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Maarten Janssen, 2014-

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1658. Carta de Fernán Méndez Sierra para su madre Mencía Méndez.

Author(s)

Fernán Méndez Sierra      

Addressee(s)

Mencía Méndez                        

Summary

El autor da cuenta a su madre Mencía Méndez del fallecimiento de su hermano Diego Méndez, hijo de la destinataria. Le pide que le envíe un poder para gestionar la parte que a ella le corresponde de los bienes del difunto.

Text: -


[1]
Sra madre
[2]
Por esta sabra vmd como dios fue serbido de llebarçe para si a mi ermano diego mendez a doce del corriente biernes a las dos de la tarde
[3]
primita dios tenelle en su santo reyno y a los que quedan aca de bida para que agan bien por su alma
[4]
no ay sino conformarçe con la boluntad de dios pues fue echo de su santa mano que es camino que todos hemos de llebar
[5]
dexando esto aparte ago este propio para que vmd me remita poder anplio para açer y desazer de la parte que a vmd le tocare
[6]
se a de presentar esta requisitoria ante la justiçia de esa billa para que conste por ynformaçion de como vmd es madre de diego mendez que este en el cielo y mujer de mi padre Baltasar de siera que dios aya perdonado
[7]
porque todo esto a de benir en ynforçion
[8]
y los que xuraren sean honbres principales
[9]
basta media dosena para que tengamos fuerça y no ayga aca ynpedimento ninguno
[10]
y esta delijensia se ase porque el mallogrado que dios tenga en el sielo asi lo hordeno siendo en presensia de los señores albazeas y testigos
[11]
ssiendo vmd biba se remitiese a mi el poder y no a otro ninguno y en presençia de mis ermanos estando todos juntos un dia antes que dios le llebase
[12]
y por ser berdad yra firmado de ellos en esta porque no quiso el que dios tenga en el sielo que sus bienes coriese con ellos antonio de siera y que no fuese balido el poder que el trujese de vmd ni otro alguno de sus hermanos ssi no es a mi
[13]
y si vmd ubiese faltado antes que el nonbro por herederos a su hermana doña Blanca y a Clara y a doña beatriz y a manuel
[14]
y despues de aber hecho el testamento que yo no me alle presente me dexo que hentrase yo en primer lugar y por padre de todos
[15]
y el poder a de benir autorizado de todos los escribanos que ubiere en esa va
[16]
y despues de los escribanos dee la billa se le a de adbertir a el propio que a de refrendar en polan y en el primer lugar que llegare como conoze a los escribanos que bienen en el poder
[17]
y el propio se a de despachar en un dia sin que aya dilazion porque si tardare mas se le a de pagar los dias que le detubiere
[18]
y tanbien le daran de comer
[19]
y todo lo que costaren los papeles de sacar me lo abisen y aparten en el poder
[20]
no ai otra cosa de que avisar a vmd en este particular
[21]
y todos los bienes estan depositados por mandado del juez de esta va
[22]
en el ynter q vmd me henbia este poder y el tersio de la asienda de diego mendez qu este en gloria dexo a su mujer a quien gue dios como deseo
[23]
aguilar abril 17 de 1658 años
[24]
yjo de vmd fernan mendez manuel mendez clara mendez

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