La autora expone a su hijo, Salvador Caramany y Fontdevila, una lista de condiciones relacionadas con la disposición de unos bienes.
ÿ que no podras desfrutar esse aumento sino
despues de pagados todos.
4 Sera á tu cargo prestar los medios para
collocar á tus Hermanas ÿ Hermanos propor-
cionados, conforme merecen ÿ es de la honra
tuÿa, y mia aunque sea en la conformidad
que se expressó en la concordia de asistencias
que firmaste á tu Padre.
5 Durante dicha tenuta será á mi cargo de ella
pagar los censos penciones ÿ cargos annuales
aunque sean de Procuradores, Abogados ó Es-
crivanos, ÿ no menos suportar las obras concer
vatorias necessarias para concervar dichos
Bienes, como no sea incluir obra de mas valor
de sinquenta libras bas; Pero no podre po-
ner mejora ni credito alguno sobre ellos cuÿa
ultima circumpstancia juzgara qualquier
ociosa no pudiendo resultar sobrante alguno
Yo soÿ siempre la misma aunque te paresca
otra que he deseado, ÿ deseo que Dios no sr
te de su snta Bendicion ÿ te gde ms as como
rendidamente le suplico, ÿ en caso de aceptar
estos pactes podras remitir poder para firmarlos