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Maarten Janssen, 2014-

PS6167

[1700-1709]. Carta de Manuela Ramos, beata de Nuestra Señora del Monte Carmelo, para fray Francisco Fernández y Villegas, religioso de Nuestra Señora del Monte Carmelo.

ResumoEl autor se lamenta con fray Francisco Fernández y Villegas de que éste no quiera leer más cartas suyas.
Autor(es) Manuela Ramos
Destinatário(s) Francisco Fernández y Villegas            
De España, Toledo
Para España, Madrid
Contexto

Proceso de fe contra Manuela Ramos, alias Manuela Sánchez, alias Manuela de Santa Leocadia por alumbrada, deshonesta e imbuida en los errores de Molinos, abierto entre 1708 y 1711. Manuela Ramos nació en Novés (Toledo) en 1679 y fue educada en la doctrina católica, se declaró cristiana vieja y descendiente de cristianos viejos. A los once años se quedó huérfana de madre y se trasladó a la villa de Illescas (Toledo), donde comenzó a servir en un convento de religiosas de la Concepción Francisca. Pasados cinco años y tras el fallecimiento de su padre, su hermano la trasladó al convento de Santa Isabel de Toledo, donde aprendió a leer y escribir. Beata de Nuestra Señora del Carmen, desde 1700 hasta 1704 tuvo como confesor a fray Manuel de Santa Leocadia, religioso carmelita descalzo y residente en el convento de Toledo. En noviembre de 1704, Manuela se trasladó a Madrid por espacio de tres meses, huyendo del acoso y de las amenazas de un tal Francisco, carpintero, que pretendía casarse con ella. Durante su estancia en Madrid se hospedó en casa de Diego de las Cuevas y tuvo como confesor a fray Francisco Fernández de Villegas, religioso carmelita descalzo y prior de Valdemoro. En 1707 se casó en Toledo con Blas Martín Pingarrón.

Durante el proceso que la Inquisición abrió contra ella fue juzgada por los delitos de herejía, alumbramiento y deshonestidad. Concretamente, se la acusó entre otras cosas de: fingir visiones y revelaciones divinas, mantener relaciones prematrimoniales, y mantener una relación carnal ilícita con su confesor, fray Francisco Fernández de Villegas. En el proceso se incluyeron 48 cartas (PS6143-PS6191) que fueron utilizadas como prueba incriminatoria de los citados delitos. Las cartas aparecen cosidas y reunidas en un cuaderno adjunto al proceso. Dentro del cuaderno se distinguen claramente dos conjuntos epistolares: 18 cartas escritas por Blas Martín Pingarrón y dirigidas a fray Francisco Fernández de Villegas, y 28 cartas escritas por Manuela Ramos y dirigidas a fray Francisco Fernández de Villegas. Se incluye también una carta firmada por Diego del Amor, alias Diego de las Cuevas, y por Cristóbal de Alfaro (PS6164) a fray Francisco Fernández y Villegas, y copia de una carta escrita por Pedro Pablo Díez, boticario de Yepes, a Manuela Ramos (PS6178). Dentro del proceso todavía se mencionan dos cartas más que no aparecen en el cuaderno: una escrita por fray Francisco Salazar, religioso carmelita del convento de Valdemoro, y otra escrita por Manuela Ramos, ambas dirigidas a fray Francisco Fernández de Villegas.

Respecto a las cartas de Blas Martín Pingarrón, éste las reconoció como suyas y en su confesión al Santo Oficio explicó la razón que le llevó a escribirlas: Villegas iba con frecuencia a visitar a Manuela Ramos a Toledo y, en vista de las visiones y alucinaciones que sufría Manuela Ramos, le pidió a Blas Martín Pingarrón que le mantuviese informado del estado de su mujer mientras él se encontraba ausente. Por tanto, las cartas de Blas Martín Pingarrón "se reducían a decir [a Villegas] lo mucho que [a Manuela Ramos] la atormentaba el demonio y algunas visiones que había tenido" (f. 188r). La correspondencia entre Blas Martín Pingarrón y fray Francisco Fernández de Villegas se produjo aproximadamente entre 1706 y 1707 y su contenido se utilizó como prueba incriminatoria para demostrar que tanto Manuela como Villegas eran "ilusos, iludentes, hipócritas y fingidores de favores sobrenaturales" (f. 231r). En las cartas, Blas Martín Pingarrón solía firmar como "Baptista" y referirse a Manuela Ramos como "M" o como "Rosa".

