PT | EN | ES

Menu principal


Powered by <TEI:TOK>
Maarten Janssen, 2014-

PSCR9304

1676. Carta de Catalina Gertrudis de Jesús María para su sobrino Francisco Antonio Porcel de los Cobos.

ResumoLa autora aconseja a su sobrino que se cuide en la convalecencia para recuperar totalmente la salud y poder afrontar el proceso pendiente.
Autor(es) Catalina Gertrudis de Jesús María
Destinatário(s) Francisco Antonio Porcel de los Cobos            
De España, Jaén, Baeza
Para España, Granada
Contexto

En 1674 don Francisco Antonio Porcel de los Cobos se presentó ante la justicia para reclamar la tenuta y posesión del mayorazgo fundado por doña Luisa de los Ríos, bisabuela por parte de padre, y que en aquellos momentos disfrutaba don Fernando Melchor Amador de Lezcano y de los Ríos, primo hermano del que había sido, supuestamente, padre del demandante. En efecto, la reclamación se basaba en la filiación de Francisco Antonio Porcel, quien aseguraba ser hijo natural de don Antonio Porcel y de doña Antonia Godínez. Además de presentar las escrituras de mayorazgo que contemplaban la sucesión de los hijos naturales en línea directa, don Francisco Antonio aseguraba poseer una escritura de reconocimiento firmada por su abuelo, don Francisco Porcel de Molina, que probaba su filiación. La parte contraria se defendió con diversas alegaciones. En un primer momento se centraron en cuestiones de tipo formal como el aforamiento de don Fernando Melchor o la ilegalidad que suponía que don Francisco Antonio Porcel de los Cobos se hubiese presentado en la Audiencia con plaza de pobre. Sin embargo, las contradicciones más relevantes se centraron en la identidad y filiación del demandante. En primer lugar negaban que el susodicho se llamara realmente don Francisco Antonio Porcel de los Cobos y aseguraron que su verdadero nombre era Francisco Martínez Peñalver, lo que remetía a los apellidos de la mujer que lo había criado: Catalina Martínez, conocida como la “tía Peñalver”. Por otro lado dudaban de la paternidad de don Antonio Porcel asegurando que era cosa conocida que doña Antonia Godínez había vivido de manera deshonesta y con tratos frecuentes con hombres diversos, entre los que destacaba Antonio de Yzcara, con quien finalmente se casó. Pero sobre todo, insistieron en la falsedad documental de la escritura de reconocimiento hecha por don Francisco Porcel de Molina. Y se basaron no tanto en el peritaje caligráfico que se hizo al documento como en un testimonio que aludía a la falsificación de documentos a cambio de dinero. Asimismo, presentaron testigos que afirmaban que en casa de los Porcel no se trató al demandante como pariente ni hijo natural de don Antonio Porcel. Don Francisco Antonio Porcel de los Cobos aportó diversas pruebas para probar su petición. Además de la documentación ya citada, presentó diversas misivas que probaban el trato familiar con la familia Porcel (a través de su tía, doña Catalina Gertrudis de Jesús María) y los Godínez. Asimismo contaba con la declaración de fray Juan Godínez, hermano de doña Antonia Godínez en que daba una detallada relación del conocimiento galante entre aquella y don Antonio Porcel, el embarazo y nacimiento de la criatura, así como de la existencia de un documento firmado por don Antonio Porcel en que se comprometía al cumplimiento de la palabra de matrimonio dada a la muchacha. No obstante esto, don Fernando Melchor alegó contra estos testimonios y, muy concretamente, en contra de las cartas misivas. En primer lugar las consideró falsas pero, en caso de que esto no fuese así, no eran probatorias sino que además complicaban la ratificación del testimonio de don Francisco Antonio Porcel. Así, en el caso de las cartas escritas por doña Catalina Gertrudis consideraba que no probaban el conocimiento previo, ya que declaraban que la religiosa había sido consciente de la existencia de su sobrino a raíz de la comunicación epistolar y no antes. Por otro lado, las informaciones que se vertían sobre el resto de familiares venían a corroborar este hecho para los demás. Misma opinión existió para otro grupo documental formado por las cartas escritas por Juan de Escabías Carvajal; además de ver en ellas falsificación, el demandado consideraba que no podían considerarse válidas por la enemistad que él mantenía con el autor, ya que la hermana de éste, doña Francisca de Carvajal, había mantenido pleito con él y por tanto, la comunicación se podía haber hecho en su perjuicio. La sentencia dada por la Chancillería de Granada en 1679 consideró que don Francisco Antonio Porcel de los Cobos no había probado suficientemente su demanda. Fue confirmada por el Consejo tras acudir a proceso de revista.

