Copyright 2014, CLUL
un folio de papel doblado en cuarto, escrito por recto y verso del primer cuarto.
sin cambio de línea entre la fórmula de saludo y el inicio del texto.
cruz
la encuadernación esconde el final de las líneas del folio 310v.
El autor informa a su esposa, Agustina Campanario, de las diligencias que está realizando para hallar a los presos que se han fugado de la cárcel, con el fin de que pueda defenderle ante la justicia.
Para hacer uso de las imágenes es necesaria la autorización del Archivo de la Real Chancillería de Valladolid.
En 1774, en la villa de Recuerda, perteneciente a la jurisdicción de Gormaz (Soria), Cosme Asenjo, pastor de Andrés Escribano, fue atacado violentamente mientras dormía en el campo. Como resultado de los golpes que se le asestaron falleció, si bien antes de morir pudo acusar a Agustín de Soria y a Felipe Coscurra de ser los autores de dicha agresión. Estos, también pastores de oficio, fueron encarcelados en la prisión de Gormaz (Soria), pero lograron fugarse, publicándose edictos para su captura. Al inspeccionar la cárcel, se advirtió que ni las rejas ni los candados habían sido forzados, por lo que se sospechó de la connivencia del alguacil, Francisco Grande, quien después de los hechos se había ausentado de Gormaz (Soria). A los pocos días, Felipe Coscurra fue apresado cuando intentaba entrar en la milicia con un nombre falso. En cambio, fue imposible detener a Agustín de Soria y Francisco Grande. En relación a este último, su mujer, Agustina Campanario, se presentó ante los instructores del caso para tratar de demostrar la inocencia de su marido. Aseguró que su esposo se había marchado para buscar a los reos fugados y prenderlos de nuevo. Como prueba, Agustina Campanario presentó en el momento de su declaración una misiva escrita por su marido, así como varios testimonios que constataban el buen proceder de Francisco Grande como alguacil. El proceso se sentenció con la pena capital para Agustín de Soria (condenado en rebeldía) y Felipe Coscurra; por su parte, a Francisco Grande se le privó de su oficio y se le condenó a destierro por un período de cuatro años. Además, los tres acusados debían afrontar mancomunadamente el pago de las costas del juicio.
go
de
ba
on
ticia
do
do
ros
siones
ge
que
beniente
to