Sentence view 1648. Carta de Alonso Ruiz de Rivera para Miguel Benito. Author(s)
Alonso Ruiz de Rivera
Addressee(s)
Miguel Benito
Summary
Alonso Ruiz de Rivera escribe a Miguel Benito para contarle la acusación que se ha realizado contra su primo, Diego Ruiz de Rivera. Al mismo tiempo, le pone al corriente de los detalles del caso y le pide ayuda para demostrar la inocencia de su primo.
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Esta alle a Vm con la salud que yo le deseo q no sera poca en vida
de su espossa de Vm y Miguelito cuias manos besso
[3]
yo tengo salud a dios
gras siempre muy a serviçio de Vm y de toda su cassa deseando que
me mande siempre en que le sirva que lo hare como tengo obligacion
[4]
El otro dia Rvi un Papel de mi tia escrito de mano de Vm
en que me decia el stado de aquel negocio
[5]
que zierto siento mucho la
vellaqueria que esos señores an hecho con mi primo levantando testimo
nios tan ynfames como hacen
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hagan lo que quisieren que para todo ay
Remedio y confio en Dios que saldremos bien d ello y que testigos
falssos seran castigados
[7]
q por la misericordia de Dios nro linaje
bien limpio , y claro es como a todos es notorio
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y estos negocios favor
y dinero lo a de acavar
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y el que no tiene culpa Dios le salva y quando
mi primo la tuviera ellos lo havian de encubrir siquiera porq
somos todos parientes .
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y si piensan que por este negocio le an de quitar
la capellania bien engañados que para eso era menester que hubiera
otros contrarios diferentes que ellos .
[11]
en fin hagan todo quanto mal
quisieren y pudieren que Dios nos a de librar de testigos ffalsos
y sacara en paz a mi primo
[12]
y en la misma moneda nos pagaremos
con la verdad como se vera a su tiempo ,
[13]
y dice un probervio : el
que tiene el tejado de vidrio no tire piedras al del vecino .
[14]
Yo ffui abra cinco dias y Able al Sr Pressidente de haçienda
[15]
y le able y di una peticion en el conssejo de haçienda en que deçia
como en la villa de Pedrezuela era interesado y que aunq
no estava abeçindado lo estuvieron mis Padres y Abuelos y bisabuelos
[16]
y que yo al presente tenía en ella haçienda Raiz como pareçia de los
Papeles que presentava signados de Vm
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y hice Relacion en la dha
mi Peticion ( que como digo di por mandado del mismo Presidente ) , que
las justiçias de la dha villa q havian sido de mas de veinte años
a esta parte havian vendido mucha cantidad de montes y
que el dinero lo havian gastado y consumido en gastos excessivos
y repartido entre quien ellos havian querido
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y muchos de los Alcaldes
y Regidores se havian quedado con ello sin haver dado quenta
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todo lo qual havia sido y es en gran daño de la villa y vecinos d ella
y en gran daño de la Rl Haçienda porque por haver faltado el
monte no se cria el ganado de Zerda que solia de que a Su magd se pagan
las sissas y millones ,
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y que de mas d esto el bender el monte es contra
las leyes y premagticas que mandan que no se pueda vender
si no es que sea para cossas de mucho Beneficio a la villa y
vecinos d ella
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y que para esto es menester Facultad Rl de
Su Magd en que lo mande ,
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y despues que se aya bendido con esta calidad
son obligados las justicias a dar quenta en el consso en que an gastado el
dinero ,
[23]
todo lo qual no havian echo en la dicha villa sino quedadose
con ello y usurpadolo en gran daño de la Rl Haçienda y
vecinos d ella por cuia causa la Villa estava muy pobre y
neçesitada y en peligro de despoblarse .
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Por tanto pedia y suplicava
a Su magd mandase despachar un juez que a costa de la dha villa
fuese con scrivano Reçeptor a hacer averiguacion de lo susodho
y a tomar las dhas quentas de los dyos veinte años
[25]
y echo lo susodho
su Magd mandase lo que mas conviniese a su Rl Servicio etc
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Y a esta peticion salio el auto del tenor siguiente
Vista la petton d esta otra pte dada por Alonsso Ruiz
de Rivera Resse en esta corte los sres del Rl Consso de
haçienda Mandaron se despache el juez que por ella puede
pa q vaya a la dha villa de Pedracuela con scrivano Receptor
de los consejos y alguacil de corte a costa de la dha villa con el
salario que les sera señalado y haga la Aberiguacion y tome
las quentas q en la dha peticion declara ,
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conque primero y
ante todas cossas que se hagan los despachos y se nombre el
juez se obligue el dho Alonsso Ruiz de Rivera con seguridad
bastante a satisfacion del scrivano que hara la dha obligacion
de hacer buenos los salarios de los dhos ministros que yran a la dha
Pesquissa hasta en cantidad de mill y duçientos Reales
[28]
y echa
la dha obligaçion en esta conformidad se hagan los despachos y
se nombrara juez
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y ansi lo proveyeron y mandaron en Md a siete de agosto
de mill y seisçientos y quarenta y ocho años .
