Perpiñan
ÿ 9bre 6 de 1778.
Muy Señor mio: recivo su estimada car-
ta de Vmd de 24. del pasado, que me remiten
de San Pedro, â tiempo en que tenia avisado
â Simon Vert de la Bisbal, que se informara
con Pica de si se podrian descubrir los titulos
en virtud de los quales, posseyeron mis ante-
cessores el Manso Vidal de Corçá, en cuyo
caso, se los remitiesse â Vmd immediatamte,
pidiendo entretanto asegurar ÿ jurar, que
yo jamas he savido ny encontrado alguno
de ellos, como tengo dicho â Vmd antecedente-
mente, quedando â mi cargo, luego que
me restituya al ampurdan, remitir â
Vmd poderes particulares, ô especiales pa
ra prestar en mi nombre esse juramento
ante la Real Sala, ante quien no tengo
reparo en que presente Vmd mientras
tanto esta mi carta, si puede ser equiva
lente, con ofrecimto de jurarlo en forma
quando vayan los poderes, que no hago
aqui, lo uno por no entrar en el engorro
de traduccion, ÿ tal vez de differencia en
el modo de actuar, ô dificultad en desem
peñarlo estos escrivanos, segun seria necesa
rio ÿ conforme al estilo ÿ practica de aqui
ÿ lo otro porque no puedo tardar en re
gressarme, por la falta que hago en San
Pedro Pescador haviendome solo podido
persuadir â ausentarme, las vivas ÿ re
petidas instancias del abogado de aca
con la esperança de una corta detencion
que ya en el dia exede lo que yo havia
crehido.
Tambien puede Vmd en mi nombre consentir, é
instar la venta del referido Manso Vidal, en
publica subasta, para pago del Dote, â cuyo fin
queda designado en ynventario, acceptar la exone-
ron que pide Perramon, del cargo de Sequestra-
dor, ÿ consentir que este recayga, en el que
es ÿ será Bayle de la Villa de Corçá, como ÿ que
no he hecho ny practicado diligencia alguna
para dexar de tener los titulos de pertinenci-
as del referido manso, antes bien, que las he
hecho repetidas, para descubrirles; pero siem-
pre en vano, asegurando que para todas essas
protestas, ÿ formalidades, remitiré poderes
correspondtes para notificarlos, sirviendo sola-
mte este escrito de mi puño, para adelantar
ÿ ganar tiempo, â fin de acreditar, que
por mi parte ny se quiere eludir, ny di
ferir el pago de la cantidad Dotal sobre
la propiedad de los bienes â que correspon
de, ÿ segun lo ha previsto ÿ aprovado el
Tribunal.
Dios ntro Sor gde la vida de Vmd ms as
B L M de Vmd
su mas sgro Sdor
Salvador de Caramany
Sor Dn Juan de Pujadas, ÿ Alerm