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Maarten Janssen, 2014-

PS5023

1665. Carta de Alonso Gómez de Figueroa para doña María Almansa Pereira y Castro.

ResumoAlonso Gómez de Figueroa escribe a doña María de Almansa y Pereira para darle el pésame por la muerte de su padre. En clara alusión a una carta anterior de esta señora, le informa de las gestiones que se están llevando para solucionar unos pagos pendientes que se le debían a don Fernando y cuya percepción correspondía a doña María como heredera.
Autor(es) Alonso Gómez de Figueroa
Destinatário(s) María Almansa Pereira y Castro            
De España, Madrid
Para S.l.
Contexto

En 1680 se inició un pleito que se extendió hasta bien entrado el siglo XVIII y que va a tener como causa principal el pago de deudas a distintos acreedores de los Condes de Salvatierra, don Diego y don José Francisco Sarmiento. En una de las piezas aparece doña María de Almansa quien, como heredera de don Fernando de Almansa, administrador de las rentas del estado de Salvatierra entre 1662 y 1665, debía recibir 12 571 reales que el Conde debía a aquél por los alcances sufridos en el ejercicio de su oficio. En la pieza no se especifica una razón concreta para la presentación de estas cartas, que aparecen mezcladas con las cuentas que llevó el administrador durante aquellos años. Posiblemente, probaban las intenciones del Conde por saldar esa deuda, que ratificó más tarde en su testamento, fechado en 1675.

Suporte un bifolio de papel doblado en folio, escrito por todas las caras.
Arquivo Archivo Histórico Nacional
Repository Consejos
Fundo Escribanías
Cota arquivística Legajo 26561,Expdiente 1
Fólios 3r-4r
Socio-Historical Keywords Ana Luísa Costa
Transcrição Elisa García Prieto
Revisão principal Gael Vaamonde
Contextualização Elisa García Prieto
Modernização Ana Luísa Costa
Data da transcrição2014

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Señora siento infinito que la causa que a Vm motivo hazerme mrd con su carta de 11 del corriente haya sido de tanta pena para Vm en la qual acompo a Vm con las veras de mi obligaçion y lo que devi al sor Don Fernando de Almansa que Dios aya de cuya perdida doy a Vm el pesame y lo mesmo Da Maria y ambos vessamos las manos de Vm y nos ofrezemos a su servo para quanto nos hallare buenos y quisiere mandarnos

Añadese Señora a mi sentimo el que la muerte de su Padre de Vm huviesse sido tan azelerada que no diese lugr a la dispusicion de sus cossas para escusar los acçidentes que han sobrevenido pa Mayor aogo de Vm e Yrreparables rrespecto no ser obrados mas que com Prevençion de Justhizia sin que en ello haya tenido ynterbençion D Dieo mi sor pues estava ausente y le alcanza artta parte de sentimiento de todo y de havr perdido un criado de tanta satisfazion y que le hara falta se ha escrito que respecto de haverse proçedido al embargo se ponga aquella haçienda en deposito de persona abonada sin qe causse gasto ni tenga menoscavo entre tanto se ajustan las quentas y se pueda dar a cada uno lo que fuere suyo y q en el Interin que se nombravan contres se juntasen los Paps de cargo y dacta para que quanto antes quedasse todo desembarazado y Vm pueda valerse de lo que fuere suyo y segun lo que se ha escripto todo lo embargado es de tam poca monta que al Conde si la quenta no estuvire buena como se espera lo estara poca satisfazn tendra en ella ni Vm mucho desaogo y S e es cierto dice lo mesmo que Vm que no quiere nada que no sea suyo muy justamentte y que Vm nombre por su parte contres que asistan con los de S e a la liquidazn y ajustamto para que se haga a satisfacion de ambas partes y assi Vm vera las personas que sean mas de su satisfaçion para este efecto y hara eleçcion d ellas porque en quanto a traer aca las quentas no sea justa S e por dos cossas lo Primero por falta de notiçia de los cargos; lo segundo porq Vm puede no tener aqui persona que con buena notiçia las asista y parecer a s e que mejor se podra ay hazr eleçcion por una y por otra parte de persnas inteligentes que den cobro y satisfazn a su e y a Vm que es quanto puedo rresponder al contenimto de la carta de Vm a q supco crea quisiera poder asistirla y serbirla de tal manera que cesaran sus aogos y en quanto Vm rreconoçiere le puedo ser de servio me lo mandara con toda siguridad de que obedecere a Vm Muy gustosamente y siempre le sere muy rrendido servir como le podra experimentar en todas ocasiones y asimesmo estoy çierto que el Conde mi sor siempre se mostrara agradecido a la memoria del sor Don ferndo y hara en Abono de Vm y de sus cosas todo lo que pueda y no querra quedarsse con nada de su hazienda a lo ql ayudare yo tambien con muy buea voluntd gde Dios a Vm mus años como deseo Madrid a 31 de Agto de 1661

B l M de Vm su maor sdor Alonso Gomez de Figueroa mi sa Da Ma de Almansa Pera y Castro

la carta para el sr d grego se la encaminara Vm


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