Respecto a las cartas de Manuela Ramos, en su confesión al Santo Oficio ésta no las reconoció como suyas y alegó que fueron escritas por una tal María Basagutia, con quien había convivido la reo durante algún tiempo en Toledo. Durante el proceso, se demostró que esta afirmación era falsa y que en realidad las cartas pertenecían a la propia Manuela Ramos. Se la acusó de querer engañar al Tribunal con la letra: "[...] ni es menos digna de reflexión la mudanza y variedad de letras con que esta reo procura disimular (aunque infructuosamente) la suya propia que regularmente ha hecho y sabe hacer, pareciéndola que por este medio ha de dar algún cuerpo a la pertinaz negativa de las dichas sus cartas; pues siendo así que la letra de sus firmas, que tiene reconocidas por suyas propias en los papeles y delaciones que presentó en este Tribunal antes de venir presa a él, bastantemente airosa, y denota tener suelta la mano y usar de letra mayúscula en la inicial de dicha firma, luego que entró presa, sospechando el cargo que se le había de hacer e hizo de las dichas cartas, empezó a practicar la simulación referida en las firmas de sus audiencias, queriendo manifestar en ellas la torpeza y dificultad que tenía para escribir, ya en la pausa con que las firmaba y ya con la duda que expresaba de si sabría empezar dichas firmas con letra grande" (f. 557r-v). Estas sospechas, junto con la opinión de cuatro peritos caligráficos, demostraron la autoría de Manuela Ramos. La correspondencia entre Manuela Ramos y fray Francisco Fernández de Villegas se intercambió aproximadamente entre 1704 y 1706 y se utilizó como prueba incriminatoria para demostrar que la relación entre ambos no era sólo de amor espiritual, por varias razones: en primer lugar, por las cruces y ceros que acompañaban a muchas de esas cartas y que representaban besos y abrazos, por la forma cautelosa en que se escribían, ocultando muchas veces sus verdaderos nombres, y por último, por algunas de las fórmulas utilizadas (por ejemplo, "esposo de mi alma"). En las cartas Manuela Ramos solía firmar como "Manuela de Santa Leocadia" o como "Manuela Bautista".

En definitiva, el contenido de las cartas adjuntas al proceso se utilizó como prueba instrumental tanto para demostrar que la relación entre Manuela Ramos y fray Francisco Fernández de Villegas no reflejaba un amor “puramente espiritual, antes bien [...] dicho trato era de amor humano, sensible y muy cerca de sensual, si de hecho no lo era, y a lo menos muy peligroso y ocasionado a ruinas espirituales contra la honestidad” (f. 231r); como para acusar a Manuela Ramos y a fray Francisco Fernández de Villegas de ilusos y alumbrados.

En la sentencia del proceso contra Manuela Ramos se falló lo siguiente: que la reo perdiese la mitad de sus bienes; que saliese al cadalso en forma de penitente y con una vela de cera para abjurar públicamente de los errores y herejías de los que fue acusada; que fuese desterrada de la corte de Madrid y de las villas de Novés e Illescas con ocho leguas en contorno por espacio de cuatro años; que el primero de dichos años lo cumpliese en la cárcel, llevando públicamente encima de sus vestiduras el sambenito de un aspa.

Suporte un folio de papel doblado en cuarto, escrito por recto y verso del primer cuarto y por el recto del segundo cuarto.
Arquivo Archivo Histórico Nacional
Repository Inquisición
Fundo Tribunal de Distrito de la Inquisición de Toledo
Cota arquivística Legajo 105, Expediente 04
Fólios 37r-38r
Socio-Historical Keywords Laura Martínez Martín
Transcrição Gael Vaamonde
Contextualização Gael Vaamonde
Modernização Gael Vaamonde
Data da transcrição2013

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J M J mi mi

sea el señor el q me de palabras para que yo pueda esplicarme no escribo como yja A padre sino es como esposa a esposo para mostrar mi quega y sentimiento q tengo de ti beo q an benido en quince dias dos cartas en la una q no me se avia de ber aunq pasaran años i en la otra q fue aier lunes q no solo el no berme ni aun escribir ni ler las cartas q yo enbiase y asi dudo i digo con berdad q no es dios el q escribe ni el q abla y di es dios dime ijo mio no se an puesto los medios para q baia por dos beces i e stado inpedida bien lo sabes i tu mesmo fuites testigo d ello yo debo de ser algun bronce u algun borico de noria q le train a la redonda sin cesar no me parece q e sido enbustera ni lo soi q por la berdad morire i si te parece yjo mio q no llebo racon y me quego de bicio i te doi q sentir dispon el acer una rueda de na de nabagas y meteme en medio morire imitando a santa catalina de sena y pues q ese dia fue el q recibi tanto regocigo en mi alma i tu el anillo q tienes en prenda enbiamele q si no me as de escribir ni as de ler carta ninguna q te enbie no es menester tener prenda de tan mala muger como yo e sido q no me parece q te e dado disgusto ninguno ni fundamento para q escribas lo q me escribes y si santa barbara i santa ines y santa catalina las entregaron sus padres a padecer Martirio yo jusgo q le e padecido y quieres q buelba a padecerle esto es llamarme yja de mi alma pedaco de mi coracon antes parece bien ser basura q la pisas buelbe en ti i mira q no intento el darte pesadumbres i tanpoco quiero q me las des basta lo mortificada q me tiene el señor con tantos dolores i los llebo con gusto i para que beas si puedes desacer lo echo as el animo y degame q si pudieses acerlo yo con menos resinacion i con menos obediencia y menos amor de dios y mas propia boluntad i mui llena de carne y sangre y finalmente Muger q con facilida se buelbe a un lado y a otro no lo iciera ni lo are mientras biba i megor quando me alle en la presencia del señor yo a mi me toca acer esto tu aras lo q quisieres q el q me escribas lo puedes negar pero el q te ame en dios no ni sera facil eso el padre santa leocadia sabe racones q solo Dios i los dos lo sabemos conq me ace bastantes argumentos y para entre los dos yjo mio le concedo bastante racon si me escribes te respondere como yja i como lo q tu quisieres de todo lo q e ablado si e sido adelantada te pido perdon estaba suelta porq no quiero enbiarla al padre santa leocadia

tuia manuela

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