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Maarten Janssen, 2014-
Resumo | El autor pide a la condesa que le asegure sin incertidumbre alguna la verdadera necesidad del préstamo que le va a hacer, considerando la elevada cantidad y los riesgos en que incurren ambos. |
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Autor(es) | Bartolomé de Cartagena |
Destinatário(s) | Teresa de Saaevedra y Zúñiga |
De | España, Sevilla |
Para | España, Madrid |
Contexto | En 1623 don Juan de Cartagena, hijo de Bartolomé de Cartagena, apeló al Consejo de Castilla en contra de doña Teresa de Saavedra y Zúñiga, condesa de Villalonso, por el impago de un censo de 7000 ducados con sus correspondientes corridos. El mencionado censo, destinado a acrecentar la dote de doña Francisca de Ulloa, hija de los condes, fue acordado por el entonces conde, don Juan de Ulloa, y la condesa doña Teresa en 1599. En 1603, doña Teresa de Saavedra renegoció las condiciones del censo para aplazar los pagos que se adeudaban del mismo. Sin embargo, la obligación financiera contraída por Villalonso no fue nunca satisfecha en su totalidad, por lo que don Juan de Cartagena, como heredero de Bartolomé de Cartagena, recurrió a los tribunales para tratar de recuperar la cantidad prestada. La defensa de doña Teresa se basó en dos cuestiones básicas: su condición femenina, que la hacía inválida para manejar asuntos económicos; y, por otro lado, la sujeción que como mujer había tenido a su marido. Así, alegaba que ella había contraído la obligación económica persuadida por su marido y que no había tenido posibilidad de negarse. Ante los intentos de doña Teresa y sus acreedores de deslegitimizar los argumentos de Cartagena, éste hizo presentación ante el Consejo de ciertos documentos que venían a demostrar la activa participación de doña Teresa en la concertación del préstamo con Bartolomé de Cartagena. Se presentaron en un primer momento varias cartas escritas por Cartagena, doña Teresa y don Luis de Castilla que demostraban fehacientemente la concordancia de la aristócrata con el acuerdo suscrito entre ella, su marido y el padre del demandante. Pese a esto y a la presencia de documentación notarial que certificaba el conocimiento de doña Teresa de las obligaciones financieras de la familia, don Juan de Cartagena siguió presentando más testimonios epistolares. Se anexó al proceso un corpus de casi un centenar de misivas intercambiadas entre la condesa de Villalonso y Bartolomé de Cartagena durante dos décadas. En ellas se desgranaban asuntos de tipo económico y financiero, junto a noticias familiares y nuevas sobre las cortes de Felipe II y Felipe III. El proceso está incompleto, por lo que apenas tenemos información sobre su transcurso y sentencia; no obstante, sí que quedó constancia de la identificación de las misivas por parte de doña Teresa. Respecto a la carta aquí transcrita, (o "billete", según lo califica el propio Bartolomé de Cartagena), fue contestado por la condesa de Villalonso en el mismo pliego, tal y como refleja la siguiente anotación que ocupa parte del sobrescrito: "Respuesta de mi señora la condesa a un billete mío. Y queriendo yo hablar a mi señora la condesa del Castellar para que a solas hablase a su señora, no me lo consintió diciendo que les concernía no lo supiese". También se lee la siguiente anotación: "infinito importa ésta". |
Suporte | un bifolio de papel doblado en folio, escrito por todas las caras. |
Arquivo | Archivo Histórico Nacional |
Repository | Consejos |
Fundo | Escribanías de Cámara |
Cota arquivística | Legajo 36391, Expediente 5 |
Fólios | 112r-113v |
Transcrição | Elisa García Prieto |
Revisão principal | Gael Vaamonde |
Contextualização | Elisa García Prieto |
Modernização | Gael Vaamonde |
Data da transcrição | 2014 |
1599. Carta de Bartolomé de Cartagena para doña Teresa de Saavedra y Zúñiga, condesa de Villalonso.
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