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Maarten Janssen, 2014-

Representação em facsímile

1691. Carta de Sebastián Flórez de Estrada, canónigo, para Juan de Aparicio Navarro, obispo de León.

Autor(es)

Sebastián Flórez de Estrada      

Destinatário(s)

Juan de Aparicio Navarro                        

Resumo

El autor informa a Juan de Aparicio Navarro, obispo de León, sobre la marcha de un pleito por alimentos, manifestando sus opiniones al respecto.
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agudeza, por atajar que el Auditor arbitriase, señalarlas a VS I por alimentos, Y con estos presupuestos paso a discurrir por donde se a de rrigular lo nezesario para lo preziso Y dezente de un sor obpo; trajo muchas dotrinas probando quedaba al prudente arbitrio de el juez, atendiendo a la persona, lugar, Y zircunstanzias; para que el Auditor hiziêse este arbitrio, se entro en las informaziones, asi en la nuestra, como la que hizieron los contrarios, que es la mas faborable, Y sobre una Y otra, pondero Y esclamo con tal viveza que qdo no tubiera el primero credito, como lo tiene aquel dia lo ganara; de mi parte no esta mas que haber solizitado esto, Y rrecordar al Amigo la grande confianza que tiene VS I de su fineza, no dudo que la a de continuar en esta ocasion, Y por ser la mas grabe espero se a de aplicar con mas eficazia; no se lo que el Auditor tardara en rresolber este punto qdo escrivo esta no ay indizio de esto, no se si antes de zerrarla tendre que añadir.

Sobre el Auto de 69 Dos de alimentos de interin, no se puede introduzir articulo, como VS I me manda, pretendiendo se entienda lo mesmo en los años antezedentes. Y esto se conoze bien claro de la palabra de interin, ô por aora, que es mientras se pasa a determinar definitivamente, Y de que aia sido tanta la cantidad se quejan los contrarios Y de que no se pase a determinar luego sobre lo prinzipal, Y asta que sobre esto aia determinazion definitiva, no tiene cabimiento, pedir lo mesmo por los años pasados, Y aun despues de determinado tiene dificultad la pretension, porque en materia de alimentos no haze exenplar de un año a otro, aunque las obligaziones Y la dezenzia sienpre es una mesma porque se tiene rrespeto al tienpo, Y balor de las cosas, sobre este punto hable al abogado Y dize no es para aora, ni se puede hablar en el asta despues de la determinazion ultima sobre los alimentos



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