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Maarten Janssen, 2014-

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1545. Carta de Juan Méndez para Juste Martín.

Autor(es) Juan Méndez      
Destinatário(s) Juste Martín      
In English

Letter from Juan Méndez to Juste Martín.

The author informs Juste Martín he has sent certain amounts of money for Juan de Salamanca´s testamentary dispositions and asks him to tell Francisco Gutiérrez and Antón de Cogollos to answer his letters.

In 1547 Antón de Cogollos, a resident of Fontiveros, sued Juan Méndez and Diego de Azamar, both residents of Coatzacoalcos (or city of Espíritu Santo), for Juan de Salamanca´s inheritance. The decedent had lived in Coatzacoalcos and designated Antón de Salamanca as his only heir. The executors of the will were Juan and Diego and they were accused of retaining Juan de Salamanca´s goods, consisting in approximately three thousand gold pesos. Antón de Cogollos presented three letters written by Juan Méndez in which he admitted he had the money. The litigation was pending for considering the provisor of Avila was incapable for the decision taking.

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Texto: -


[1]
muy Rdo sor
[2]
este principio quisiera aber hecho desde la ora q iohan de salama q sea en gloria falleçio porq sabido el debdo q abia entre vm y el el amor q con el tuve abia de poner en psona tan propinca y virtuosa pa por todas vias ganar
[3]
del descuydo passado me acuso
[4]
En lo por venir supco vm me tenga por su svidor q en mi hallara voluntad y obra y obediençia Como en siervo y debdo menor Casi hijo
[5]
por su testamo mando a vm xx dos y para pagarse estos y las mandas q hizo a sus hijas de thoribio hernandez q aya gloria q fue ccc ducados y diez mill mrs al monasterio de guadalupe y a esos monasterios de ay y ospitales y de san iohan de la torre otras mandas.
[6]
yo enbie el año passado de 1542 cccxxviii pos de oro de minas de ley perfecta Consignados en sevilla a un iohan garvarro porq los Reçibiese y enbiase a esa villa al sor franco grres altamirano y anton de cogollos
[7]
y hasta oy no E visto Carta d esos ses
[8]
por letra del galvarro tengo aviso de q los Reçibio y enbio a anton de Cogollos y q tiene conoçimieto suyo
[9]
y Como el exçedio de lo q yo le escrevi en darlos en particular a cogollos no me maravillo de no averme spto el sor franco grres porq me haze psumir q d ello no deve aver tenido notiçia.
[10]
agora le scrivo desenganandole si tiene por venta otro pensamieto del q debe q no es de creer siendo Como es iano
[11]
y es q por el testamo Consta q si en lo de los quinientos pos q avia enbiado joan de salamanca pa lo de la Capellania oviere avido ynpedimeto por mana q salga ynçiertos manda q de lo q Restare Conplidas las pias Cabsas se haga
[12]
y Constituyendo todavia la Capellania E considerado q pa cunplir esto no ay en esta vida psona q asi lo haga como yo porq si de mi poder sale esta moneda y entra en el de cogollos no se como sera.
[13]
alla se lo escrivo pa q d esto me de satisfaçio y enbie los Recibibs neçesarios del cunplimeto de las mandas.
[14]
vm por amor de n sor ponga en todo la mano pa q Con brebedad se m enbie y m escriva largo porq yo tenga aviso en lo q se deba hzer
[15]
al sor franco grres escrivo vm le ponga espuelas a su merced si sintiere tibieza en esta negon. lo qual no puedo creer q tenga tal psona Como el
[16]
olvidoseme d escreville q si le pareçiere procurar una çedula de su magd pa q lo q d esta hazienda oviere Restado averiguadas las Cuentas y hecho el alcançe s enbie a esa villa a la justiçia d ella pa q conforme al testamo se Efectue.
[17]
vm lo vea y Comuniq con el sor franco grres. y me Responda a ello y a todo.
[18]
asimismo qrria enbiar a su merçed y a vm unos seysçientos ducados pa q se destribuyesen en obras pias por Joan de salama
[19]
aviseme vm si es tienpo dispuesto pa ello al presente digo si su magestad toma agora la moneda o si ay por la mar Reqsta de asarnos
[20]
de todo m escriva vm largo y me haga merçed de mandarme en q sirva y tenerme por tan servyor como yo me tengo y en su sacrefiçios merezca estando en memoria.
[21]
nro sor la muy Rda psona de vm guarde y ppe
[22]
bienaventda me
[23]
de guaçacualco a x de ote 1545
[24]
de vm muy verdadero siervo Juan medez

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