En 1804 María Hernández llevó ante el tribunal de la Chancillería el caso de su marido, Pedro Galera, que había abandonado el hogar conyugal en 1794 para irse a vivir amancebado con Vicenta Bonifacio. Una carta de Pedro Galera a María Hernández fue el detonante del proceso. A partir de ese momento se reconstruyeron los hechos en torno a este caso de amancebamiento. Pedro Galera decidió hacer pasar a Vicenta Bonifacio por María Hernández y así se reflejó en las partidas bautismales de los hijos adulterinos que nacieron de esa relación. Ante las actuaciones del tribunal, Pedro Galera se fugó de su lugar de residencia y no se volvió a saber de él. No obstante, el proceso se sentenció en 1806 y las penas impuestas fueron las siguientes: Pedro Galera debía ser condenado, en el momento de su apresamiento, a ocho años de presidio en Puerto Rico. Vicenta Bonifacio debía cumplir seis años de prisión en cualquiera de las casas de galera de la jurisdicción de la Real Chancillería de Valladolid. Los dos hijos sobrevivientes de la pareja amancebada, Simón Tadeo y Pedro Estanislao, fueron llevados a un hospicio, donde debían aprender un oficio útil. Por último, se establecieron penas pecuniarias para los cómplices de la fuga de Pedro Galera, quienes respondían a los siguientes nombres: Francisca Pérez y Manuel Pérez de Tejada, Isabel de la Riva, Francisco Javier Martínez y Simón de San Juan.
En relación a la carta que recibió María Hernández de Pedro Galera, aquélla hizo unas declaraciones sobre su contenido que fueron recogidas en el proceso. Afirmó que "si un hombre que acaba de ser cogido en un delito tan vergonzoso y tan injurioso a su propia consorte se viene con la frescura de ponderarme la hermosura de uno de sus hijos adulterinos y la pasión que le tiene, ¿qué puedo prometerme teniéndolo, digámoslo así, a la vista?" (s.f.)