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Maarten Janssen, 2014-

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1773. Carta de Domingo de Santa Marina Noguerol, escribano, para [Juan Manuel Araújo Somoza], escribano.

ResumoEl autor solicita a Juan Manuel Araújo Somoza que le remita el importe de cierta cantidad de pan y le sugiriere la compra de su puesto de escribano.
Autor(es) Domingo de Santa Marina Noguerol
Destinatário(s) Juan Manuel Araújo Somoza            
De España, Pontevedra, Marín
Para S.l.
Contexto

Pleito de 1777 de Juan Manuel Araújo Somoza, escribano de número y vecino de Chantada (Lugo), contra Domingo de Santa Marina Noguerol, también escribano, sobre cumplimiento de un instrumento de obligación. Juan Manuel Araújo Somoza accedió al puesto de la escribanía de la jurisdicción de Camba y Rodeiro (Pontevedra) por renuncia a favor de su tío José Araújo y regentó dicho puesto entre 1766 y 1773. En ese mismo año de 1773, Juan Manuel Araújo Somoza y Domingo de Santa Marina Noguerol firmaron un instrumento de obligación por el cual Juan Manuel Araújo Somoza le entregaba el puesto de escribanía a Domingo de Santa Marina Noguerol, y éste se comprometía a pagarle una pensión anual de cien ducados. Juan Manuel Araújo Somoza inició la demanda porque Domingo de Santa Marina Noguerol se retrasó en los pagos desde el mismo día en que tomó posesión de la escribanía, el 22 de agosto de 1774. Al proceso se adjuntaron cuatro cartas: las tres primeras (PS6108, PS6109 y PS6110) fueron aportadas por el demandado para demostrar que Juan Manuel Araújo Somoza era consciente del carácter abusivo del instrumento de obligación, alegando que había sido engañado y que las noticias referidas en esas cartas solo le fueron notificadas "a mi parte al tiempo que tenía aceptado la renuncia y gastado crecidas cantidades en la consecución del título [...], sin que antes de la renuncia tuviesen labios para desengañar a mi parte del poco producto de la escribanía". La cuarta carta (PS6111) fue aportada por el demandante para demostrar que Domingo de Santa Marina Noguerol era plenamente consciente de las condiciones del instrumento de obligación, por lo que nunca tuvo intención de engañarle.

Suporte un folio de papel doblado en cuarto, escrito por recto y verso del primer cuarto.
Arquivo Archivo del Reino de Galicia
Repository Judicial
Fundo Real Audiencia de Galicia
Cota arquivística Legajo 11234, Expediente 56
Fólios [46]r-v
Socio-Historical Keywords Laura Martínez Martín
Transcrição Gael Vaamonde
Contextualização Gael Vaamonde
Modernização Gael Vaamonde
Data da transcrição2013

Texto: -


[1]
Muy sr mio y Amigo.
[2]
en vista de las que me remite digo qe sim perdida de tiempo remita vmd el importe de los 12 ferroz de pan al Padre Prior de Coiras por conducta segura,
[3]
que saque el recibo, y lo traiga que despues escribire a mi Compe, y a santiago lo que sea razonable, bibiendo seguro de que interin no abera noved;
[4]
doi a vmd las gracias por los quesos que se gastaràn mañana.
[5]
memas de todos, y a Ds qe gde a vmd m a
[6]
Marin y Junio 28 de 1773
[7]
Mi sra Da Thomasa remite un par de medias encabe-zadas, por no haber podido trabajar mas a causa de aber estado ocupada con las de dn Manuel Berndo, pero mientras vmd usa de las qe ban, darà mas echas pues tiene tanto cuidado de ellas como vmd mesmo,
[8]
memas
[9]
âsta pasado mañana qe ira a ber a vmd en pna
[10]
B L M de Vmd Su mas afecto Am, y seguro servir Dom de sta Marina
[11]
vea vmd la bu-elta
[12]
A mi me propuso el Sr Dn Manuel Bernardo que a vmd le tenia mas combeniencia retirarse d esta suia, y disponer de la numerata, a que respondi que aciendoseme el seguro necesario entrare en ella Abonandole a vmd cada año Cien ducas y asegurando admas de esto la numerata a la Casa;
[13]
bealo vmd con reflexion, y siendo de su gusto tomarà el trabajo de concurrir a esta suia para propalarmos lo combente
[14]
de esto no se abla palabra a nadie
[15]
Procure vmd acer prontamte el sorteo pa el completo de soldas sin dejar ningn mozo oculto prque estan mandados despachar comisionados a costa de la Justicia pa ello.
[16]
Vale Sta Marina

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