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Maarten Janssen, 2014-

Linhas do facsímile

1774. Carta de Marcelino de Negrí, aprendiz de sastre, para Manuel de Olivera, maestro de sastre.

ResumoEl autor explica al padre de su novia los motivos por los que no se ha presentado en su casa para desposar a su hija.
Autor(es) Marcelino Negrí
Destinatário(s) Manuel Olivera            
De España, Cádiz, Jimena de la Frontera
Para España, Sevilla, Arahal
Contexto

Joaquina Olivera presentó una demanda contra Marcelino Negrí por incumplimiento de su palabra de matrimonio. El acusado alegó que dicha palabra de matrimonio estaba condicionada a la obtención del consentimiento paterno, que no obtuvo al considerarlo un matrimonio desigual y haber tenido la demandante una relación previa con un albañil. Sin embargo, el hermano del acusado, que era un reconocido lector de teología, así como otros clérigos consultados consideraron que la palabra tenía validez. Por tanto, y a pesar de los intentos del padre de Marcelino y del propio Marcelino (quien se fugó a Jimena de la Frontera para evitar el matrimonio), finalmente se dictaminó que dicho matrimonio debía celebrarse, decretándose prisión para el acusado hasta la celebración del enlace.

La carta aquí transcrita fue presentada por el padre de la novia para demostrar que la palabra dada a su hija no estaba condicionada al consentimiento paterno.

Suporte un folio de papel doblado en cuarto, escrito por recto y verso del primer cuarto y por el recto del segundo cuarto.
Arquivo Archivo General del Arzobispado de Sevilla
Repository Justicia
Fundo Palabra de matrimonio
Cota arquivística Legajo 15958, Expediente 2
Fólios 70r-v y 71r
Transcrição Víctor Pampliega Pedreira
Revisão principal Gael Vaamonde
Contextualização Víctor Pampliega Pedreira
Modernização Gael Vaamonde
Data da transcrição2015

Page 70r > 71v

[1]

Sr Dn Manuel de olibera, y mui Sr mio, habiendole yo rebe

[2]
lado à mi hermano y à mi Pe lo que asta aquí le te
[3]
nía oculto, por no disgustarlos mas, que era haber cido la
[4]
palabra de casamiento que di à Juachinita, absoluta
[5]
y que la condicion que asta aquí les avía yo supuesto
[6]
era falsa, inmediatamente, mi hermno fr Balthazar me
[7]
remitió à essa ciudad, consentido igualmente con mi
[8]
Padre, en que me casara, con Juachinita, por no pergudi
[9]
car a sus conciencias, y ser motivo para que yo pierda mi
[10]
salbacion; pero luego que llegué à essa ciudad me ase
[11]
guraron que luego que Udes lo supiesen me pondrian
[12]
preso, determinè para ebitar esta molestia bolverme
[13]
a Ximena cuia buelta à sentido mi hermano porque
[14]
no hize lo que me aconsejó que fué luego que llegase
[15]
a essa ciudad me dirigiese á su casa de usted para con
[16]
toda prontitud cumplir lo que en Dios y en conciencia
[17]
devo.

[18]

Usted no estrañe este procedimiento en mi aunque erra

[19]
do pues ademas de el amor que en mi no puede faltar,

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