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1816. Carta no autógrafa de Miguel Ávila para Isidro Manuel Bravo.

SummaryEl autor se queja ante Isidro Manuel Bravo por no haberle respetado el arrendamiento de una casa y que beneficie, por contra, a su nuevo administrador.
Author(s) Miguel Ávila
Addressee(s) Isidro Manuel Bravo            
From España, Toledo, Orgaz
To España, Zamora, Toro
Context

En 1815, don Isidro Manuel Bravo, sargento de inválidos en la ciudad de Toro, heredó ciertas casas, majuelos y tierras en la villa de Orgaz. El anterior poseedor había sido un tío suyo, don Francisco de Paula Sanz Roldán, quien habitaba de manera habitual en Alcalá de Henares. Por ello, al entrar en posesión de su nueva hacienda don Isidro comprobó el lamentable estado de unas posesiones que habían sido administradas por Francisco Romero Salazar. No sólo había dejado abandonadas las tierras de labranza y los majuelos, sino que había descuidado en extremo las casas. Una de las primeras decisiones que tomó fue cambiar al administrador eligiendo en su lugar a su pariente, Juan de Mata Alonso Apolinario. En ese momento, el susodicho hubo de pedir ante notario las cuentas de Francisco Romero para poder calibrar los daños y solicitar los reparos necesarios. Además de las cuentas, la documentación notarial incluyó diversas misivas que dan fe del proceso que se vivió en la toma de posesión del nuevo heredero.

Support un cuarto de folio de papel escrito por el recto.
Archival Institution Archivo Histórico Provincial de Toledo
Repository Corregimiento de Orgaz
Collection Corregimiento
Archival Reference Legajo 53823
Folios [99]r
Transcription Elisa García Prieto
Main Revision Gael Vaamonde
Contextualization Elisa García Prieto
Standardization Gael Vaamonde
Transcription date2015

Page [99]r

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Orgaz y Mayo 7 de 1816
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Sor Dn Ysidro Manuel Brabo

Muy sor mio: he recivido la de U a 27 de

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el pasado y estraño mucho su serenidad en retra
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tarse de sus palabras; es decir: U confiesa quedo
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conforme en qe Yo me mudase a su Casa de la Pla
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za y ha accedido a qe lo haga mi cuñado en el con
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cepto de qe pa ello se habria convenido Conmigo; pe
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ro añade qe si las necesita el es primero que Yo; qe
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vale lo mismo qe la arrende a U pero ya me
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visto en mi palabra. A la verdad qe ha ver savido
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lo hacia U con tanta facilidad lo hubiera
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tratado de escriturar; pero en este Pueblo no hay
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tal Costumbre y solo lo es el pedir la Casa el
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inquilino y concederla verbalmte el Dueño na
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da me ha dicho hasta ahora mi Cuñado y solo
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si he servido Yo pr alto trata de establecerse
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en la dha Casa: Creo qe los Poderes qe de U tenga
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no se estiendan a mas qe a disponer de aquellas
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cosas de qe U no lo haya hecho ¿pero si U me
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habia alquilado a mi la Casa anteriormte por qe
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su Apoderado ha de mandar mas qe U mismo en
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fin Yo quiero la Casa U me tiene dada en pa
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labras y no me parece regular qe pr un antojo de
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mi cuñado falte a ella espero su resolucion
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pa mi govierno y en el interin mande a su atto
[27]
servr Q S M B

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Miguel Avila

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