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Maarten Janssen, 2014-

PS4100

[1757]. Carta de Juan José Aranda, cura, para Julián Martínez.

Author(s)

Juan José Aranda      

Addressee(s)

Julián Martínez                        

Summary

El autor escribe a Julián Martínez para encargarle que se ponga en contacto con su antigua criada, Isabel Villar Abarca, y la convenza de que se retracte de la declaración que realizó en su contra.
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Amigo y sr Julian de toda mi estimazon zelebrare que esta halle a Vmd con toda salud en Conpa de su sa Parta Maria Anttonia a qn dara Vmd mis expresiones y tendra esta pr suia. Yo á Dios grazs bueno pero tan apesadumbrado me hallo como puede considerar en esta carzel de corona, todo dimanado de la desgrazia q tubimos asi la Manuela como todos de la buena eleczion de la Criada q nos Vuscó su sa Parta la que nos dio a todos buen pago por haberla Vestido sin merezerlo y echo satisfazion d ella en el supuesto como sabe el Mozo y la Manla de que satisfaria su Pe lo q excediese del salario servido y asi dijo q por eso no dejasen de vestirla y hazerle Casasa de paño fino ea

Y no tan solamte huio de Ver la qta si que fue tan Marraja q estando yo y todo lel lugr en q era mal de corazon como de facto tenia tanbien la Manla fue secretamte desacreditandola de Vezino en Vezino en el Alvarrio â la Manuela, despues de haber la Manuela echo pr ella mas que por hija y Yo tanbien, despues dispuso con todo arte la llebaran los Alcaldes â su Casa pr desacreditarla mas, y en fin Yo no he conozido Ana bolena como dha Ysabel ni mas mala Cabeza, ni otra mas gentil enrredadora y enbustera como sabe el Mozo tanbien y en fin la Manuela esta con ella de tal suerte q si no Vuelbe pr el credito de su Amo, ya que â su Ama es irreparable el que le hizo, no se lo que le suzedera pues Boca mas desenfranada ni semejante no es Capaz, y lo que mas siento es q dejandose llebar de los Alcaldes ê influida d ellos haia declarado contra mi que Yo la he solizitado con promesas lebantandome mil enrredos la gran Cochina por darle gusto â Tacones, sin reparar la bribona el perjuizio q me ha echo los daños irreparables y el poco temor de Dios en dezir tales enrredos de su Cabeza sin dar mas testigos que su antojo por lo q no solo conozco se condena, si que sera milagro no caiga algun raio y Dios la castigue â vista de todos los de torralba; y lastimado yo y compadezido de que tal Alma se condene siquiera prque a comido mi pan, ya que ella no sabe q es digo agradezerlo si ni que es Amo ni ley mas q un Perro, despues de q sabe q ignoraba el P Nuestro; por tanto me Valgo de Vmd pa que sin darse por aora entendidos ni Vmd ni su s Parta de co-mo esta la Manuela y Yo tanbien de sofocads con ella y otros sujetos tanbn de Mazarulleq pues no es pa escrito qto tal cabezuela ha enrredado; q aora solo Vmdes le digan de parte mia no creo yo que ella d ella haia salido el declarar que yo la la haia xamas solizitado esto es pretendido en Caso, pues sono pa q conozca ellamente creo q influida de los Alcaldes que la tubieron casa del poder d ellos influiendola qto ha declarado Ante el Juez de la Sumaria por maquinazion e influxo de dhos Alcaldes lo hizo como muchacha dozil y de pocos años como no lo dudo; y asi el asumpto de esta es q q Vmd ó su sa Parta o persona de su satisfazon con cautela este con ella y la desengañen de mi parte no en qto â haver descubierto el enbarazo de la Manuela q d eso antes se ha de dezirle â ella que ella declare, q los Alcaldes mismos fueron quien lo publicaron y que antes ella dijo no lo sabia de zierto; si en qto a culparme a mi de q Yo la he pretendido con promesas y mobido que es que le dezia yo llebase descubiertos los pechos y q se los tocaba y otras porquerias semejantes q saben la Manuela y el Mozo de ai lo q Yo aborrezia tales porquerias y mas con tal Ysabel y mas con la reconbenzon q nos hizo su sa Parta de Vmd de lo que le mobio al Boticario y otros enrredos q supimos contra ótro sacerdote y mugr de oblig q hizo en Cuenca, como habia yo de incurrir aunque estubiera loco; y asi es menester con arte y cautela con ella, que yo estoi preso y que salir tengo y ir a torralba, y q el Correxor de Huete qn me estima qdo no me hizieran Justicia los sres Alcaldes me la hara y asi digo esto tocante a los ziento y siete Rs que me esta debiendo exceso q sobro a lo que ganó como consta de la qta formada pr Sastre Manuela y testigos que guardo; y asi â su Pe como a ella dezirselo con arte q despues de habernos desacretidado su hija por dar gusto á mis enemigos los Alcaldes por donde se persuaden que Yo les habi de dejar ni perdonar los 107 Rs q de mas llebo â cuestas de lo ganado, q de la qta y ajuste Consta ganó solos 26 Rs y pagados estos con su serbizio, se me deben los 107 dhos; los como declare ella esto es la dha Ysabel ante el Juez Receptor q ira por mi parte (y Yo la presento pr testigo) como aunq es cierto declaro contra mi ante el Juez de la Sumaria y ante los Alcaldes lo q expresan, pero que todo es falso y maquinado por dhos Alcaldes, que asi Palazios en su