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Maarten Janssen, 2014-

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1785. Carta de Lorenzo José Fernández de León para Gabino de Valladares Mejía, obispo de Barcelona.

ResumoEl autor pide al obispo de Barcelona que haga las averiguaciones correspondientes para poder cumplir el comunicado de conciencia de un testador de Caracas.
Autor(es) Lorenzo José Fernández de León
Destinatário(s) Gabino de Valladares Mejía            
De América, Venezuela, Caracas
Para España, Barcelona
Contexto

En 1785 Lorenzo José Fernández de León se puso en contacto, a través de una misiva, con el obispo de Barcelona. El motivo de la comunicación era la petición de una serie de puntos que constaban en un comunicado de conciencia que le había sido trasladado por un anónimo testador de la ciudad de Caracas. El deseo de ese testador era dejar parte de su herencia a doña Gertrudis Crespo, viuda y vecina de Barcelona, y a una niña que respondía al nombre de Inés y que había sido depositada en los años 50 en el hospital de niños expósitos de la ciudad de Barcelona. A pesar de que los datos aportados eran muy someros, diversos párrocos de la ciudad de Barcelona y su vecindad fueron aportando las informaciones que habían podido recabar sobre la niña expósita. La conexión entre Inés y el labrador Isidro, que fue quien supuestamente había recogido a la niña, fue la más difícil de constatar. Sí que se pudo relacionar a una niña abandonada y que respondía al nombre de María Inés con Baudilio Ollé. Concatenando datos se aventuró que los padres biológicos habían sido Juan Ventura y Eulalia Puigventós y que la tal Inés se había casado con un hombre que respondía al nombre de Juan Padró. La información se remitió a Caracas pero no sabemos si la herencia llegó a las manos de aquellos que habían sido beneficiados por el testador anónimo.

El comunicado de conciencia a que se refiere la misiva constaba de los siguientes puntos: "1. Que se den quinientos pesos a doña Gertrudis Crespo, viuda y señora de honor de la parroquia de San Pedro de la ciudad de Barcelona en Cataluña; y, en su defecto, a sus herederos que sean descendientes legítimos. 2. Que se den otros quinientos pesos al Hospital o Cuna de niños expósitos de la misma ciudad de Barcelona en caso que haya pagado la crianza de una niña de nombre Inés, que será ahora de 33 o 34 años de edad; y en caso que por algún acontecimiento no la pagase, se den los mismos quinientos a un tal Isidro, morador de un lugar de las cercanías de dicha ciudad, a quien dicho hospital la dio a criar. 3. Que se den otros quinientos pesos a la dicha niña Inés, y en caso de haber muerto a sus herederos legítimos; y no teniéndolos, se conviertan en sufragios por el alma del testador. Caracas y marzo 10 de 1785. Doctor Fernández" f. [20]r.

Suporte un bifolio de papel doblado en folio, escrito por recto y verso del primer folio.
Arquivo Archivo Diocesano de Barcelona
Repository Expedientes e informaciones
Fundo Expedientes
Cota arquivística Expediente 3007
Fólios [1]r-v
Transcrição Elisa García Prieto
Revisão principal Gael Vaamonde
Contextualização Elisa García Prieto
Modernização Gael Vaamonde
Data da transcrição2015

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