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Maarten Janssen, 2014-
Resumo | El autor responde a Isabel Fernández Capel acerca de la construcción de un molino y del pleito que ella comenzó por ese motivo. |
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Autor(es) | José María Fuero y Rosa |
Destinatário(s) | Isabel Fernández Capel |
De | España, Madrid |
Para | S.l. |
Contexto | En 1775, José María Fuero y Rosa se presentó como marido de María Vicente de Molina para pedir la suspensión de las obras de un molino harinero comisionadas por los herederos de Sebastián Mansilla. En concreto, se oponía a la construcción de unos canales de madera para la recogida de agua y que mejorarían el funcionamiento del molino, pero opinaba que esta obra perjudicaba al molino que su mujer poseía en un trecho más bajo del río. Los herederos, representados en la persona de Alfonso Mansilla y López se vieron perjudicados por esta demanda, ya que la construcción estaba prácticamente concluida a falta de la terminación de las susodichas canalizaciones. En este sentido, José María Fuero y Rosa alegó el desconocimiento de las obras, pues a su inicio residía en Madrid, por lo que no había podido oponerse a la construcción del molino. Alfonso Mansilla y López negó que esto fuese así, ya que en 1771 otra propietaria de molino, Isabel Fernández Capel, había escrito a José María Fuero y Rosa para avisarle de las intenciones de los herederos de Sebastián Mansilla y le había pedido ayuda para afrontar un pleito contra ellos, ya que consideraba que ambos recibían agravio por la construcción. La misiva de respuesta de José María Fuero y Rosa fue incluida en el proceso en 1777 y autor y destinataria fueron conminados a reconocer la misma y a explicar las circunstancias en que fue escrita. EL interés fundamental de la carta para el proceso judicial es que constituía una prueba que demostraba el conocimiento de la obra del molino de los Mansilla desde sus inicios, por lo que la defensa de José María Fuero y Rosa se debilitaba. Asimismo, se insistió en que las condiciones de arrendamiento del terreno contemplaban las posibilidades de construcción adoptadas por Alfonso Mansilla y consortes. No conocemos la disposición final del Consejo; solo sabemos que en 1782 José María Fuero y Rosa hizo una petición al consejo para saber el estado de su causa, ya que desde la Chancillería de Granada, segunda instancia por la que había discurrido el pleito (la primera lo fue la justicia de la villa de Bullas en Murcia), se le pedía tal información. En el margen superior de la carta aquí transcrita se lee la siguiente anotación: "Nota. estas diligencias vinieron por el correo general." |
Suporte | un folio de papel doblado en cuarto, escrito por todas las caras. |
Arquivo | Archivo Histórico Nacional |
Repository | Consejos |
Fundo | Escribanías de Cámara |
Cota arquivística | Legajo 31476, Expediente 9 |
Fólios | 1r-2v |
Transcrição | Gael Vaamonde |
Contextualização | Elisa García Prieto |
Modernização | Gael Vaamonde |
Data da transcrição | 2015 |
1771. Carta de don José María Fuero y Rosa para Isabel Fernández Capel.
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