Illmo señor mi sor
Señor Rezivo la de VS I de 5 de este Y la copia de
la de el sor Arzobpo, Y espero logremos paz
ostabiana por el medio de sus buenos ofizios,
aunque ast aqui no se conoze señas de ellos, pues
si escrivio al Marqs qdo a VS I, corresponde
haber rrezivido la carta oi haze 17 dias Y fue
tienpo bastante para hazer alguna insignua
zion de el ajuste, Y no se le a conozido otra que la
de solizitar la brebedad en la determinazion
en el pleito que ia esta visto; este rreparo no
desbaneze la confianza que mereze la interpo
sizion de el sor Arzobpo, pues aunque el Mar
ques por ella se de a partido, solo a su Illma se lo
dira, para que lo diga a VS I para que quede mas
airosa su interzesion, en fin el fruto de esta
Ydea, que yo espero sea grande, presto se co
nozera.
el Viernes pasado se vio el pleito, Gurpegui
se exzedio aquel dia a si mesmo, que a los
demas lo haze todos, desbanezio con testos li
terales, Y rredondos, el capitulo de el con
zilio de el mille pro episcopo, que formado
el concurso, era el que de lleno nos heria,
Y antes de formarle, la clausula de la bula, dum
modo tertian parte, por rreserbar solo las dos
para congrua de los sres obpos su santidad,
satisfizo tambien a este punto con Ygual
agudeza, por atajar que el Auditor arbitriase, señalar
las a VS I por alimentos, Y con estos presupuestos paso a discu
rrir por donde se a de rrigular lo nezesario para lo preziso
Y dezente de un sor obpo; trajo muchas dotrinas probando que
daba al prudente arbitrio de el juez, atendiendo a la per
sona, lugar, Y zircunstanzias; para que el Auditor hizi
êse este arbitrio, se entro en las informaziones, asi en la
nuestra, como la que hizieron los contrarios, que es la mas
faborable, Y sobre una Y otra, pondero Y esclamo con tal vi
veza que qdo no tubiera el primero credito, como lo tiene a
quel dia lo ganara; de mi parte no esta mas que haber so
lizitado esto, Y rrecordar al Amigo la grande confianza que
tiene VS I de su fineza, no dudo que la a de continuar en esta
ocasion, Y por ser la mas grabe espero se a de aplicar con mas
eficazia; no se lo que el Auditor tardara en rresolber este punto
qdo escrivo esta no ay indizio de esto, no se si antes de zerrar
la tendre que añadir.
Sobre el Auto de 69 Dos de alimentos de interin, no se puede in
troduzir articulo, como VS I me manda, pretendiendo se en
tienda lo mesmo en los años antezedentes. Y esto se conoze bien
claro de la palabra de interin, ô por aora, que es mientras
se pasa a determinar definitivamente, Y de que aia sido tan
ta la cantidad se quejan los contrarios Y de que no se pase a deter
minar luego sobre lo prinzipal, Y asta que sobre esto aia deter
minazion definitiva, no tiene cabimiento, pedir lo mesmo
por los años pasados, Y aun despues de determinado tiene di
ficultad la pretension, porque en materia de alimentos no ha
ze exenplar de un año a otro, aunque las obligaziones Y la
dezenzia sienpre es una mesma porque se tiene rrespeto
al tienpo, Y balor de las cosas, sobre este punto hable al aboga
do Y dize no es para aora, ni se puede hablar en el asta des
pues de la determinazion ultima sobre los alimentos
Y si por Yerro de cuenta nos diesen diez, ô doze mil Dos cada año
por que êmos de estar contentos los pasados con seis, Y inpedidos
de poder pedir otro tanto, para Rebatir con mas fuerza a los q
pidieren decursas; estas rrazones a mi me hazen gran fuerza Y
la mor tenerme mandado VS I siga en todo el distamen de estos hombres
Y por ser el que llebo rreferido, no se introdujo articulo.
oi inbio a llamar a castillo para que benga por su dinero, supongo no
tendra pereza. sobre la proposizion que hize el correo pasado
de los 50 Doblones supongo ia abra deliberado VS I.
no ay que hazer mas ofizios con el de Benabente pues ese no rresolbera
nada asta que salga este auto, quien se gobierna por la Ydea de
Ronquillo, Y este es tenazisimo, Y asi asta que salga esta determi
nazion no ay que hablar en la materia, ni aunque lo hubiera, ha
bia tienpo.
en la Nunziatura no ê visto señas de queja de los frayles de castro
jerid, aunque este es tribunal que todo se despacha de camara
Y puede no saberse, pero sirbiendo de espia el amigo no pueden
ocultarse si se explican.
nunca supe lo que corresponde de subsidio a cada ziento, mande VS I
que se me diga o como se entiende esto, que me haze falta la noti
zia para ajustar qta con castillo. por oi no se me ocurre otra cosa
que poner en la considerazion de VS I a qn gde Dios m ans con su mor
grandeza como puede Y he menester que asi se lo supco. Md Y se
tiembre 12 de 1691
Illmo sor mi sor
B l P de VS I su mas indigno criado
Sebastian Florez
Estrada
Illmo sor mi sor