Casa como tacones la influieron y engañaron como dozil para que declarara contra mi que Yo la pretendi, pero q aora declara como Jamas Yo no solo no la pretendido Jamas si que Jamas ha visto ni oido en mi una aczion ni Palabra deshonesta. y asi q declara pa descargo de su conciencia lo dho de ser todo á influjo de dhos Alcaldes mis enemigos, y q Jamas ha visto en mi ni oido mal exemplo en cosa, antes bien sienpre como sabe asta el Mozo les he dado buena Doctrina rezando el Sto Rosario de noche, y en fin q pr hablar bien antes asegura su salvazon le dira Vmd y asi q haziendo esto tengan entendido asi dha Ysabel como su Pe que Jamas tomare en boca los dhos 107 Rs que me debe, y no ha ganado aun de soldada q me debe, pues la Vesti como sabe de qto pidió porque me dijo (ante testigos q tengo q son la Vezina, el Mozo y la Manuela de q tengo tomado testimo) me dijo q no me detubiera en vestirla como se acordara, q su Pe no era honbre que no habia de pagar el exceso siempre que no cumpliese no solo un año si dos años q gustase de servizio en mi casa, en cuio supto le hize hasta casaca de paño fino y mangtes finos y qto esta sentado; y despues pr medio del Pe fr Pedro Carmelita (qn tanbien declarara) si no haze lo dho de declarar aora en mi favor, y q lo dho antes fue á influjo y engaño (como muchacha de pocos años) de los dhos Alcaldes, por medio digo de dho Pe si le llebo la Casaca fue tanbien porq le dijo venia y esperaba â su Pe y que ajustariamos la qta y tanbien por la pabra q dio á dho Pe fr Pedro de q por mas q la influiesen los Alcaldes contra mi q no se dejaria engañar ni me infamaria; y habiendo echo todo lo contrario y faltado a dha palabra no es digna si de que Yo conclusa mi dependienzia la q ya llebo en buen estado recupere mi dha Cantidd pues la Manuela esta sobre esto la pobre mas fuerte que Yo y asi se lo prebengo á Vmd pa q con arte asi Vmd como su sa Parta se lo participen q n solo con esto q le pido que haga en la declarazon q iran â tomarle de mi parte, q tirando ella y culpando â dhos Alcaldes de q la engañaron y q en mi no ha visto ni notado si mucho exemplo, q esto dhos Alcaldes Jamas lo han de saber, pues los autos se sepultan aqui, y q Por hablar bien de su Amo de quien ha comido su pan y l a Vestido, y mas siendo sazerdote antes asegura su salvazon y el q todos digan bien d ella, pues de lo contrario todos qtos lo an sabido an dicho q ley de perro es la de tal Muger, q mas hiziera una fiera de ingratitud y asi q Yo no me persuado ella me haia mobido tal si q son todas proposiznes sugeridas é influidas pr tacones prq el la engaño con q me sacaria la Casaca, la q no quise dar á tacones. ni Vale q ella diga lo q me dijo Pardo le sujerieron q ella dijera la Vesti Yo de Valde y pr gusto ni q fue dado pues consta lo contrario pr testigs de q pagaria su Pe y ó q estaria en mi casa aunq fuera dos años conq pr ai no se fie porq el Correxidor con Costas me tiene ofrezido ir a un Ministril a la óra q Yo avise lo q Jamas dira Vmd practicare como ella se porte en dha declarazon diziendo lo dho todo como lo expreso sobre lo q Vmd y algun Amigo (si Vmd no basta) diestro la tendra bien instruida pa qdo vaia el Receptor q procurare baia asta unos dias en Viniendo de otros testigos en mi favr de Mazarulleq; y digale Vmd â su Pe tanbien de mi parte q Yo esto preso hasta q se sentenzie mi pleito, y q en este supuesto si gusta traher a mi Criada Ysabel casa de mi Primo Dn Julian Cortijo el Aguazil maior para dho efecto de hazer alli la declarazn dha secretamte q se lo sabre agradezer y no tendra el Receptor q discurro sera un Amigo y lego el q Vaia, q ir; pero si no pudiese Venir ira Y asi d esto como de todo esto es de que queda en declararlo dho asi en favor mio y de la Manuela de q los Alcaldes lo publicaron estando en secreto natural como sabe la Ysabel q ofrezieron no descubrirla Jamas lo Bordara. Y haziendolo asi no solo les dira Vmd a la Ysabel y á sus Padres q no solo Jamas tomare en Boca los 107 Rs si q antes qto Yo pueda en este Mundo la sabre atender y estimar como Vera y lo mismo a su Pe q ya Veo su Pe no tiene la Culpa q su hija haia errado, q ya se q pr el camino me dijo el mozo le dio buenos consejos; pero q todo esta remediado haziendo aora lo dho, q esta â su sombra y asi q no dudo d ello q a ella le ba y tanbien á su Pe pues ademas de q es honrra para ella hablar bien de un sacerdote y Amo cuio pan ha comido se haorra el tener q soltar los 107 Rs q me llebo de mas en soldada sin q esto tenga utrum pues soi hombre de bien y agradezido, y tanto q haciendolo aunq quiera servir mas en mi Casa bien sabe esta segra y no me detendria en tenerla todo esto Amigo con arte captandoles la Voluntd como me dize aora la Manla pr escrito; y de todo lo q resulte de q como queda encargada en esto; o si esta en parar la Ysabel aqui qdo yo le avise, me escribira Vmd sin falta pa que yo descuide y enbie Yo al Receptor á torralba con toda satisfazon y seguridd de que dha Ysabel esta consta pr mi su Amo y que esto se queda secreto entre Nosotros y en fin asi â su Padre como a ella q me tienen mui suio pa qdo yo pueda servirlos.

