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Maarten Janssen, 2014-

PS6159

1706. Carta de Blas Martín Pingarrón para fray Francisco Fernández y Villegas, religioso de Nuestra Señora del Monte Carmelo.

ResumoEl autor agradece a fray Francisco Fernández y Villegas sus consejos.
Autor(es) Blas Martín Pingarrón
Destinatário(s) Francisco Fernández y Villegas            
De España, Toledo
Para España, Madrid
Contexto

Proceso de fe contra Manuela Ramos, alias Manuela Sánchez, alias Manuela de Santa Leocadia por alumbrada, deshonesta e imbuida en los errores de Molinos, abierto entre 1708 y 1711. Manuela Ramos nació en Novés (Toledo) en 1679 y fue educada en la doctrina católica, se declaró cristiana vieja y descendiente de cristianos viejos. A los once años se quedó huérfana de madre y se trasladó a la villa de Illescas (Toledo), donde comenzó a servir en un convento de religiosas de la Concepción Francisca. Pasados cinco años y tras el fallecimiento de su padre, su hermano la trasladó al convento de Santa Isabel de Toledo, donde aprendió a leer y escribir. Beata de Nuestra Señora del Carmen, desde 1700 hasta 1704 tuvo como confesor a fray Manuel de Santa Leocadia, religioso carmelita descalzo y residente en el convento de Toledo. En noviembre de 1704, Manuela se trasladó a Madrid por espacio de tres meses, huyendo del acoso y de las amenazas de un tal Francisco, carpintero, que pretendía casarse con ella. Durante su estancia en Madrid se hospedó en casa de Diego de las Cuevas y tuvo como confesor a fray Francisco Fernández de Villegas, religioso carmelita descalzo y prior de Valdemoro. En 1707 se casó en Toledo con Blas Martín Pingarrón.

Durante el proceso que la Inquisición abrió contra ella fue juzgada por los delitos de herejía, alumbramiento y deshonestidad. Concretamente, se la acusó entre otras cosas de: fingir visiones y revelaciones divinas, mantener relaciones prematrimoniales, y mantener una relación carnal ilícita con su confesor, fray Francisco Fernández de Villegas. En el proceso se incluyeron 48 cartas (PS6143-PS6191) que fueron utilizadas como prueba incriminatoria de los citados delitos. Las cartas aparecen cosidas y reunidas en un cuaderno adjunto al proceso. Dentro del cuaderno se distinguen claramente dos conjuntos epistolares: 18 cartas escritas por Blas Martín Pingarrón y dirigidas a fray Francisco Fernández de Villegas, y 28 cartas escritas por Manuela Ramos y dirigidas a fray Francisco Fernández de Villegas. Se incluye también una carta firmada por Diego del Amor, alias Diego de las Cuevas, y por Cristóbal de Alfaro (PS6164) a fray Francisco Fernández y Villegas, y copia de una carta escrita por Pedro Pablo Díez, boticario de Yepes, a Manuela Ramos (PS6178). Dentro del proceso todavía se mencionan dos cartas más que no aparecen en el cuaderno: una escrita por fray Francisco Salazar, religioso carmelita del convento de Valdemoro, y otra escrita por Manuela Ramos, ambas dirigidas a fray Francisco Fernández de Villegas.

Respecto a las cartas de Blas Martín Pingarrón, éste las reconoció como suyas y en su confesión al Santo Oficio explicó la razón que le llevó a escribirlas: Villegas iba con frecuencia a visitar a Manuela Ramos a Toledo y, en vista de las visiones y alucinaciones que sufría Manuela Ramos, le pidió a Blas Martín Pingarrón que le mantuviese informado del estado de su mujer mientras él se encontraba ausente. Por tanto, las cartas de Blas Martín Pingarrón "se reducían a decir [a Villegas] lo mucho que [a Manuela Ramos] la atormentaba el demonio y algunas visiones que había tenido" (f. 188r). La correspondencia entre Blas Martín Pingarrón y fray Francisco Fernández de Villegas se produjo aproximadamente entre 1706 y 1707 y su contenido se utilizó como prueba incriminatoria para demostrar que tanto Manuela como Villegas eran "ilusos, iludentes, hipócritas y fingidores de favores sobrenaturales" (f. 231r). En las cartas, Blas Martín Pingarrón solía firmar como "Baptista" y referirse a Manuela Ramos como "M" o como "Rosa".

