PT | EN | ES

Menu principal


Powered by <TEI:TOK>
Maarten Janssen, 2014-

Representação em facsímile

[1586]. Carta de Gaspar Suárez de la Puente, jurado, para María de Torres.

ResumoEl autor promete a María de Torres que hará todo lo que está en su mano para llevar adelante su matrimonio y le previene de las manipulaciones que sufre por parte de sus padres.
Autor(es) Gaspar Suárez de la Puente
Destinatário(s) María de Torres            
De España, Sevilla
Para S.l.
Contexto

El 11 de abril de 1586 Gaspar Suárez de la Puente, jurado de la ciudad de Sevilla, y María de Torres firmaron conjuntamente un documento en que declaraban su promesa de contraer matrimonio. Para asegurase el cumplimiento de la palabra matrimonial, Gaspar sacó a María de la casa paterna y la llevó al emparedamiento de Santa Catalina, donde pudo, con ayuda de su parentela, seguir con las persuasiones hacia la muchacha. El padre de María, el mercader Francisco de Torres, acudió a la justicia eclesiástica para recuperar a su hija, quien fue ingresada en el monasterio de San Leandro, donde habitó en la celda de doña Valentina Pinelo. El objetivo de este enclaustramiento respondía al deseo de la justicia por librar a doña María de las persuasiones de Gaspar y de sus padres. El primero demandó a María por el incumplimiento de su palabra matrimonial, toda vez que acusaba a los padres de la muchacha de ejercer una presión inusitada -a pesar de las prevenciones judiciales- para que ésta contrajese matrimonio con Luis de Miranda. Iniciadas estas diligencias judiciales, apareció un tercer pretendiente en discordia, Diego de Cuéllar, quien aseguró que hacía ya unos años se había establecido un entendimiento entre él y doña María y que se habían otorgado palabra mutua de matrimonio. Aportó diversas pruebas que demostraban su relación amorosa y relató al tribunal cómo se solían citar durante las ausencias paternas, el envío de billetes amorosos escritos con tinta invisible, o la fidelidad mutua que se habían demostrado. Tanto Diego de Cuéllar como Gaspar Suárez de la Puente coincidieron en señalar la violencia psicológica y física que los padres de doña María ejercían sobre la muchacha para acomodarla a sus propios planes matrimoniales. Aunque ambos pretendientes ofrecieron prueba documental de las respectivas relaciones amorosas -especialmente los billetes y cartas de amor de doña María de Torres insertos en el proceso-, se consideró que ni uno ni otro habían probado suficientemente sus peticiones. En concreto, aunque Gaspar Suárez aportó una importante cantidad de billetes amorosos, muchos de ellos no se tuvieron en cuenta por errores de forma en la presentación. La sentencia final absolvió a doña María, que quedó libre para matrimoniar con un hombre de su elección. Se levantó asimismo su encierro conventual en San Leandro y se le dio permiso para volver a la casa paterna.

La carta aquí transcrita fue enviada conjuntamente con PSCR7034.

Suporte un folio de papel escrito por recto y verso.
Arquivo Archivo General del Arzobispado de Sevilla
Repository Justicia
Fundo Matrimonial
Cota arquivística Legajo 13882, Expediente 2
Fólios 226r-v
Transcrição Elisa García Prieto
Revisão principal Gael Vaamonde
Contextualização Elisa García Prieto
Modernização Gael Vaamonde
Data da transcrição2014

Page 226r > 226v

mi señora y mi esposa

llamoos asi Porque Aunque pese a todo El mundo mi alma lo soys y aveis de ser hasta la muerte. todo lo que os dizen contra esto Es Por Engañaros como niña y por apartaros de mi bien. se que me levantan mill testimonios falsos dandoos a Entender que soy amançebado y que tengo muchos hijos y otras mill faltas. Juro a dios y a esta y asi os Vea yo En mi casa y conpañia que Es lo que desPues de salvarme mas deseo que Es la mayor mentira que El diablo formo. mi alma y todo mi bien y mi consuelo y esPerança mirad que con Eso que Vros Padres y doña Valentina os Hazen dezir contra mi os Echays a perder a Vos y a mi me destruys y me dilatays mi gloria y la Vuestra. Señora mia tened animo que Vuestros Padres ni doña Valentina ni El abadesa no os Pueden Hazer mal ninguno Estando Vos En ese convento, y d el derechamente si Vos quereys dezir En publico a todos que soys mi esposa os os Tenemos de sacar brevisimamente yo y Vuestro cuñado el liçençiado marin y toda la cavalleria de Sevilla y os tenemos de llevar a mi casa adonde aveys de ser servida y Regalada y estimada como Una Reyna. mirad mi señora que muero Por Vos y Padesco Por Vos y que no tengo Vida sin Vos, y que solo me consuela y aconpaña y me tiene Vivo En mi soledad aquella dichosa cama que os Enbie a El Enparedamiento la qual fue tan Venturosa que mereçio gozar de Vos lo qual yo no E mereçido, En ella me Rebuelco y con Ella me abraço y Ella me da Esperança de que aveys de bolver a Ella. no seays tan desagradeçida a quien Tanto os ama ni os mostreis tan cluel a quien os tiene Entregado Por esclavo su coraçon del qual soys señora que Es todo lo que Puede daros. mirad señora mia que doña Valentina y El abadesa os Venden A Vuestros Padres Por dineros y Regalos q les da, y Por no Perdellos os Entretienen y Persuaden lo q no os conviene y le van gastando muncha Hazienda que se escusara queriendo Vos. dizenme que os quiere casar con bartolome de çamora y Para esto os lo dexan En el locutorio solo y esto os dizen y Hazen Por Engañaros y sacaros y llevaros con esta cautela a casa de Vro Padre y alli tapiaros y Pagarse de Vos muy a su gusto, Porque no es Posible En diez años casaros Vuestro padre con El, porque Es Vuestro pariente y no se puede casar con Vos sin dispensaçion, y no Puede darsele dispensaçion durante este pleyto y Aunque se le de se a de contradezir hasta la muerte, y demas d esto no Podeys casaros Vos con el ni con otro ninguno del mundo por la promesa que me aveys hecho a mi La qual Por fuerça me aveys de cunplir. yten ya sabeys que estan sus Padres muy Pobres y muy cargados de Hijos. yten todos Ellos me dizen se mueren de Eticos y que asi se le an muerto sus Hermanas Esto Vos lo sabreys mejor y El no Esta libre d esto Pues toda Es Una misma sangre y claro esta que lo a de pegar a la con quien casare y casamientos Entre parientes nunca se logran. y Una dama me dizen que mantiene oy dia que Vive junto a Sant Vicente En quien me certifican que tiene Hijos y aUn me dizen que quiere Ella ponelle demanda de matrimonio porque dizen le dio Palabra d ello. demas d esto bien mio quien os a de servir y Honrrar y regalar mas y mejor, yo que os quiero mas que a mi alma y ossa que para Esto de vuestra casa, o El que Es Echadizo por vuestros padres Para Engañaros y finge que os quiere para sacaros de ay y llevaros a casa de Vuestro padre. quien os defendera mejor de Ellos y de su yra y colera, yo a quien



Representação em textoWordcloudManuscript line viewPageflow viewVisualização das frases