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Maarten Janssen, 2014-

Linhas do facsímile

[1552]. Carta de Bartolomé de Nava para Hernando de Mucientes.

ResumoEl autor garantiza a Hernando de Mucientes el pago de unas cantidades de maravedís. Asimismo, le pide que no deje que Juan Prieto abandone sus estudios.
Autor(es) Bartolomé de Nava
Destinatário(s) Hernando de Mucientes            
De España, Cuenca, Huete
Para España, Valladolid
Contexto

En 1554 Juan Prieto y Sabina de Cabra, cuyo curador era Hernando de Mucientes, se querellaron contra Bartolomé de Nava, natural de Huete, por la retención de doscientos diez pesos de oro que su padre, Juan Prieto, había enviado a la madre de ambos desde Perú. Asimismo, se tuvieron que querellar contra Juan Cortés y Mora, residente en Quemada, ya que se le habían consignado sesenta pesos de oro que tampoco había entregado a los querellantes. Para probar la causa contra Bartolomé de Nava, hicieron presentación de cuatro misivas que corroboraban el envío del dinero desde las Indias a Valladolid. La justicia sentenció a favor de los querellantes.

Suporte un bifolio de papel doblado en folio, escrito por recto y verso del primer folio y por el verso del segundo folio.
Arquivo Archivo General de Indias
Repository Justicia
Fundo Autos entre partes
Cota arquivística Legajo 1126, Número 3
Fólios [19]r-[20]v
Socio-Historical Keywords Elisa García Prieto
Transcrição Elisa García Prieto
Revisão principal Gael Vaamonde
Contextualização Elisa García Prieto
Modernização Gael Vaamonde
Data da transcrição2015

Page [19]r > [19]v

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señor

su carta recibi de mano y por la via del s blas de vera clerigo y del

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s cabero y por ella parece q vm dize que de orden como se pagen
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cyertos maravedis que por una cedula mia firmada tienen en esa villa
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digo que trayendome dicha cedula y seguridad que vm me de otra
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d cedula firmada de su nonbre que seran bien dados y pagados estos ma
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ravedis que mi conocymio rezare que yo los pagare como digo en la
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presona que su poder quixere juntamente con mi conocymio y cedula
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de vm. tambien s vi el testamento y fe del escrivano como vm
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era albaçea y testamentario para mi poco me aprovecha el testamento
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sino que si me enbiara todo recaudo como tengo dicho no era menester
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mas cartas porque loado sea nro s yo tengo de que pagar. en lo que
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dize que quitaron al moço d es estudio por amor de dios no le quiten
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pues que su padre tiene qu con que pueda hazello mas que lestrado
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y su yntincion ansi es porque yo se su boluntad porque si el es
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tudio fuera por aca Donde yo bibo no era menester gastar un real
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adonde yo estava que yo lo gastara todo porque las cosas que tocan
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al s ju prieto tengolas yo mas que de ho por quiem si creo yo tiene
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el las mias y tengo por entendido que traira el en su poder mas
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dineros mios que yo traxe suyos. se cyerto que el esta en castilla
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o muy cerca porque en esta armada a de venir sin ninguna falta por
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que en sevilla an entrado de veynte dias a esta parte quatro. navios
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ya y nueva que biene toda la armada pleg a nro s que sea ansi
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como sus servidores deseamos y sus hijos an menester de aca
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no tengo mas que dezir a vm mas de quedar por su servidor en lo
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que aca se ofreciere y no me escriva mas sobre este negocio sin
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me enbiar todo recaudo como tengo dicho pues nos conocemos y sa
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be vm la falta que ponen en esto q venimos de las yndias pues
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en mi no a vido falta ninguna hasta agora ni la abra de huete y
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de julio tres

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