M s da Maria S Gutierrez
Cadiz y Julio 7 de 1788 as
Mui sa mia el ssno qe hizo la escriptura de conbe
nio reclama justtamte sus derechos y la mitad de Ud que
esta pendiente no me parese justo tenga Yo qe desem
bolsarla en esta atencion dara providencia sin
dilacion pues a ese efecto remito el Proprio Con
ductor de esta pues no parese razon quede Abochor
nado quien ha hecho tan buenos y utiles oficios
En el mismo tiempo las ofertas garvosas
de Ud en quanto al pago de mis honorarios a cu
yas expensas tengo gastado tanto tiempo me
parese tambien no es justo me las detenga faltan
do a la buena correspondencia de mi pronto traba
jo y abandono de otras cosas pues save mui bi
en qe he travajado pr orden suya en estos asump
tos qe me han sido tan penosos como prolijos sin
perdonar Ud hasta las horas incommodas Espe
ro se sirva mandarme con el Portador tres y
media onzas qe es en lo qe graduo mi travajo
y en caso de dudas me sujeto a lo qe graduase el
Sr Doctoral en consepto a lo qe le explicara
Ud de todo lo Ocurrido las muchas juntas de Pe
res y suyas con las proposiciones tantas veses
combenidas y retrosedidas travajando en cada
instante de nuevo, y el lusimiento qe de todo
han sacado ambos y Ud tanta utilidad y en
el caso qe no tenga a bien haserlo pr el sr Doc
toral pr su abogado al menos, y en caso de que
tenga alga duda la evacue prontamte pues el
mismo proprio lleva orden de noticiar al Sr
Doctoral lo qe me subsede en qualqr caso de
desavenencias, y no me parese razon qe al menos
caresca dho sr de la noticia del asumpto como
recomendado suyo:
Ud mande siempre
qto guste no obstante qe siento esta ocurrencia
muy agena de su talento:
de Ud s s s
Luis Jn Sotelo
PD
sirvase de hacer esta justa
recombencion a Dn Jph de
Amores con qn puede confe
renciar como qe tambien
se ha tratado su asumpto
aqui