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Maarten Janssen, 2014-
Summary | La autora pide a Pompeo Amoroso que permanezca en la corte romana para poder afrontar posibles acciones de los agentes del duque de Francávila y para que gestione la petición de dispensa que necesita para contraer nuevas nupcias con el conde de Aguilar. |
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Author(s) | Luisa de Cárdenas |
Addressee(s) | Pompeo Amoroso |
From | España, Madrid |
To | Italia, Roma |
Context | En 1609 el Consejo de Castilla examinó el pleito interpuesto por Pompeo Amoroso a los marqueses de Este. Se trataba de un impago de 1500 ducados que se le debían de una donación hecha por la marquesa doña Luisa de Cárdenas en pago por unos servicios anteriores. En primera instancia el proceso se llevó ante el corregidor de Illescas. Pompeo Amoroso había sido criado de don Bernardino de Cárdenas y más tarde sirvió a su hija, doña Luisa, como agente en Roma. En aquella corte se encargó de llevar a cabo las gestiones pertinentes para lograr la nulidad del matrimonio que su señora había contraído con el duque de Francávila. En pago por sus exitosos servicios, doña Luisa le prometió 7000 ducados, pagaderos en varios años a razón de 500 ducados por año. Pompeo Amoroso presentó seis cartas al Consejo para demostrar la prestación de servicios y las promesas que doña Luisa había hecho en relación a esa compensación económica. En el folio [173]r de la carta aquí transcrita hay una adición manuscrita de mano del conde de Aguilar que expone lo siguiente: "Aunque mi señora doña Luisa no lo advierte parece que convendría, si acaso se entendiese, podría haber dificultad que la dispensación se pidiese sin poner título de conde ni a mi señora doña Luisa más de lo siguiente. Don Pedro Ramírez de Arellano, hijo de don Felipe Ramírez de Arellano y de doña María de Zúñiga, su legítima mujer, del obispado de Calahorra y natural de la villa de Yangũes. Doña Luisa de Cárdenas, hija de don Bernardino de Cárdenas y doña Inés de Zúñiga, vecinos de Cuenca, diócesis de Cuenca. Son primos terceros en [...] el grado es doble por serlo por dos partes de Zúñiga y Cárdenas, pero no se sabe de cierto haya grado doble, pero en duda es más acertado se pida por la palabra forte. Este correo lleva orden para que se provea lo necesario para el despacho y en lo demás remítome a mi carta. En Valladolid, y de octubre 31 de 1590. El conde de Aguilar". |
Support | un folio de papel doblado en folio, escrito por todas las caras; y un folio escrito por recto y verso. |
Archival Institution | Archivo Histórico Nacional |
Repository | Consejos |
Collection | Escribanías |
Archival Reference | Legajo 36209, Expediente 3 |
Folios | [171]r-[173]v |
Transcription | Elisa García Prieto |
Main Revision | Gael Vaamonde |
Contextualization | Elisa García Prieto |
Standardization | Gael Vaamonde |
POS annotation | Gael Vaamonde |
Transcription date | 2014 |
Page [171]r | > [171]v |
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[19] | pitulaçiones |
[20] | tas |
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