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Maarten Janssen, 2014-

PSCR7012

[1593]. Carta de Teresa de Saavedra y Zúñiga, condesa de Villalonso, para Bartolomé de Cartagena.

ResumoLa autora pide a Bartolomé de Cartagena que le haga el favor de esperar en los cobros debidos para poder afrontar una deuda de juego de su marido. Le asegura que cumplirá, pues tiene en perspectiva el recibo de cierto dinero.
Autor(es) Teresa de Saavedra y Zúñiga
Destinatário(s) Bartolomé de Cartagena            
De España, Zamora, Toro
Para España, Sevilla
Contexto

En 1623 don Juan de Cartagena, hijo de Bartolomé de Cartagena, apeló al Consejo de Castilla en contra de doña Teresa de Saavedra y Zúñiga, condesa de Villalonso, por el impago de un censo de 7000 ducados con sus correspondientes corridos. El mencionado censo, destinado a acrecentar la dote de doña Francisca de Ulloa, hija de los condes, fue acordado por el entonces conde, don Juan de Ulloa, y la condesa doña Teresa en 1599. En 1603, doña Teresa de Saavedra renegoció las condiciones del censo para aplazar los pagos que se adeudaban del mismo. Sin embargo, la obligación financiera contraída por Villalonso no fue nunca satisfecha en su totalidad, por lo que don Juan de Cartagena, como heredero de Bartolomé de Cartagena, recurrió a los tribunales para tratar de recuperar la cantidad prestada. La defensa de doña Teresa se basó en dos cuestiones básicas: su condición femenina, que la hacía inválida para manejar asuntos económicos; y, por otro lado, la sujeción que como mujer había tenido a su marido. Así, alegaba que ella había contraído la obligación económica persuadida por su marido y que no había tenido posibilidad de negarse. Ante los intentos de doña Teresa y sus acreedores de deslegitimizar los argumentos de Cartagena, éste hizo presentación ante el Consejo de ciertos documentos que venían a demostrar la activa participación de doña Teresa en la concertación del préstamo con Bartolomé de Cartagena. Se presentaron en un primer momento varias cartas escritas por Cartagena, doña Teresa y don Luis de Castilla que demostraban fehacientemente la concordancia de la aristócrata con el acuerdo suscrito entre ella, su marido y el padre del demandante. Pese a esto y a la presencia de documentación notarial que certificaba el conocimiento de doña Teresa de las obligaciones financieras de la familia, don Juan de Cartagena siguió presentando más testimonios epistolares. Se anexó al proceso un corpus de casi un centenar de misivas intercambiadas entre la condesa de Villalonso y Bartolomé de Cartagena durante dos décadas. En ellas se desgranaban asuntos de tipo económico y financiero, junto a noticias familiares y nuevas sobre las cortes de Felipe II y Felipe III. El proceso está incompleto, por lo que apenas tenemos información sobre su transcurso y sentencia; no obstante, sí que quedó constancia de la identificación de las misivas por parte de doña Teresa.

Suporte dos bifolios de papel doblados en folio, escritos por todas las caras.
Arquivo Archivo Histórico Nacional
Repository Consejos
Fundo Escribanías de Cámara
Cota arquivística Legajo 36391, Expediente 5
Fólios Pieza 2, 179r-182v
Socio-Historical Keywords EGP
Transcrição Elisa García Prieto
Revisão principal Gael Vaamonde
Contextualização Elisa García Prieto
Modernização Gael Vaamonde
Data da transcrição2014

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A Bartolome de Cartajena que dios guarde

myll dyas a q e deseado hazer esto y por abermelos dado muy malos este preñado no lo e cho beso las ms a vm por la mrd q me hyzo en la carta de don dyego q d el supe q vm qdava con salud yo ando byen syn ella mas espero en dyos q en alumbrando me la tengo de tener q todos me dyzen q es el mal preñado q e tenydo a sido la causa ya vm sabe q como quyen esta tan sierta de la mrd q vm nos haze no podremos tener duda de rrezyvyrla y esta ocasyon es la mayor q se nos puede ofrezer jamas y es q don ju la tuvo de jugar en madryd y perdyo ocho u dyes myll ducados q a nadye del mudo dyera yo esta cuenta como a vm porq en el no tenemos de quyen estar syguros q no abenturando nada nos a de hazer mrd como de vm la q agora pedymos es q vm tenga por byen q una deuda de cuatro myll ducados q don ju qdo devyendo al marqs de Unyon q vm sea servydo q entre el a ser pagador en my dote antes q vm q yo tengo asentado con my tyo q el año q byene me a de dar dos myll ducados por escrytura q me tyene echa y todo el tyenpo q se detuvyere la paga a vm despues de cunplydos los plazos don ju yo nos obligaremos por la mejor orden q se pudyere hazer de dar a vm todo el dynero q estos tres myll ducados podryan ganar y en esto se puede tomar un medyo q vm lo pueda llevar y don ju servylle con una presea q lo balga y otro medyo e pensado y lo e dycho a don ju q me pareze q serya el mas asertado y q estuvyese mejor a todas partes porq vm crea q despues de echas las cosas yo no temo el perder la hazyenda syno salyr d ellos muy como es rrazon anq se abenture mucha y ansy dygo a vm q enbyamos una memorya de lo q nos pareze pa q vm como quyen nos a de hazer mrd trate con alguno mercaderes d este medyo q ofrezemos q anq nos cueste tanto como vm be por lo q ofreze don ju yo soy de parezer q se pyerda pa q pueda cumplyr como quyen es con los q deve vm la myre y consydere y lo trate con jentes q puedan salyr a este consyerto q como es benyda la armada podrya ser q se hallase con comodydad todas las sygurydades q se nos pydyeren daremos y poder en causa propya por todo el tyenpo q ba en la memorya y q vm sea pagado anq todas cosas q con los syete myll ducados conpondremos las q tenemos de tanta nesesydad pa salyr de ellas como deseamos por byda de sus hyjos de vm q tome muy de beras este nego y q se detenga este mensaro asta q vm trate d el y nos enbye la rresulycyon y porq me rremyto a don ju y a la memorya q enbyamos pa q vm pueda con ella a hazernos mrd de acudyr con las beras q confyo pa q tenga efeto lo q suplycamos a vm y ansy nada me qda de alyento de pensar acudyr a estas deudas syno ponerlo en tan buenas ms yo asyguro a vm por byda de dyego y de su pe q sy con sacar el corazon las pudyera acomodar q dyos sabe de la manera q lo hyzyera mas vm a my me ha de hazer esta mrd q por esta orden qdamos muy acomodados y conpuesta qda la hazyenda de aca pa poder pasar y sy esto vm no procura por hazerme mrd sera ynpusyble poder byvyr q como estoy syerta de la q vm nos haze puedo con sygurydad dezyrle estas cosas a sus hyjos de vm beso las ms dyego las de vm a quyen nro señor gde como dygo perdone vm la mala letra q ando con dolores y creo q de aquy a dos y tres dyas e de paryr encomyendeme vm a dyos

doña teresa de saavedra y çuñiga

Legenda:

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