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Maarten Janssen, 2014-

PSCR7539

[1788]. Carta anónima para Pedro Alcántara López de Zúñiga, conde de Miranda.

ResumoEl autor anónimo pide al conde de Miranda en el nombre de todos sus vasallos que vele por ellos, puntuales cumplidores de sus obligaciones (pecuniarias, entre otras cosas), frente a los abusos sufridos a manos de Castillo y el corregidor. Sospecha el autor que estos extorsionan al conde de Miranda con un asunto amoroso que éste mantiene en la corte de Madrid.
Autor(es) Anónimo348
Destinatário(s) Pedro Alcántara López de Zúñiga            
De España, León, La Bañeza
Para S.l.
Contexto

En 1789 el corregidor de Ponferrada fue habilitado para proceder contra don Joaquín Rubio, alcalde mayor de La Bañeza, don Antonio del Castillo y don Antonio María Ramón de Linacero. El primer paso fue sacarles de la villa de La Bañeza y mantenerles en vigilancia en la misma Ponferrada y León. La razón de tal proceder era el descontento popular existente en La Bañeza, que se había traducido en la aparición de diversas cartas anónimas dirigidas al señor jurisdiccional de la villa, el conde de Miranda. En ellas se denunciaban los excesos a que habían sido sometidos los vecinos de la villa. Una vez que se procedió a la investigación de los hechos, se descubrió que esas denuncias anónimas eran ciertas y hablaban de la brutalidad de don Antonio del Castillo. Así, se certificó que el gran ascendiente que ejercía don Antonio sobre don Joaquín Rubio hacía que la superior autoridad de este último no tuviese efecto contra los desmanes del primero. La opinión en el pueblo era que don Joaquín no era mal gobernante, pero estaba subyugado y eso les hacía vulnerables a los desatinos de Castillo. La lista de acusaciones no era corta. Así, había sometido a fuertes prisiones al maestro y oficiales que trabajaban en la obra de una pescadería; había cortado las orejas de aquellos cerdos que no se sacaban al campo; se habían hecho talas indiscriminadas y se había encarecido excesivamente el precio del carbón. Además, los antecedentes de Castillo no eran los más adecuados: se le acusaba de revoltoso y se recordaba que había sido desterrado de las villas de Coca y Benavente. Además mantenía desavenencias con don Antonio María Ramón de Linacero y con los alcaldes mayores de villas aledañas. Los malos comportamientos no sólo eran imputables a estos hombres, sino que también se ponía en entredicho la conducta de sus mujeres, dadas a diversiones vanas y, sobre todo, a las murmuraciones. Los acusados fueron interrogados y negaron cualquier extremo, afirmando que ignoraban la razón del proceder del corregidor de la Bañeza. Una vez vistas las diligencias hechas, se solicitó al conde de Miranda la elección de un nuevo corregidor y regidores que devolvieran la quietud al pueblo. En cuanto a los tres encausados, se determinó que don Antonio del Castillo saliese de la villa de La Bañeza y fijase su residencia en una villa de realengo, quedando inhabilitado para el ejercicio de empleo gubernativo o económico. También se expulsaba a Linacero y se le inhabilitaba, aunque sólo en la villa de La Bañeza. Don Joaquín Rubio debía de abandonar la villa, pero podía seguir ejerciendo el cargo de alcalde mayor en cualquier otro lugar. Por último, se les condenaba al pago mancomunado de las costas del juicio.

Suporte un bifolio de papel doblado en folio, escrito por recto y verso del primer folio y por el recto del segundo folio.
Arquivo Archivo de la Real Chancillería de Valladolid
Repository Salas de lo Criminal
Fundo Pleitos criminales
Cota arquivística Caja 374, Expediente 2
Fólios 10r-11v
Transcrição Elisa García Prieto
Revisão principal Gael Vaamonde
Contextualização Elisa García Prieto
Modernização Gael Vaamonde
Data da transcrição2014

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Exmo Señor Señor

Antes de aora muchas vezes an clamado a la piedad de v e esttes fieles vasallos con la prettension de que ia que esttamos contribuiendo con las alcabalas que fielmte devemos a v e mire como es justto por nuesttras pobrezas las que nos quiere aniquilar vuestro teniente Castillo este es el fomenttador de pleittos, el consumidor de vuesttras penas de camara, el defensor de algunas de la Juridizion de Palazios conttra las rregalias de v e el que por hazer del Correjidor lo que quiere attropella a ttodos vuesttros vasallos, el que por su Direccion la del Correjidor y cura de Sta Maria a esttado en estta villa un comisionado del Consejo rrebolbiendo e inquiettando a vuesttros pobres vasallos, y el que se a dejado dezir tiene el y el correjidor cojido a V e por las narizes con el motibo de tener de su partte a una Madama de esa Cortte a quien v e cortteja mucho lo dizen ellos en tterminos mas picanttes. Sabe V E que Casttillo fue destterrado de tres parttes. Sabe v e qe fue multado por el Consejo por la tropelia qe hizo con el Correjidor de Venaventte. Save V e que por Guiarse estte Burro de Correjidor de el fue multado por el Consejo Sabe V e que queriendo mandar como manda mas qe este Juez a ndado por la Calles con el pregonero corttando las orejas a los marranos de los pobres vezinos porqe no los echaban al campo quando nunca ha sido costtumbre. Save v e que enttre el Picaro Castillo y su Compañero despues de haverles echo tantos fabores Asenjo a no haverle hasisttido su tuttoria prudenzia y poderio le hubiera atropellado y hasi vera v e en el pleitto pendiente como queda el dho Castillo. Save v e como la mujer del dho Castillo da mill escandalos con el Correjidor Correjidora y el Salinero de estta villa el qe manttiene una y ottra casa qe hazer lo ottro le ubiera echado a un presido y todo esttos perjuizios y daños se an de consenttir qe van a cargo de v e por no mudar de gobierno como se lo piden su vasallos.

corre por estta villa qe vuesttro tesorero dios le de salud qe es el amparo a los miserables de vuesttros vasallos fue a Valld o a madrid si acaso se presenta a v e que le imforme que aunque sea conttra si dira la verdad como acosttumbra por estte esperamos el titulo de tenientte correjidor para quien fuese del agrado de v e que de ese modo queda vuesttra villa en paz y en grazia de dios y de lo conttrario quantto suceda va a cargo de v e pues vuesttros vasallos esttan derrenegando que de no conponer v e estto como se pide abra qe senttir dios no lo permitta y estte gue la vida de v e los años qe nezesittamos esttos fieles vallo puestos a sus Pies rrendidamte

en la Bañeza y Julio 2

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