El autor informa a Juan de Aparicio Navarro, obispo de León, sobre la marcha de un pleito por alimentos, manifestando sus opiniones al respecto.
agudeza, por atajar que el Auditor arbitriase, señalar
las a VS I por alimentos, Y con estos presupuestos paso a discu
rrir por donde se a de rrigular lo nezesario para lo preziso
Y dezente de un sor obpo; trajo muchas dotrinas probando que
daba al prudente arbitrio de el juez, atendiendo a la per
sona, lugar, Y zircunstanzias; para que el Auditor hizi
êse este arbitrio, se entro en las informaziones, asi en la
nuestra, como la que hizieron los contrarios, que es la mas
faborable, Y sobre una Y otra, pondero Y esclamo con tal vi
veza que qdo no tubiera el primero credito, como lo tiene a
quel dia lo ganara; de mi parte no esta mas que haber so
lizitado esto, Y rrecordar al Amigo la grande confianza que
tiene VS I de su fineza, no dudo que la a de continuar en esta
ocasion, Y por ser la mas grabe espero se a de aplicar con mas
eficazia; no se lo que el Auditor tardara en rresolber este punto
qdo escrivo esta no ay indizio de esto, no se si antes de zerrar
la tendre que añadir.
Sobre el Auto de 69 Dos de alimentos de interin, no se puede in
troduzir articulo, como VS I me manda, pretendiendo se en
tienda lo mesmo en los años antezedentes. Y esto se conoze bien
claro de la palabra de interin, ô por aora, que es mientras
se pasa a determinar definitivamente, Y de que aia sido tan
ta la cantidad se quejan los contrarios Y de que no se pase a deter
minar luego sobre lo prinzipal, Y asta que sobre esto aia deter
minazion definitiva, no tiene cabimiento, pedir lo mesmo
por los años pasados, Y aun despues de determinado tiene di
ficultad la pretension, porque en materia de alimentos no ha
ze exenplar de un año a otro, aunque las obligaziones Y la
dezenzia sienpre es una mesma porque se tiene rrespeto
al tienpo, Y balor de las cosas, sobre este punto hable al aboga
do Y dize no es para aora, ni se puede hablar en el asta des
pues de la determinazion ultima sobre los alimentos