Respecto a las cartas de Manuela Ramos, en su confesión al Santo Oficio ésta no las reconoció como suyas y alegó que fueron escritas por una tal María Basagutia, con quien había convivido la reo durante algún tiempo en Toledo. Durante el proceso, se demostró que esta afirmación era falsa y que en realidad las cartas pertenecían a la propia Manuela Ramos. Se la acusó de querer engañar al Tribunal con la letra: "[...] ni es menos digna de reflexión la mudanza y variedad de letras con que esta reo procura disimular (aunque infructuosamente) la suya propia que regularmente ha hecho y sabe hacer, pareciéndola que por este medio ha de dar algún cuerpo a la pertinaz negativa de las dichas sus cartas; pues siendo así que la letra de sus firmas, que tiene reconocidas por suyas propias en los papeles y delaciones que presentó en este Tribunal antes de venir presa a él, bastantemente airosa, y denota tener suelta la mano y usar de letra mayúscula en la inicial de dicha firma, luego que entró presa, sospechando el cargo que se le había de hacer e hizo de las dichas cartas, empezó a practicar la simulación referida en las firmas de sus audiencias, queriendo manifestar en ellas la torpeza y dificultad que tenía para escribir, ya en la pausa con que las firmaba y ya con la duda que expresaba de si sabría empezar dichas firmas con letra grande" (f. 557r-v). Estas sospechas, junto con la opinión de cuatro peritos caligráficos, demostraron la autoría de Manuela Ramos. La correspondencia entre Manuela Ramos y fray Francisco Fernández de Villegas se intercambió aproximadamente entre 1704 y 1706 y se utilizó como prueba incriminatoria para demostrar que la relación entre ambos no era sólo de amor espiritual, por varias razones: en primer lugar, por las cruces y ceros que acompañaban a muchas de esas cartas y que representaban besos y abrazos, por la forma cautelosa en que se escribían, ocultando muchas veces sus verdaderos nombres, y por último, por algunas de las fórmulas utilizadas (por ejemplo, "esposo de mi alma"). En las cartas Manuela Ramos solía firmar como "Manuela de Santa Leocadia" o como "Manuela Bautista".

En definitiva, el contenido de las cartas adjuntas al proceso se utilizó como prueba instrumental tanto para demostrar que la relación entre Manuela Ramos y fray Francisco Fernández de Villegas no reflejaba un amor “puramente espiritual, antes bien [...] dicho trato era de amor humano, sensible y muy cerca de sensual, si de hecho no lo era, y a lo menos muy peligroso y ocasionado a ruinas espirituales contra la honestidad” (f. 231r); como para acusar a Manuela Ramos y a fray Francisco Fernández de Villegas de ilusos y alumbrados.

En la sentencia del proceso contra Manuela Ramos se falló lo siguiente: que la reo perdiese la mitad de sus bienes; que saliese al cadalso en forma de penitente y con una vela de cera para abjurar públicamente de los errores y herejías de los que fue acusada; que fuese desterrada de la corte de Madrid y de las villas de Novés e Illescas con ocho leguas en contorno por espacio de cuatro años; que el primero de dichos años lo cumpliese en la cárcel, llevando públicamente encima de sus vestiduras el sambenito de un aspa.

Preguntada la reo sobre la carta aquí transcrita, la reconoció como carta de su marido. Sobre el padre "Garve" que aparece citado en la carta, Manuela Ramos explicó que se refería a fray Francisco Fernández y Villegas. Una hermana de éste, monja en el convento de las Gaitanas, consideraba que su hermano le hacía poco caso desde que se había metido a "grave": así, "garve" sería fruto de una confusión de letras a partir de "grave". Sobre la identidad de "los hermanos" y de "Tozuelo", la acusada explicó que los hermanos eran Cristóbal de Alfaro y Diego de las Cuevas, mientras que Tozuelo era un mote para designar a fray Francisco de Salazar.

Suporte un cuarto de papel escrito por recto y verso.
Arquivo Archivo Histórico Nacional
Repository Inquisición
Fundo Tribunal de Distrito de la Inquisición de Toledo
Cota arquivística Legajo 105, Expediente 04
Fólios 24r-v
Socio-Historical Keywords Laura Martínez Martín
Transcrição Gael Vaamonde
Revisão principal Gael Vaamonde
Contextualização Gael Vaamonde
Modernização Gael Vaamonde
Data da transcrição2013

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jhs

Padre y ssor mio aviendo Respondido a la del Pe Mendrugo yba a hazer lo mismo con la de Vm pra lo qual llame a ManLa como siempre y la dije q fuesse notando Respondiome no tienes pressente la carta del Pe M. pues Responde a ella a q la Replique Mira q yo lo ago con la de un Pe tozuelo pasando despues pr tu aduana ya se puede tolerar pero a la de un Pe Garve! y chas a la d este correo q devio de escrivirlo a la Luz del sol de justizia no se sufre conq se dio pr venzida diziendo, que vien abundantemente deve Vm de estar bañado en la Sangre de q la pide parte pues vien claro lo manifiesta en sus Palabras q prenden fuego donde llegan y q assi siendo nossotros los prinzipales acreedores a los vienes de Vm no ay sino es empezarnos a darnos y yo digo como el sancho d esta dn quijote que si estando Vm como manifiesta se tiene pr el punto crudo tenemos arto trabajo los q no emos empezado a dar el primer erbor en la caldera; ntro divino Dueño pague a Vm lo q nos conssuela y enseña y enamora y le comunique tanto de su Amor como charidad nos haze. los prinzipios de tenemos con mucho gusto y paz aunq quisieramos tenerlos en compa de Vm pra q todo fuera cumplido ya conozemos q no se puede conseguir en esta vida este vien y creemos es esta la causa de negarnos el ssr este consuelo pues si nos le diera quasi podiamos dezir con sn Pedro . desde el dia primero de Pasqua se acabo la tempestad segun M. me a dho y pr mayor q a Rezivido mucho aunq no a podido dezir nada en particular lo que procurare pra el correo q viene y lo escrivire a Vm y en el ynterin dara Vm ntras memorias a los hermos y a tozuelo un habrazo en ntro Nombre q nos dize estara en essa Corte q si aprenssio bien pueden darsse Vms muchos y Rezivirlos nosotros q en Dios los damos muchos pidiendo a su divina Magd nos ge a Vm abrassado en su Amor toledo y dize 31 de 1706

hijos de Vm q le Aman mucho en el sor Blas y Manla

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