Nacional
Repository Consejos
Collection Escribanías de Cámara
Archival Reference Legajo 26226,Expediente 14
Folios 18r-19r
Transcription Elisa García Prieto
Main Revision Gael Vaamonde
Contextualization Elisa García Prieto
Standardization Gael Vaamonde
POS annotation Gael Vaamonde
Transcription date2014

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sr mio allandome con la de vm de 24 d el coriente tan nuebamente faborecida debo rendirle mui repetidas gracias por tamañas fineças como le mereçe mi buena lei maiormente cuando aguardava que vm me diera mil norabuenas por la fortuna que avia ofrecido el sr nicario a esta su casa con el deposito de mi querida ija doña isabel dichosa es por si i dino empleo de sus amables prendas de vm debo estrañar los agradecimientos con que se sirbe onrarme siendo cierto ia comienco a sentir el dia que a de salir de mi casa pues anque por lo que le quiero i deseo el cumplido gusto de vm quisiera fuera mañana sin embargo por lo que me a de costar nunca apeteçedere el dia que aia de salir de mi presencia por lo que arastra con tanta perfecion las boluntades i que con sus amables prendas se introduçe tanto los coracones jamas devera olvidarse de quien con tanta ternura le ama como io porque doi a vm las gracias de su iero por aberme dado a mereçer tal dicha deseando a este paso la ausulucion felis de esta dependiencia i ber a vm i a mi querida ija en la posesion perfeta de su buenos deseos i cristianos intentos nacidos de su buen gusto i solicitados de su ilustre sangre cumplido en ambos fueros con la igualdad que deve a vm a lei de buen caballero. es cierto sr mio me cuesta desvelo el consolar a mi querida ija en ausencia que tanto le lastima por los embaraços ruidos con que inquietan el animo de vm i que a no deberle tan idalga corespondiencia me fuera mui penoso pero se aiuda de mis buenos oficios en cuanto puede ia permite le aplique algunos alivios de los que discure mi cariño o ia sea porque se alla con el consuelo de las de vm o ia porque con su buen juicio quiere no malbaratar los empleos de mis cordiales deseos para que vm pueda lograr lleguen sin riesgo sus cartas i pasen sin sospecha a mis manos no se a discurido otro medio mas eficas que el de despues de aber çerado el pliego para mi poner otro sobrequrito a don juan bernave que al istante las pasara a mi mano i por la suia llegara la respuesta a la de vm esto se entiende con los pliegos que con propio de esa villa se remitieren que con los que de aca fueren no ai neçesidad d esta prevencion pues ia conozgo por las que an llegado iran la demas buenas por el padre prim de san ju de dios de esa villa si ubiere otro medio lo avisara vm. no nos podemos fiar de que lleguen a mi casa los propios ni tanpoco bengan por mano de ministro del sr nicario pues por tales se abentara su credito i el silencio qu es cuanto se ofreçe en respuesta a la de vm i que me solicite el alivio d este diamante i mas cuando todo su consuelo depende de su mano dandome muchas ocasiones de su agrado para que se manifieste mi buena boluntad gde dios vm feliçes años e le ponga en estado de tanta quietud como deseo andujar i julio 28 de 1681 años

sr mio veso la mano de vm su mor servidora doña jua ma de cardenas i aguilar sr don po escobedo i cabrera

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