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Maarten Janssen, 2014-

Linhas do facsímile

1611. Carta de Juan Palacio, notario y familiar del Santo Oficio, para Pedro Martínez, cirujano.

ResumoEl autor escribe a Pedro Martínez para expresarle su disconformidad con su contratación como cirujano de La Almolda (Zaragoza).
Autor(es) Juan Palacio
Destinatário(s) Pedro Martínez            
De España, Zaragoza, La Almolda
Para España, Huesca, Sariñena
Contexto

El reo de este proceso era Juan Palacio, notario y familiar del Santo Oficio. Fue acusado por la Inquisición de Zaragoza en 1616 de ser el responsable de varios altercados con las autoridades y vecinos de la villa de La Almolda (Zaragoza). En algunos casos estos enfrentamientos habían terminado en agresión. También se le imputaron otros delitos, como la autoría de diversos pasquines y libelos, la emisión de documentación falsa y ciertas irregularidades y abusos en el ejercicio de su cargo. La carta que Juan Palacio escribió al cirujano Pedro Martínez fue aportada por el propio destinatario e incorporada al proceso como prueba. Finalmente, el reo fue reprendido y se le ordenó que mantuviera buenas relaciones con las autoridades y habitantes de La Almolda (Zaragoza), poniendo fin a sus conflictos con ellos.

Arquivo Archivo Histórico Provincial de Zaragoza
Repository Inquisición
Fundo Procesos inquisitoriales
Cota arquivística Legajo 90, Expediente 1
Fólios 100r-101v
Online Facsimile http://dara.aragon.es/opac/app/attachment/?a0=Resultados&c0=Imagen+Vista&a=77/44/AHPZ_J_00090_0001.djvu&l0=djvu
Socio-Historical Keywords Carmen Serrano Sánchez
Transcrição Carmen Serrano Sánchez
Revisão principal Gael Vaamonde
Contextualização Carmen Serrano Sánchez
Modernização Gael Vaamonde
Anotação POS Gael Vaamonde
Data da transcrição2015

Page 100r > 100v

[1]
vir Y que haviendo essa obligacion Y que havendo llegado a la
[2]
almolda no me haia querido hazer md de mandarme havia de
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terminado de no escrebir a Vm pues Vm se olbidaba de l amis
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tad que havia entre los dos Pero considerando que aunque
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por parte de Vm haia esse olbido de mi parte no lo esta
[6]
Hanme dicho ha echo Vm conducta con los ss jurados d esta
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Villa (Yo creo que sus mdes no se deben de acordar que el ciruja
[8]
no que tienen le tienen conducido por quatro Años y que le faltan
[9]
dos por cumplir) Ni aun tanpoco se lo habran dado a Vm
[10]
a entender. Que yo crreo bien de su buena naturaleza de
[11]
Vm que quando por algun camino lo llegara a entender que
[12]
aunque estos ss le conducieran a gusto de todos y a Vm se le diera
[13]
de partido mil ducados a trueque de que los de esta villa no faltaran
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a lo que prometen a los serbientes y que nadie quexara d ellos con
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razon no biniera Vm hazernos md. Quanto mas que en ley
[16]
de buena cortesia se deben essa los de un mismo arte que durate
[17]
la conducta no se debe de tratar de sacar a quien esta conducido. Aqui
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ha de haber muy grandes disgustos entre los ss jurados y el cir
[19]
ujano y la maior parte de los vesinos de esta villa. de lo qual
[20]
se a de seguir muy grandes offenssas de Dios y turbacion
[21]
del bien comun. Que aunque estos ss lo haian hecho yo creo
[22]
que lo sienten aunque no lo muestran de que sin occassion al me
[23]
nos legitima haian despidido a una persona tan benemerita
[24]
de la conducta de l almolda como la que tienen y pues a Vm

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