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Maarten Janssen, 2014-

PSCR6448

1610. Carta no autógrafa de Juan Alonso de Moscoso, obispo de Málaga, para Francisco Sánchez de Aguilera, clérigo beneficiado y contador.

SummaryEl autor escribe a Francisco Sánchez de Aguilera para informarle de la mala situación del obispado, proponiendo algunas medidas al respecto.
Author(s) Juan Alonso de Moscoso
Addressee(s) Francisco Sánchez de Aguilera            
From España, Málaga
To España, Madrid
Context

En 1623 se inició un pleito a instancia del licenciado Francisco Sánchez de Aguilera, quien solicitaba parte de los bienes del expolio de Juan Alonso de Moscoso, obispo de Málaga, en pago por los servicios que le había prestado. Según un documento que se adjuntó al proceso, en 1604 éste había nombrado a Francisco Sánchez de Aguilera contador de la hacienda episcopal con un salario de 50.000 maravedíes anuales. El demandante alegó que estuvo desempeñando este oficio, sin poder atender ningún otro asunto, durante 10 años, tiempo en el que no percibió los honorarios que le correspondían. Afirmaba entonces que la deuda seguía vigente en el momento del fallecimiento de Juan Alonso de Moscoso en 1614, en cuyo testamento figuraba una disposición que obligaba a satisfacer todas las deudas que él hubiera contraído con sus criados.

Sin embargo, los testamentarios pusieron en duda los trabajos realizados por Francisco Sánchez de Aguilera argumentando que éstos no aparecían reflejados en el «libro de los criados». Además, según la pragmática de 1566, que también se incorporó al proceso, a la muerte de cualquier obispo los salarios que no estuvieran anotados en dicho libro como pendientes no podían ser reclamados. Por todo ello, se negaban a pagar la cantidad exigida por el contador. Éste presentó diversas cartas, así como otro tipo de documentación, para probar que había servido al obispo hasta prácticamente el fin de sus días y que incluso se había trasladado a la corte por su mandato. No obstante, se determinó que las misivas no justificaban la existencia de esa relación profesional entre ambos, pues los escribanos que las examinaron dictaminaron que tanto la cortesía como el lenguaje empleados en ellas no eran los propios entre un criado y un señor, sino que revelaban un trato más cercano. El proceso está inconcluso.

Respecto a la misiva aquí transcrita, en el margen superior del folio 341r aparece la siguiente anotación de otra mano: "Misiva".

Support un bifolio de papel doblado en folio, escrito por el recto del primer folio y por el verso del segundo folio.
Archival Institution Archivo Histórico Nacional
Repository Consejos
Collection Escribanías de Cámara
Archival Reference Legajo 36210
Folios 341r-342v
Socio-Historical Keywords Guadalupe Adámez Castro
Transcription Guadalupe Adámez Castro
Main Revision Carmen Serrano Sánchez
Contextualization Guadalupe Adámez Castro
Standardization Carmen Serrano Sánchez
Transcription date2016

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Al licendo Franco Sanchez de Aguile benefficiado de Benamocarra Md

De Argete proveeran a Vm de dineros, que es la fruta mas necessaria de quantas se usan para los cortesanos,

Dizen muy bien esos señores ministros del señor nuncio q se hagan informaciones terna mas q hazer en ellas el obpo que en el govierno de todo el obispado y con su exempcion es verguença el poco respecto y obediencia q le tienen hagan esos señores lo que quisieren y digan lo que les diere gusto. Vm de priessa y haga mucha fuerça en que quiten los tres fiscal notario y abogado quede solo un subcollector y si no quisieren, pues es negocio importantissimo al servicio de nro señor su sanctidad nos oira en Roma que desea el bien de las Iglesias y no desbaratarlas y tambien su magd nos oira en españa y procurara el bien de las Iglesias de su patronadgo real,

Y emos tambien de saber hasta donde se estienden estas exempciones Certificando a Vm que como negocio tan grave y tan importante al descargo de mi conciencia y al bien y provecho de esta nra sancta Igla que yo mismo lo e estudiado y ni son exemptos en los negocios civiles ni en lo que toca a el officio de Canonigo.

Pesame de la enfermedad que me dizen padece el sor Patriarca, Dios le tenga de su mano amen y a Vm de el bien que deseo en Ma a 16 de agosto de 1610

Las ceguedades y desatinos de nros hermanos van de mal en peor deseo y procuro remediarlo y no hago nada remedielo Dios nro sor que puede

El obpo de malaga ldo aguilera

Legenda:

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