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Maarten Janssen, 2014-

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1696. Carta de fray Juan Bitoriano Coronel, capellán, para Andrés.

SummaryEl autor narra a Andrés todo lo que ha ocurrido en su presencia ante el problema que ha surgido en un matrimonio de la localidad y la posibilidad de que haya habido algún hechizo de por medio.
Author(s) Juan Bitoriano Coronel
Addressee(s) Andrés            
From España, Toledo, Madridejos
To S.l.
Context

El proceso se abrió por hechicería entre 1697 y 1701 contra las hermanas Inés Estéban y María Estéban, alias la Cicata, siendo finalmente condenadas. La carta aquí transcrita se aportó al proceso porque contenía una consulta sobre un matrimonio en el que el marido padecía impotencia. En el proceso se recogió que este matrimonio estaba formado por María García Pribado y José Sánchez, residentes en Tembleque (Toledo). María García Pribado declaró haber descubierto que habían sido "ligados" con algún maleficio y que por eso su marido sufría impotencia. Lo supo cuando encontró unas tijeras abiertas clavadas en la parte baja del cabezal de la cama. Las había puesto allí su marido para curar su impotencia, pero no recordaba quién le dijo que lo hiciera. Las acusadas eran naturales y vecinas de Madridejos (Toledo) y eran sospechosas de recomendar remedios y practicar magia. Al inicio de la carta hay algunas anotaciones realizadas por el tribunal.

Support un bifolio de papel doblado en folio, escrito por recto y verso del primer folio y por el recto del segundo folio.
Archival Institution Archivo Histórico Nacional
Repository Inquisición
Collection Tribunal de Distrito de la Inquisición de Toledo
Archival Reference Legajo 085, Expediente 14
Folios 29r-30r
Transcription Laura Martínez Martín
Main Revision Gael Vaamonde
Contextualization Laura Martínez Martín
Standardization Gael Vaamonde
Transcription date2014

Page 29r > 29v

[1]
Sr dn Andres

Me alegrare vsa goze tan perfecta salud como

[2]
este su mas afecto capellan i subdito le desea yo que
[3]
do bueno y siempre para serbir a vsa como debo i es de mi
[4]
obligazion.
[5]
[6]
Sr doi cuenta a vsa de un caso bien preter
[7]
intentionen que en este lugar me a suzedido y es lo que
[8]
se sigue; en este lugar se casaron dos sujetos de me
[9]
diana jente en la republica esto es ni de lo mas
[10]
prinzipal ni de la jente plebeia sudedio que despues
[11]
de estar casados se allo estar el mozo incapaz; el do
[12]
tor dixo a dicho mozo le curaria por fin determina
[13]
ron los mas estaba ligado por maleffizio la mujer
[14]
propia le puso pleito de diborzio el qual esta pen
[15]
diente y ellos apartados antes que llegase a este es
[16]
tado me dijo el mozo padre fr Ju a mi me suze
[17]
de esto que le pareze a v pd hare yo le dije ho
[18]
sujetate a las reglas de la medizina pues dize el do
[19]
tor te curara, i lo que toca a la iglesia yo lo are que
[20]
conjuros especiales tiene la Ylesia para esso lo prime
[21]
ro que se a de hazer, es, hazer una confesion general
[22]
tu i tu mujer i pedirle a dios misericordia i que su
[23]
dibina magestad, se apiade de bosotros i os de fruto de
[24]
bendizion, si hos conviniere i despues yo pasare
[25]
a hazer las demas diligenzias segun nos es permi
[26]
tido por la iglesia a lo que me respondio no pe
[27]
fr Ju dejemos esso haora que mi mujer tiene un na
[28]
tural tremendo i no quisiera que dijera yo me habia
[29]
descubierto a naide. yo le respondi quieres tu que
[30]
yo este con ella i sin dezirle que tu has estado con
[31]
ella la pregunte pues es conozida mia como la ba de
[32]
casada i metiendome en conversazion la hare que me descubra tu defecto i la dire lo que se debe ha
[33]
zer i procuraremos los medios mas lizitos que pudieremos allar. a que me respondio hagalo su pd fui
[34]
ha estar con ella entre en su casa i estando ella en ella se oculto i no quiso parezer ni responder, a que me dijo el
[35]
marido v pd se baia con dios que no conoze este natural y bolbiendo despue a buscalla me llamo
[36]
su me del mozo enpezo a llorar i me dijo que le pareze a v p de lo que suzede a mi hijo yo la respon
[37]
di, hija ya le he dicho lo que debe hazer yo benia a estar con la niña i meterla por camino es
[38]
una mujer que no se le puede dezir nada porque como se siente agrabiada no ai leon como ella so
[39]
la dije pues digale v md a su hijo, que no haga mas de lo que le he dicho que no hande buscando en
[40]
redor de mujeres y enpezela a dezir como habia muchas cosas que parezia buenas i eran enredos y
[41]
superstiziones i dijele algunas que se usan en este pais como la mañana de Sn Ju que hazen

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