Sr Dn franco varona, supuesto el
haver muerto su hijo Dn Juan Anto
nio, primero, que su tia Antonia Beni
to, y parecernos, haver muerto esta,
ab intestato, y que assi mi muger, como
los demás parientes del mismo grado, son
herederos de la parte, que tocava del
Dho su hijo; y a la carta, que escrive
me respondio vmd, no tenia cosa, que
le gravasse su conciencia, ni yo que
rer lo que no sea mio; y respecto, de estar
para restituirme a la corte, el dia 19 del
mes que sigue, y por mano de mi primo Dn
mathias de Sta maria, tenerle remitida
la instrucción, de nuestros derechos, le
he de merecer responda, con toda vre
vedad, o si gusta, nos juntaremos, don
de sea de su agrado, para tratar del
asumpto, pues si no tengo derecho, sal
dre de la duda y del escrupulo, de no
omitir diligencia, en favor mis hijos y qdo
no gustasse de esto, me sera preciso, usar
del derecho, que tuvieremos. Dios ge a vmd
ms as oy doze de julio de 1763.
B L M de vmd
su mas seguro servor
Pedro Palacios