[30]
esta Rublicado de todos los señores
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Haviendo visto yo este auto fui a hacer la obligacion obligando y
ypotecando todos los vienes que ay tengo en virtud del poder que
tengo de mis hermanas para hacer y deshacer d ellos como me pareciere
el qual esta en poder de Vm
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y el rregistro esta aqui en Madrid
ate Diego Navarro Sotomayor pero me pusieron una duda
qu es que puede ser q yo aya vendido algunos d ellos en esa villa
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y es necessario testimonio del scrivano del Ayuntamiento d ella
en que diga y de fee q los dhos bienes no los tengo vendidos
ni enajenados sino qu estan en ser
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y que no estan obligados a nada
sino que son libres de toda carga e ypoteca :
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y que tengo poder
general pa Hacer y deshacer d ellos .
[36]
El poder aqui sacare ,
y traslado
[37]
solo me falta el testimonio que digo .
[38]
Y assi
Suppco a Vm Sr Miguel Benito me haga merced de ynviar
un testimonio en la conformidad que arriva digo que sea
muy Amplio como de mano de Vm que esto que pido bien save
Vm que es berdad que mis bienes son libres sin obligacion ninga
y qu estan todos en ser .
[39]
Y para la obligacion que e de hacer
son sufiçientes aunque fuera mucho mas .
[41]
por amor de Dios me haga esta mrd que yo quedare
contento con esto y espero que no me a de costar un Real
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antes
me a de ser de provecho porque yo piensso yr alla con el juez
y haremos que piensen que yo no e menester nada en ese lugar
ni se me da nada
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que hagan lo que quisieren que no tengo miedo
que me maten ni me quiten nada .
[44]
Esto Suppco a Vm
muy de veras
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y bea Vm lo que me mda por aca q le servire
como amigo y pariente de muy buena gana
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Ya sabra Vm como yo e dejado la Guerra y sigo mi pluma
[47]
estoy
entretenido aqui en Madrid en el conssejo de Italia y me ba
bien gracias a Dios
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y espero que con el tiempo me a de ir mejor
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no faltan quatro Reales y un par de galas todo a servicio de Vm
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Tambien Abra recado pa el otro Amigo de ese lugar que
me an dicho que cura por ensalmo
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todo se andara si Dios quiere
y delito bien grande y grave de Inquisiçion
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y no piensse que lo a
de negociar con 50 R como hiço en Alcala que le juro que a de ir
a Toledo con mi primo
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que yo quiero que baya mi Primo y
que salga d esto de una bez
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y si tuviere culpa que le castiguen
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y si no que castiguen los testigos falssos que buenos y Rectos
son aquellos senores que haran justiçia
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y yo me obligo de sacar
a paz y a salvo a mi primo con el favor de Dios
que para cada testigo abra su tacha que ponerle como se vera
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y con 100 R que yo gaste
gastara otro mas de mill .
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En fin Señor mio el tiempo dira
lo que a de ser .
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An dicho en el consso que no importa que el juez de los montes
aya dado por buenas las bentas que se an echo que bien les consta
a aquellos Ses que con 200 R le tapan la boca .
[61]
Al Sr Sevastian del Sarro veso las manos y que estimo mucho la
mrd que nos haçe
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Torno a suplicar a Vm me haga mrd de inviar este testimon
que pido mi tia pagara los derechos porque si Vm no me
hace esta mrd sera fuerça el yr yo por el .
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Este negoçio de el Ldo Diego nos costara algun dinero pero espero en Dios
que por cada R que a nosotros cueste costara a otros un ducado
[65]
hagame Vmrd mrd de no decir nada de todo esto a nadie q es
pero que a Vm le a de baler este negoçio alguna cossa de Im
portançia .
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No quiero canssar a Vm sino q Dios le gde muchos años mas
[67]
Md
a 11 de Agosto de 1648
[68]
Para hacer este testimonio como pido Vm puede ber los Papeles qu estan juntos el
ynventario ante Juo de Pero Sanz y la Adjudicacion del año passado que todo esta junto
[69]
Servitor y Amigo de Vm
Alonsso Ruiz de Rivera
[70]
Por muchos ducados mas me hubieran mandado obligar sino que preguntaron quantas
leguas havia
[71]
y visto que no havia mas de 7 mandaron me obligase por 1500 Rs a que yo
Replique y bajaron 300 Rs porque dijeron que lo que no se aberiguaba en ocho o diez dias no se aberiguaria
en dos meses y que todo lo que yo decia havia de constar por Papeles que por fuerza an de estar en el oficio del Ayuntamiento
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