Mad y Julio 20 de 1798
Payno y mui sr mio. En contestazn a la de vm
de 13 del corrte digo, que el empleo de vm se man
do Suprimir quando se trató del Plan de
aumento de Sueldos, y lo mismo sucede con
otros varios de diferentes Tribuns y en algu-
nos se reuniran dos en uno que desempe-
nara las obligaciones de ambos.
Quando se decreta a qualqra Meml no
ha lugar, ò visto, no es costumbre se comu-
nique el Acuerdo al Tribl por lo que no
deve extrañar vm no se haya avisado à ese
lo resuelto a las representaznes de vm, a qui-
en advierto que mediante las razones di-
chas arriba sobre supresion de su empleo,
me parece no trascienden a vm como tenedor
de el, pues vm no tiene la culpa que dho des
tino sea por si mismo inutil en su clase, y que
procurando vm tener de su parte a los Ynqres
por si se pidiere informe quando pretenda
otro, creo no le dejaran de atender: este es
mi modo de pensar y obre Dios a qn pido gue
la vida de vm los ms as que le de desea su affo
Payno y ssr Q S M B
Josef Anto de Gordon
Gutierrez
Sr dn Juan Franco de la Landera.