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Maarten Janssen, 2014-

Representação em facsímile

1678. Carta de Diego Asensio de Vicuña para Antonio de Amilleta y Vidarte.

ResumoDiego Asensio de Vicuña informa a Antonio de Amilleta y Vidarte sobre las novedades en su vecindad. También le da algunos recados y le informa de cómo está la situación tras los problemas delictivos que había tenido.
Autor(es) Diego Asensio de Vicuña
Destinatário(s) Antonio de Amilleta y Vidarte            
De España, Guipúzcoa, Zumárraga
Para S.l.
Contexto

El 5 de Agosto de 1678, don Manuel de Gaviria, don Diego de Vicuña, don José de Veragua, don Antonio de Amilleta y Vidarte y don Diego Ignacio de Burgos salieron por las calles de Vergara (Guipúzcoa) con gran ruido de música y escándalo. Llegaron al paraje de la fuente de Iturriozaga y entraron en la casa de don Nicolás Antonio de Madariaga, caballero del hábito de Santiago, y le robaron unas gallinas. El propietario denunció el hurto y, como venganza, los arriba mencionados escribieron una jaculatoria infamante que hicieron pública y que decía lo siguiente: “Jaculatoria de mátalas callando y ordenes nuestro capitán que las manda leer a la ora de nona a sus súbditos conteniendo lo siguiente. Por cuanto a mis oídos ha llegado haber faltado a Nicolao seis gallinas; y el gallo miente que no había gallo. Me es preciso dar cuenta fidelísimos soldados y aliados míos por si acaso vosotros habéis incurrido en dicho.” Además de las injurias verbales, el 7 de agosto atacaron a don Nicolás Antonio de Madariaga, quien recibió una pedrada en la cabeza que le dejó malherido y acabó por provocar su muerte. Los implicados en los sucesos se dieron a la fuga. Las diligencias judiciales se centraron en esclarecer los hechos arriba descritos mediante un exhaustivo interrogatorio a los vecinos del pueblo, así como en determinar la autoría de la jaculatoria. Para ello se incautaron diversas cartas en la casa de don Antonio de Amilleta y Vidarte que se usaron como prueba caligráfica que determinó la autoría de Diego Vicuña. La sentencia determinó la culpabilidad de los implicados y estableció las siguientes penas. Don Manuel de Gaviria y Don Diego de Vicuña, huidos y en rebeldía, debían de ser prendidos, llevados a la cárcel pública y luego sacados en mulas enlutadas para escarnio público, llevados al cadalso y degollados. Además se establecieron las siguientes penas pecuniarias: el primero debía pagar 800 ducados a las querellantes -doña Magdalena de Plazaola Peñarreta, mujer del asesinado, y María Francisca de Zavala, hermana del mismo- y 180000 maravedís para la Cámara del Rey. Por su parte, el segundo debía pagar 700 ducados a las querellantes y 160000 maravedís para la Cámara del Rey. Don José de Veragua, también huido, debía ser prendido y conducido al cadalso para su ahorcamiento. Debía pagar, asimismo, 600 ducados a las querellantes y 140000 maravedís para la Cámara del Rey. Don Antonio de Amilleta y Vidarte fue condenado a servir al rey en un presidio de África por cuatro años, a lo que había que sumar otros cuatro años de destierro de la villa de Vergara. Debía pagar 600 ducados a las querellantes y 120000 maravedís a la Cámara del Rey. Por último, don Diego Ignacio de Burgos fue condenado a 6 años de destierro más 300 ducados para las querellantes y 80000 maravedís para la Cámara del Rey.

Suporte un bifolio de papel doblado en folio, escrito por recto y verso del primer folio y por el recto del segundo folio.
Arquivo Archivo Histórico Nacional
Repository Consejos
Fundo Escribanías de Cámara
Cota arquivística Legajo 32782, Expediente 1
Fólios 213r-214r
Transcrição Elisa García Prieto
Revisão principal Gael Vaamonde
Contextualização Elisa García Prieto
Modernização Gael Vaamonde
Data da transcrição2014

Page 213r > 213v

Primo de mi alma el Correo pasado scribi lo que abia por entonces y agora lo mesmo, por aca ai salud tu hermana esta buena del todo Ignacio lo mesmo mi me Zotias y todos lo mesmo mui a tu serbicio: Domingo a la noche que se cuenta 12 de este sucedio que no bino aquella noche y la muger entendiendo bendria el marido tenia la puerta de la calle abierta; y sucedio que a las 11 entro un hombre asta el coarto de ella, y como tubiese cerrada ella la puerta a el aposento llamo el tal, y ella entiendo ser el marido el que llamaba se lebanto en cueros a abrir la Puerta y abierta bolbio a la cama deciendole al ombre a ordia ordu onadec etorteco y el tal sin ablar palabra como se llegase a la cama y luego quiso ajustar el partido y para esto la lebanto la ropa de cama y ella diciendole estidac ez ezer eguingo ordini famearree cergaitic atorren orria i el tal que no se a sabido quien es en este tpo arrimo la espada a los pies de la cama y la dixo ella u noiz ezquero ezpatea neure baliente orreqalva goreco abilidade queiapoezpae baliente irango inzate dho esto y dejada la espada bolbio el tal a la cama bestido aunq desabrochado y ablando entre dientes y agarro con ella y ella todabia entiendo ser su marido le dixo eztec zer ibili zergaiten nai eztrata por ultimo le dixo ella ezquer emai ezauzoriq alborotaceari eze gaur emango ezm an en in abrio las piernas i el que era pusose encima pero no saco todabia el atibaia y mientras se quitaba los botones de la bragueta llebo ella las manos a una manga del tal y bio que eran de seda y sabiendo su marido no gastaba mangas de seda la pobre comenzo a clamar al berdadero dios y a forcejar resistiendose y luego antes que le acomodase el que era acudieron gentes biendo el tal subir gente en la escalera salto de la cama sin acer nada cogio su espada i al bagar la escalera



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