Suporte un folio de papel doblado en cuarto, escrito por el recto y el verso del primer cuarto y el recto del segundo.
Arquivo Archivo Histórico Nacional
Repository Consejos
Fundo Escribanías de Cámara
Cota arquivística Legajo 43517
Fólios 32r-33r
Socio-Historical Keywords Elisa García Prieto
Transcrição Elisa García Prieto
Revisão principal Gael Vaamonde
Contextualização Elisa García Prieto
Modernização Gael Vaamonde
Data da transcrição2016

O script do Java parece estar desligado, ou então houve um erro de comunicação. Ligue o script do Java para mais opções de representação.

Jhs ma Jph

Sean siempre en su alma de Vmd fortaleziendole con sus divos y zelestiales dones pa pode que pueda con estos divos socorros mi querido sobrino tolerar con alegre animo y perfeta rresignazion la falta de salud con que nro sr lo exerzita que qdo vmd se a obligado a hazerse dos fuentes bien claro se manifiesta lo grabe que a sido la enfermedad y lo mucho que a padezido siento hijo mio mui en mi corazon su padezer de vmd y el no poderle asistir y Regalar conforme pide su nezesidad y m el entrañable amor que en nro sr le tengo su diva mgd por cuio amor rrenunzie todas las cosas como todopoderoso con su paternal probidenzia socorra a vmd y le sea salud vida y todo consuelo que aunque pecadora no sezo de pedirselo este divo sr me oiga y por amor de Dios aunque se suspenda por algunos dias que Vmd trate de su rregalo conbaleziendo bien que suele ser peor la rrecaida que la caida que una de las causas de que a durado tanto tiempo despues de la boluntad de Dios esa enfermedad es el no aberse guardado de las sangrias que se dio vmd en el mes de mayo que bien veo que dira este consexo que me da mi tia era pa estar yo en mi casa al cariño y rregalo de mi querida esposa, mas aunque nadie sobrino mio puede suplir esta falta tengo por mui zierto que en casa de mi sa Da Josefa segun lo que vmd me tiene dicho de la mucha mrd fabores y honrras que le haze que en esta ocasion le abra su mrd asistido y cuidado de su Regalo como si fuera su propio hijo que atendiendo a esta obligazion aunque mi sobrino no me dize nada me parezio con ocasion de la bienvenida del sr don baltasar de escribir a su mrd y de camino rrendir las grazias de la caridad que le haze a mi sobrino y le agradezco la adbertenzia de aber cumplido por mi con el sr don baltasar me a sido de mucho consuelo el que su mrd aya benido que con su asistenzia y fabor pa el votarse el pleito y la rrebista sera de grande ymportanzia pa con esos sres su presenzia y el que sea con brevedad que deseo infinito el ber a mi sobrino que este en su casa con quietud y descanso crea vmd hijo mio que no queda por oraziones y juntamente solizitando las d esta sta comunidad que ofreze con mucho gusto y cuidado todos los dias su Ra nra me Abba de quien rreziba vmd mui afectos rrecados que a sentido mucho su Ra aia estado mi sobrino tan malo y al presente conbalesca tan mal buelvo a suplicarle encarezidamente a mi querido hijo mire por amor de Dios por su salus i se sirba pues be vmd con la pena y cuidado que quedo luego que rreziba esta de abisarme como se siente y lo que rresultare del pleito que no es dezible con el cuidado y pena que vmd me a tenido estos 6 correos que me an faltado sus letras que de la mrd que me haze siempre estaba temiendo que el faltarme este consuelo era por falta de salud de mi querido hijo ia estaba determinada si este correo no tenia carta de escribirle a nro pe fr Diego a quien dara vmd mis humildes y afectos rrecados y que fiada de la mrd que haze a mi sobrino y su mucha caridad le suplico a su pd que qdo vmd no pueda por estar malo escribirme su pd se sirba de hazerlo abisandome del estado de su salud que su diva mgd me conzeda la goze vmd mui cumplida qdo esta llegue a sus manos con copiosos aumentos de su sta grazia y feliz suzeso del pleito Baeza d este convto de sta Cata de sete 22 de 1676

De mi querido sobrino quien su mayor bien le desea Ca Js Cata getdis de Jesus ma Mi querido sobrino y sr

Legenda:

ExpandedUnclearDeletedAddedSupplied


Guardar XMLDownload textWordcloudRepresentação em facsímileManuscript line viewPageflow viewVisualização das frases