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Maarten Janssen, 2014-
Summary | El autor avisa a su yerno su intención de acudir junto a él para tratar de solucionar el problema conyugal existente con su hija y excusar la vía judicial. |
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Author(s) | Francisco Antonio Gutiérrez |
Addressee(s) | Juan Bazo |
From | España, Sevilla |
To | España, Cádiz |
Context | En 1777 don Juan Bazo y doña María Gutiérrez contrajeron matrimonio y los problemas no se hicieron esperar. La conducta errática y, a veces, violenta de don Juan Bazo acabó con la unión conyugal muy pronto. El marido abandonó la casa común a los siete meses dejando a doña María encinta de la única hija del matrimonio. Doce años después, don Juan reclamaba la custodia de su hija y la reclusión de su mujer, a la que acusaba de conducta indecente y licenciosa. Doña María respondió a las reclamaciones de su marido exponiendo la realidad que había vivido desde el momento de su matrimonio. Tal y como declaró en los autos que se instruyeron, don Juan Bazo había engañado a su mujer desde el momento mismo de los esponsales ya que, tras asegurarle que contaba con medios económicos para subsistir, se reveló muy pronto la penuria e incapacidad para cumplir este extremo. Así, el matrimonio se había mantenido gracias a los caudales de la madre de doña María, doña Antonia de Torres. Tras el abandono, doña María hubo de encargarse de su subsistencia y la de su hija ya que no recibió ningún auxilio económico por parte de don Juan Bazo. Para ello se valió de su trabajo de bordados y lo que le proporcionaba una fábrica de cordobanes en la villa de Chiclana. Además, se encargó de proporcionar a su hija una educación adecuada a su sexo formándola en doctrina cristiana y labores diversas. Además de insistir en estos puntos, que ratificó con los testimonios de varios vecinos, se defendió de las acusaciones de conducta licenciosa que, entre otros términos, la relacionaban con un tal Juan Miguel Pérez. Este punto, que también fue negado por los testigos presentados, respondía a una conjura orquestada por Juan Bazo con el propio Juan Miguel Pérez y el procurador original de doña María, don Luis Francisco Sotelo. Así, entre unos y otros trataron de poner en entredicho la honra de doña María Gutiérrez, toda vez que atacaban su solvencia económica. Doña María afirmó, además, que ella no se había negado nunca a la reunión conyugal: unos meses antes había condescendido a la petición judicial que reclamaba la unión de ambos cónyuges. Se hizo cargo de su marido a quien vistió decentemente y a los quince días él decidió, nuevamente, abandonar a su familia. Los argumentos de don Juan Bazo fueron rechazados ante las pruebas presentadas por doña María y los testigos, aunque sí se tomó la decisión cautelar de recluir a la hija habida por el matrimonio en un convento, pero no sabemos si se llegó a poner en práctica. La carta de Francisco Antonio Gutiérrez fue presentada por Juan Bazo y por él sabemos que fue escrita desde Sevilla. Asimismo, se nos da información sobre la separación que afectaba a los suegros de don Juan Bazo, así como al estatus de desertor de Francisco Antonio. |
Support | un folio de papel doblado en cuarto, escrito por el recto y el verso del primer cuarto. |
Archival Institution | Archivo Histórico Nacional |
Repository | Consejos |
Collection | Causas Secretas |
Archival Reference | Legajo 12366, Expediente 1 |
Folios | [5]r-v |
Socio-Historical Keywords | Elisa García Prieto |
Transcription | Elisa García Prieto |
Main Revision | Gael Vaamonde |
Contextualization | Elisa García Prieto |
Standardization | Gael Vaamonde |
Transcription date | 2015 |
1789. Carta de Francisco Antonio Gutiérrez para su yerno Juan Bazo.
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