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Maarten Janssen, 2014-

PSCR7039

[1586]. Carta de María de Torres para Gaspar Suárez de la Puente, jurado.

ResumoLa autora se excusa de escribir detalladamente ante la perspectiva de que sus cartas vayan a parar a los jueces.
Autor(es) María de Torres
Destinatário(s) Gaspar Suárez de la Puente            
De España, Sevilla
Para S.l.
Contexto

El 11 de abril de 1586 Gaspar Suárez de la Puente, jurado de la ciudad de Sevilla, y María de Torres firmaron conjuntamente un documento en que declaraban su promesa de contraer matrimonio. Para asegurase el cumplimiento de la palabra matrimonial, Gaspar sacó a María de la casa paterna y la llevó al emparedamiento de Santa Catalina, donde pudo, con ayuda de su parentela, seguir con las persuasiones hacia la muchacha. El padre de María, el mercader Francisco de Torres, acudió a la justicia eclesiástica para recuperar a su hija, quien fue ingresada en el monasterio de San Leandro, donde habitó en la celda de doña Valentina Pinelo. El objetivo de este enclaustramiento respondía al deseo de la justicia por librar a doña María de las persuasiones de Gaspar y de sus padres. El primero demandó a María por el incumplimiento de su palabra matrimonial, toda vez que acusaba a los padres de la muchacha de ejercer una presión inusitada -a pesar de las prevenciones judiciales- para que ésta contrajese matrimonio con Luis de Miranda. Iniciadas estas diligencias judiciales, apareció un tercer pretendiente en discordia, Diego de Cuéllar, quien aseguró que hacía ya unos años se había establecido un entendimiento entre él y doña María y que se habían otorgado palabra mutua de matrimonio. Aportó diversas pruebas que demostraban su relación amorosa y relató al tribunal cómo se solían citar durante las ausencias paternas, el envío de billetes amorosos escritos con tinta invisible, o la fidelidad mutua que se habían demostrado. Tanto Diego de Cuéllar como Gaspar Suárez de la Puente coincidieron en señalar la violencia psicológica y física que los padres de doña María ejercían sobre la muchacha para acomodarla a sus propios planes matrimoniales. Aunque ambos pretendientes ofrecieron prueba documental de las respectivas relaciones amorosas -especialmente los billetes y cartas de amor de doña María de Torres insertos en el proceso-, se consideró que ni uno ni otro habían probado suficientemente sus peticiones. En concreto, aunque Gaspar Suárez aportó una importante cantidad de billetes amorosos, muchos de ellos no se tuvieron en cuenta por errores de forma en la presentación. La sentencia final absolvió a doña María, que quedó libre para matrimoniar con un hombre de su elección. Se levantó asimismo su encierro conventual en San Leandro y se le dio permiso para volver a la casa paterna.

Suporte un cuarto de papel escrito por el recto.
Arquivo Archivo General del Arzobispado de Sevilla
Repository Justicia
Fundo Matrimonial
Cota arquivística Legajo 13882, Expediente 2
Fólios [159]r
Transcrição Elisa García Prieto
Revisão principal Gael Vaamonde
Contextualização Elisa García Prieto
Modernização Gael Vaamonde
Anotação POS Gael Vaamonde
Data da transcrição2014

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cenor mio

si supiese q me avias de tener cecreto io os escribyria muy largo pero temome q a de yr a manos de jueces q contaria ytorias de desdychada la buestra

beso las manos buestas mi cenor gaspar suares de la puente

Legenda:

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