La Manuela donde esta en aquella Cercania casa de toda satisfazon esta buena y no le falta aora nada ni le faltara despues.

â su sa Parta la sa Maria Antta si es q no é olvida su nombre le dara Vmd mil expresiones, que echo aqui menos los Colchones q me conpuso, q me encomiende á Dios y á Maria Santissima pa q salga presto d esta Carcel de Corona, pues se q pr su Virtud lo alcanzara; pues la Manuela ya podran ustedes conozer qto lo desea mi salida tanbien pa su mejor estar ea inteligenti pauca. pues no todo es pa escrito; Ya sabran Vmds como la Manla Ante el Juez de la Sumaria q fue un Cura de Huete no declaro, pues no le quisieron tomar declarazon y solo se contentó con tomar un testimo de la q le aconsejaron los Alcalcaldes, y despues Ante ellos mismo qdo no estaba con el mal de corazon, estando en su juizio declaro no ser yo el autor conq Vmd y su Parta en este punto pierdan cuidado q la Manuela ya pr fin salio del poder de aquellos fariseos de Alcaldeses, pues aunq estaba en casa sin faltarle cosa, pero con sus ideas i idas y venidas luego q Yo fui llamado, dhos Alcaldes le enfadaban tanto a la pobre Manuela q no se qual lo haia sentido mas. y basta Amigo pa q Vmd este enterado y la sa Parta y cuidado con lo dho de escribirme quedar la Ysabel en lo dho y si no todo lo perdia conmigo, y espero razon pr el correo a mi el sobreescrito biene segura y asi avisarme qto antes, a no ser q Yo detenga el enbiar a Vmd esta pr el correo y se la remita con el mismo Receptor Caso q Vaia presto, pero a tardarse algo se la enbiare á Vmd pa q la tenga bien prebenida â dha Ysabel, Y caso q llebe dha esta carta el Receptor, reduze a q Vmd la instruia primero, y luego declaraba y Ya no le cojia de inprobiso â el Receptor le dire se Vaia â su casa de Vmd q brebe despachara, pues ai solo tiene q declarar dha Ysabel; a no querer luego sin dezirle a esta nada declarar su Parta de Vmd qn es es dha Ysabel de enbustera i enrredadora ea.


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