Mui Señor mio
aviendo recivido
una de vmd en cumplimiento de su
contenido puse la que en ella venia
inclusa en manos de Manuela Man
sîlla esposa de vmd. la que no obstan
te el mal proceder de vmd y los muchos
trabajos que despues de su ausencia ha
exprimentado, y continua en su pose
sion, a mis instancias hecha cargo
de que no ay pecador por tenaz que
sea que no tenga algun arrepen
timiento, aunque tambien me dijo
que el que una vez es malo, siempre
se reputa por malo, se vencio a si
Ds lo permite, coabitar con vmd au
nque esta la pobre vien acabada
que discurro que el pecado de vmd, le
paga la pobre, como todo jenero hu
mano paga el de nuestro Padre
Adan, quanto a negociar algun
empeño para alivio de vmd no po
demos jirar por aca menos que vmd
nos informe si se alla militar, o pre
sidiario, y el tiempo que le falta, pa
ra cumplir la sentencia, por tanto
puede vmd sin perder tiempo
informar de todo para poner los mejores medios en esto que es lo princi
pal, que lo accesorio, siendo bueno el proceder de vmd, este lo compondra
en vreve, es quanto devo decir a vmd a quien Ds prospere ms as y man
de seguro
en esta suya de villamuriel
y enero 10 de 1798
De vmd Seguro Servidor y cappan
Dn Casimiro Gonzalez
Sr Joseph Saez Cantos.
De vmd no llego carta a sus manos
ast ora.