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Maarten Janssen, 2014-

PSCR7058

1545. Carta de Cristóbal de Santana para Bartolomé de Santana.

SummaryEl autor avisa a Bartolomé de Santana de la muerte de don Gerónimo de Santana en México y le confirma la veracidad de la noticia por haber estado presente. Asimismo, le pide que haga ciertas gestiones para poder tramitar el testamento y herencia del fallecido.
Author(s) Cristóbal de Santana
Addressee(s) Bartolomé de Santana            
From América, México, León de los Aldama
To España, Sevilla
Context

En 1553 Isabel Quintera, vecina de Sevilla y viuda de Gerónimo de Santana, se querelló contra Francisco de Santana por la herencia de su marido, que había fallecido en México siete años atrás. Aprovechando la presencia de uno de los albaceas testamentarios, don Cristóbal de Santana, Isabel quiso reclamar los bienes de su marido. Se hizo presentación del testamento que especificaba quiénes eran los herederos de don Gerónimo, así como los tutores y curadores de sus hijos menores de edad. Así, se había establecido que don Francisco Santana, hermano de don Gerónimo, ostentaría esa responsabilidad junto a Isabel Quintera siempre que ésta no contrajese nuevas nupcias. Isabel presentó una carta escrita por Cristóbal donde se daba cuenta de las deudas que quedaban de la compañía de comercio de Gerónimo de Santana, toda vez que se expresaba el compromiso por ayudar económicamente a la viuda. El demandado, Francisco de Santana, alegó contra la querella presentando diversos argumentos. En primer lugar, Isabel Quintera se había vuelto a casar, lo que le impedía ejercer como curadora de los hijos habidos con Gerónimo Santana. Por otro lado, Francisco había abandonado las Indias antes del fallecimiento de Gerónimo y éste no le había dejado ningún bien para su mujer. Por otro lado, protestó la instancia judicial alegando que el caso debía ser visto por la justicia ordinaria de Sevilla y no por el Consejo de Indias. El expediente se halla incompleto, por lo que no conocemos la sentencia del proceso.

Support un bifolio de papel doblado en folio, escrito por todas sus caras.
Archival Institution Archivo General de Indias
Repository Justicia
Collection Autos entre partes
Archival Reference Legajo 1011, Número 2, Ramo 1
Folios [11]r-[12]v
Socio-Historical Keywords Elisa García Prieto
Transcription Elisa García Prieto
Main Revision Gael Vaamonde
Contextualization Elisa García Prieto
Standardization Gael Vaamonde
Transcription date2015

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a mi señor bartolome de santana en la carreteria de sevilla señor

de franco de santana sabria vramd como yo venia con los a efetuar una conpañya que gironimo de santana tenia hecho en esta governaçion de maraqua con un vezino que se dize gaytan de adonde lo dexe en mexico malo y preço en la carçel del obispo despues me escrivyo a uaxaca como venya muy malo a la puebla d los angeles y que se la avian dado por correr una legua alderredor porque franco de santana lo avia negoçiado en mexico asi que señor despues me an dicho y serteficado que es falleçido muy çierto en casa de alo valyente. yo no he visto carta de ello nynguna asi que vramd lo deve de tener por çierto y en esto no Resta otra cosa sino prestar pa serviçio y hazer bien por su anyma pues es dios servidor de acabar ya este linaje y aparejarnos para nro dia pues es tan çierto digo que lo deve vramd tener por sierto porque lo se de honbre que lo conosçia y lo vido enterrar. esperando estoy cada dia el testamento que dizen que hizo en la puebla para ver lo q manda porq en el que hizo en mexico me dexava por albaçea. en lo que toca a su hazienda la que fuere yo la tuve y yo poca o mucha y la poseo lo que en llo tiene es que se obligo en dos myll pos el y diego gaytan por vtud de poder q llevo a mexico para ello y lo que se tomaren en los myl que le cabian de su parrt aquello terna y tiene en poder de diego gaytan su conpañia medio negro y no se que part en unas carretas. d esto se a pagado de unas obligaçiones que el devia en pamana a diego lopes de toledo y andres d ariza quatroçientos y cinta pos y una de las obligaçiones que son de trezientos pos he pagado. no porq no lo diziendo que no tenya bienes Gironimo de santana y q no tenya nada en la hazienda y por una carta mesiva que el escrivyo a diego gaytan que paresçio condenaron a los bienes que paresçiese tener. asi que vine a pagar dozientos e cinta pos por consierto e diome poder otros de toda la debda de los trezientos y tantos pos por oponerme a la otra execuçion que esta hecha de otros dozientos e cinta pos porq esta es primera en tienpo e mejor en dio asi que de todo lo que pareçiere tener lo avria su muger y por tanto vm haga que me enbie un poder con ynformaçion de muger legitima y lo pueda enbiar a españa y sacarse poder de tenedores de difuntos porq yo tengo para mi que en acabando de concluyr la Ropa y cobra lo que se deve qieran ver lo que tiene el difunto estos señores porque aun me lo an dicho y persebido hasta que paresca el testamento y poder a su muger. en esto vramd lo provea en el primer nabio a esta governaçion a casa de Rodrigo de contrerras governador que fue d ella. señor porque juan dias dara a vramd mas larga relaçion de mi vida en esta no dire mas de suplicar a vramd que no aya estremos asi de su muger ysabel quyntera como en vramd y los que fueren sean en bien por su anyma pues fue dios servido de sacallo de tantos trabajos. no pense escrivyr esta sin enbiar dineros a ysabel quyntera. vramd dirra a ysabel quyntera que preste pasençia pues es muger cuerda y que ella perdio marido y yo perdi primo hermano y conpañero en esta tierra y que ella perdio a gironymo de santana su marido y a oval de santana por hermano y marido en obras por lo qual Ruego a dios me de salud para yllo a efetuar con obras y no con palabras la señora ana dias anque no la conosco mas de por dho d franco de santana beso las manos y que en sus oraçiones me encomyendo de esta çibdad no tengo mas que deçir mas de que tengo deseo de toparr con clemeynte de santana para que se quedase en esta tierra y mercasemos un nabio para que seria part de en dos años ganar parra yr a dscansar muy largo porque si gironymo de santana viviera este viaje alla hallaria hecho un nabio myo y suyo y de gaytan el qual se esta haziendo nro señor la muy noble presona de vramd guarde y en su santo serviçio aumente como por vramd es deseado a mi madre encomyendo a vramd de esta cibdad de leon quinze de nobienbre de 1545 años

a Serviçio de vramd y con deseo de velle xroval de santana

Legenda:

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