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Maarten Janssen, 2014-

PSCR7664

1732. Carta de Ambrosio Sánchez de Aguilera, agente de negocios, para Antonio Mariscoti y Nicolás García Taibilla y Vallejo, maestros plateros.

ResumenEl autor da noticias de sus avances en las gestiones para obtener los mismos privilegios que los plateros de Madrid y hacer frente a la prevalencia del gremio de la seda.
Autor(es) Ambrosio Sánchez Aguilera
Destinatario(s) Antonio Mariscoti       Nicolás García Taibilla y Vallejo      
Desde España, Madrid
Para S.l.
Contexto

El gremio de plateros de Murcia comisionó a Antonio Mariesti, Andres Donate y Joaquin Nicolás Garcia Taibilla y Bermejo para que llevasen a cabo todas las gestiones judiciales y extrajudiciales necesarias para evitar desahucios de las casas ocupadas por los plateros. Éstos presentaron ante el corregidor toda la documentación que les constaba para demostrar el derecho consolidado que tenían de disfrutar de sus casa sin poder ser desalojados de ellas. Entre la documentación se encontraron los recibís, las ordenanzas y tres cartas cruzadas con el agente de dicho gremio en Madrid, que había sido comisionado para que la Real Junta de Comercio reconociera dichos derechos. El gremio de plateros vio reconocido finalmente su derecho por la Junta de Comercio.

Soporte un folio de papel escrito por recto y verso.
Archivo Archivo Municipal de Murcia
Repository Legajos Antiguos
Fondo Autos y procesos
Referencia archivística Legajo 4021
Folios 11r-v
Transcripción Víctor Pampliega Pedreira
Revisión principal Gael Vaamonde
Contextualización Víctor Pampliega Pedreira
Normalización Gael Vaamonde
Fecha de transcipción2015

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Muy Ses mios en cumplimiento de lo que exprese â Vmds en mi antecedente puse en execucion lo que ôfrecí, por el deseo de complacerles Y servirles baliendome en este corto tiempo de mi eficacia para con mis empeños, â fin de adelantar la pretension, la que ba derigida al maior acierto para el logro de todo; no obstante la oposicion que hai favoreciendo a los del arte de la seda para que se ôbserven los Previlegios que se les tiene concedido; pero n obstante esto e logrado el adjunto el Despacho, a fin no se Ynobe, Y no tenga ningun valor dho Previlegio en quanto a balerse de sus casa de Vmds. Y asimismo, para la incorporacion, ò goze de los mismos Previlexios, que tienen el Gremio de Plateros de esta corte se rremita copia autorizada de las ôrdenanzas qe Vmds tienen para que en su vista, Y de la cedula conzedida al gremio del arte de la seda, determine la Rl Junta para lo qual estará vien prebenido todo, â fin de que logre como deseo, remitome en lo demas a la que escrivo a mi Primo Dn Joseph forcada. Y manden que save deseo servirles Y que Nro Sr les Gue ms as Madrid 13 de Dizre de 1732

B L M a Vmds su mas âfecto y sego servr Dn Ambrosio Sanchez de Aguilera Ses Antonio Mariscoti, Nicolas Garcia taibilla, y Ballexo

Leyenda:

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