Mad y Agto 2 de 1771.
Muy Sra mía: recivo la favorecida de Vm
con la intempestiva noticia de haverse sentenciado el
Pleito seguido sobre construccion de Molino, lo q me a
cogido de nuevas, pues aunque el año pasado compre-
hendi se andava en estas pretensiones, tambien hoy
decir â barios q era intento fustraneo, y no tendria
efecto, y pr consigte no lo esperava; pero ha hecho Vm
muy bien en oponerse pr el perjuizio q se sigue â las
tierras de sus hijos con la apertura del cauze (q es la
unica causal q pone en dha su carta) en lo q yo no
tengo interese, ni es motivo para q me introduzca en el
Pleito, pues alli no tengo tierras, ni en q recivir daño; y pr
lo q respecta al perjuizio q de construir ese Molino se
ha de seguir al mio pr la falta de molienda, en todo tpo tengo
la haccion para reclamar, pues a mí no se me ha zitado
ni emplazado judicialmte como correspondia; y aunque
hagan el Molino, ni este hecho, ni moliendo, spre puedo
hazerlo suspender y cerrar, y q se me oiga en justicia,
q mi dro no se me puede quitar, y si es necesario ira una
sartica de Ministro superior para q la Justicia me
guarde mis dros, y creere q los Sres de la Chanzilleria
no desestimen mis razon, y tal vez expondre algunos
privilegs de mi Molino q Vm y algs no saven, y yo hare
ver quando me convenga. en este supto, y q el año pasa
do me gastè aý bastantes pesos, como es notorio, no pienso
en el dia entrar en otros gastos sin mar causa; pues si
la Parte contraria llega â hazer el molino, â mi oposizn
lo ha de suspender, y deducido mi dro lo ha de perder; pu
es yo no tengo la culpa de q se entren â hazer, con
perjuizio de terzero, lo q no saven como ha de salir. pero
como mi genio no es de hazer mal a nadie sin grave causa
y la otra parte ha sufrido ya con pleito con Vm, en viendo
mis razones (q guardo) es regular se venga â qualquier
partido q le haga pr no perderlo todo (pues de lo contrario
sera neced) y recompensandome el perjuicio q se siga
mi Molino, se quedara el con el suyo corrte, y yo sin per
dida en el mio, y el se ingenie, y yo no pierda. tres meses
estuve en ese Pueblo el año pasado, y ni Vm ni nadie me
dixo nada; q a haverme Vm dho algo, la huviera infor
mado de lo q pudiera servirla para su govierno; y sien
do así q a mi no me daña el q Vm siga ô no su apelazn
(q hara en esto lo q gustase), buelvo â decir, q hagan, ô no
el Molino, spre tengo mi dro â salvo para oponerme, ô no,
quando y como me tenga mas cuenta. Es cierto que
Vm tiene dos poderosas razones para su oposicion, pues
sobre el menosprecio q se sigue â su actual Molino,
no es menos considerable el daño para sus tierras
con la apertura del cauze, q spre ha de ir corriendo
de adentro, y una vez hecho el Molino, si la Acequia
pierde agua, la haran pr mas dentro, hasta encontrar
buen terreno sin q Vm, ni nadie lo pueda ya estor
var, pues favorezen las Leyes este caso, como todo lo q
llevo dho, pero Vm es dueña de sus facultades y las hu
sara segun gustase. Vm vea en q la pue-
do servir en este; ô en qualquier asunto en esta cor
te o fuera de ella; y mandeme con satisfaccion, pues
la tendre en complazerla en quanto tenga arbitrio.
Nro sr ge a Vm m a e
B ls ps a Vm su sego
servr
J B. Ma Fuero
Rosa
Mi sra da Ysabel Fernz capel