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Maarten Janssen, 2014-

PSCR9626

1790. Carta no autógrafa de Juan Ruiz de las Canales para su tío Diego Gutiérrez Barguín.

ResumoEl autor escribe a su tío Diego Gutiérrez Barguín para darle diversas instrucciones sobre la administración de sus bienes, comunicándole que para ello ha otorgado un poder a Juan Fernández de Septién.
Autor(es) Juan Ruiz de las Canales
Destinatário(s) Diego Gutiérrez Barguín            
De América, México, Veracruz
Para S.l.
Contexto

Proceso abierto ante la Justicia Municipal de la ciudad de Burgos en 1791 sobre la administración de los bienes de Juan Ruíz de las Canales. Juan Ruíz había heredado de sus padres, Manuel Ruíz y Catalina Gutiérrez, cuando era menor de edad por lo que nombró apoderado y administrador de su herencia a su tío, Diego Gutiérrez Barguin, quien se encargó de dicha tarea hasta su mayoría de edad como consta por los papeles que se adjuntan al proceso. Las cartas son aportadas también como prueba de que Diego Gutiérrez se había encargando de todo. El proceso está inconcluso.

Suporte un folio de papel doblado en cuarto, escrito por recto y verso del primer cuarto y por el recto del segundo cuarto.
Arquivo Archivo Histórico Provincial de Burgos
Repository Justicia Municipal
Fundo Procesos judiciales
Cota arquivística Caja 550, Expediente 2
Fólios 2r-3r
Socio-Historical Keywords Guadalupe Adámez Castro
Transcrição Guadalupe Adámez Castro
Revisão principal Carmen Serrano Sánchez
Contextualização Guadalupe Adámez Castro
Modernização Carmen Serrano Sánchez
Data da transcrição2016

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Veraz 8 de Dicre de 1790

Tio, y muy Sor mio, Celevrare qe al recivo de esta se halle vm Con perfecta salud la qe disfruto a Dios gracias.

En Virtud de las Cartas qe vm me ha escrito à fin de qe Nombrara uno a mi satisfacion para recivir lo qe es mio, he tenido à vien Nombrar, y dar Poder a Juan Fernandez de Septien para qe este se haga Cargo en Virtud del poder que le Comfiero, y qe luego qe lo reciva le aviso qe se lo notifique à vm para qe Nombre un hombre de su satisfacion, para qe sea testigo de lo qe recive el dho arriva, y para qe quede este echo Cargo de estos viens en segundo lugar, por vida un Muerte de Vm u del dho Juan Ferns para qe este lo aperciva, y haga mis Vezes Con el vien sentido qe dara vm las quentas sin qe ninguna Justicia tenga qe ynterbenir, y Vm Como suyo propio haga y desaga en ello e segun espresa dho Poder, àvisandome Vm de lo qe entrega, y recive, Como asimismo tambien de lo qe haya producido desde el tiempo qe vm lo Administra, y Con dho Producto Redimir Algun Censo O Carga si en en el dia tiene Asimismo dandome vm aviso de todo pormenor del Valor de lo qe es de mi pertinencia Covrandose Vm su travajo, y lo qe quedase exitente sera entregado, Viniendo dha entrega firmada de los dos, y qe se por menor, quedandose Con su Original, y este quedara donde a vm le Combenga, Dandome parte de todo haviendose hecho Vm Cargo del Poder

Dara Vm ms expresiones a todos los de Casa, y à Dios qe gue su Vida ms as

Juan Ruiz de las Canales Sor Dn Diego Gutierrez Bargun

Legenda:

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