Mui sor mio y Paisano; consiguiente, a
luego que recibi el despacho y la carta de
el señor Merino, Vicario y Juez eccco
en esta Ciud de Toro, le puse en M de
Joseph Fuentes de el Hoyo, en el mesmo
dia de su recibo, o siguiente y haviendo
le noticiado a dho señor Dn Antonio
Merino le respondio segun me dijo
se hallaba, al presente ocupado pr una
beemencia de un señor Clerigo (lo qe
en realidad fue asi) y que su declarazon
precederia para el siguiente, o subsi
guiente correo, y haviendole apurado
desde el dia de antes de ayer para que
tubiese efecto para el Correo de oy, bino
en la tarde de este dia, y a presencia del
expresado mi señor tio y de Da Maria
de Obregon Chabarria, me dijo que
el señor Bicario le havia manifes
tado no debia hazer tal declarazion
lo primero prque no hera su Juez el de
esa Unibersidad, y sobre cuyo asumpto
le havia manifestado una cartta de Za
mora del antezedte Señor Probisor
de este Obispado; lo segundo prque el
egercia la Jurisdicion de Juez eccco
de este Juzgado; y lo tercero porque te
nia su Juez quien no se lo mandaba
y haviendole suplicado que para ebaquar
mi encargo con la formalidad debida
se sirbiese poner la notificacion y respta
de dho señor Vicario se nego a todo
y por si por otra parte podia conseguir
lo, me bali, en este mismo dia de el essno
Gaspar Sanchez de Arzilla para que
notificase e hiziese saber el nominado
despacho a el espresado señor Vicario
Merino, se nego tambien absoluta
mente a ello; en cuya bista se le debuel
bo a Vm para que en su virtud y de lo
acaezido tome las Probidencias, qe ha
lle pr convtes ynterin yo quedo pidien
do a nro señor ge su vida ms as Toro
y Agosto 20 de 1755.
B l mo a Vm su ms afecto servor y
Paisano.
Dn Franzco Gonzalez de
Arce
Sr dn Domingo Anto de Angulo