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Maarten Janssen, 2014-

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1706. Carta de Baptista, pseudónimo de Blas Martín Pingarrón, para fray Francisco Fernández y Villegas, religioso de Nuestra Señora del Monte Carmelo.

ResumoEl autor explica a fray Francisco Fernández y Villegas sus conversaciones con Manuela Ramos.
Autor(es) Blas Martín Pingarrón
Destinatário(s) Francisco Fernández y Villegas            
De España, Toledo
Para España, Madrid
Contexto

Proceso de fe contra Manuela Ramos, alias Manuela Sánchez, alias Manuela de Santa Leocadia por alumbrada, deshonesta e imbuida en los errores de Molinos, abierto entre 1708 y 1711. Manuela Ramos nació en Novés (Toledo) en 1679 y fue educada en la doctrina católica, se declaró cristiana vieja y descendiente de cristianos viejos. A los once años se quedó huérfana de madre y se trasladó a la villa de Illescas (Toledo), donde comenzó a servir en un convento de religiosas de la Concepción Francisca. Pasados cinco años y tras el fallecimiento de su padre, su hermano la trasladó al convento de Santa Isabel de Toledo, donde aprendió a leer y escribir. Beata de Nuestra Señora del Carmen, desde 1700 hasta 1704 tuvo como confesor a fray Manuel de Santa Leocadia, religioso carmelita descalzo y residente en el convento de Toledo. En noviembre de 1704, Manuela se trasladó a Madrid por espacio de tres meses, huyendo del acoso y de las amenazas de un tal Francisco, carpintero, que pretendía casarse con ella. Durante su estancia en Madrid se hospedó en casa de Diego de las Cuevas y tuvo como confesor a fray Francisco Fernández de Villegas, religioso carmelita descalzo y prior de Valdemoro. En 1707 se casó en Toledo con Blas Martín Pingarrón.

Durante el proceso que la Inquisición abrió contra ella fue juzgada por los delitos de herejía, alumbramiento y deshonestidad. Concretamente, se la acusó entre otras cosas de: fingir visiones y revelaciones divinas, mantener relaciones prematrimoniales, y mantener una relación carnal ilícita con su confesor, fray Francisco Fernández de Villegas. En el proceso se incluyeron 48 cartas (PS6143-PS6191) que fueron utilizadas como prueba incriminatoria de los citados delitos. Las cartas aparecen cosidas y reunidas en un cuaderno adjunto al proceso. Dentro del cuaderno se distinguen claramente dos conjuntos epistolares: 18 cartas escritas por Blas Martín Pingarrón y dirigidas a fray Francisco Fernández de Villegas, y 28 cartas escritas por Manuela Ramos y dirigidas a fray Francisco Fernández de Villegas. Se incluye también una carta firmada por Diego del Amor, alias Diego de las Cuevas, y por Cristóbal de Alfaro (PS6164) a fray Francisco Fernández y Villegas, y copia de una carta escrita por Pedro Pablo Díez, boticario de Yepes, a Manuela Ramos (PS6178). Dentro del proceso todavía se mencionan dos cartas más que no aparecen en el cuaderno: una escrita por fray Francisco Salazar, religioso carmelita del convento de Valdemoro, y otra escrita por Manuela Ramos, ambas dirigidas a fray Francisco Fernández de Villegas.

Respecto a las cartas de Blas Martín Pingarrón, éste las reconoció como suyas y en su confesión al Santo Oficio explicó la razón que le llevó a escribirlas: Villegas iba con frecuencia a visitar a Manuela Ramos a Toledo y, en vista de las visiones y alucinaciones que sufría Manuela Ramos, le pidió a Blas Martín Pingarrón que le mantuviese informado del estado de su mujer mientras él se encontraba ausente. Por tanto, las cartas de Blas Martín Pingarrón "se reducían a decir [a Villegas] lo mucho que [a Manuela Ramos] la atormentaba el demonio y algunas visiones que había tenido" (f. 188r). La correspondencia entre Blas Martín Pingarrón y fray Francisco Fernández de Villegas se produjo aproximadamente entre 1706 y 1707 y su contenido se utilizó como prueba incriminatoria para demostrar que tanto Manuela como Villegas eran "ilusos, iludentes, hipócritas y fingidores de favores sobrenaturales" (f. 231r). En las cartas, Blas Martín Pingarrón solía firmar como "Baptista" y referirse a Manuela Ramos como "M" o como "Rosa".

Respecto a las cartas de Manuela Ramos, en su confesión al Santo Oficio ésta no las reconoció como suyas y alegó que fueron escritas por una tal María Basagutia, con quien había convivido la reo durante algún tiempo en Toledo. Durante el proceso, se demostró que esta afirmación era falsa y que en realidad las cartas pertenecían a la propia Manuela Ramos. Se la acusó de querer engañar al Tribunal con la letra: "[...] ni es menos digna de reflexión la mudanza y variedad de letras con que esta reo procura disimular (aunque infructuosamente) la suya propia que regularmente ha hecho y sabe hacer, pareciéndola que por este medio ha de dar algún cuerpo a la pertinaz negativa de las dichas sus cartas; pues siendo así que la letra de sus firmas, que tiene reconocidas por suyas propias en los papeles y delaciones que presentó en este Tribunal antes de venir presa a él, bastantemente airosa, y denota tener suelta la mano y usar de letra mayúscula en la inicial de dicha firma, luego que entró presa, sospechando el cargo que se le había de hacer e hizo de las dichas cartas, empezó a practicar la simulación referida en las firmas de sus audiencias, queriendo manifestar en ellas la torpeza y dificultad que tenía para escribir, ya en la pausa con que las firmaba y ya con la duda que expresaba de si sabría empezar dichas firmas con letra grande" (f. 557r-v). Estas sospechas, junto con la opinión de cuatro peritos caligráficos, demostraron la autoría de Manuela Ramos. La correspondencia entre Manuela Ramos y fray Francisco Fernández de Villegas se intercambió aproximadamente entre 1704 y 1706 y se utilizó como prueba incriminatoria para demostrar que la relación entre ambos no era sólo de amor espiritual, por varias razones: en primer lugar, por las cruces y ceros que acompañaban a muchas de esas cartas y que representaban besos y abrazos, por la forma cautelosa en que se escribían, ocultando muchas veces sus verdaderos nombres, y por último, por algunas de las fórmulas utilizadas (por ejemplo, "esposo de mi alma"). En las cartas Manuela Ramos solía firmar como "Manuela de Santa Leocadia" o como "Manuela Bautista".

En definitiva, el contenido de las cartas adjuntas al proceso se utilizó como prueba instrumental tanto para demostrar que la relación entre Manuela Ramos y fray Francisco Fernández de Villegas no reflejaba un amor “puramente espiritual, antes bien [...] dicho trato era de amor humano, sensible y muy cerca de sensual, si de hecho no lo era, y a lo menos muy peligroso y ocasionado a ruinas espirituales contra la honestidad” (f. 231r); como para acusar a Manuela Ramos y a fray Francisco Fernández de Villegas de ilusos y alumbrados.

En la sentencia del proceso contra Manuela Ramos se falló lo siguiente: que la reo perdiese la mitad de sus bienes; que saliese al cadalso en forma de penitente y con una vela de cera para abjurar públicamente de los errores y herejías de los que fue acusada; que fuese desterrada de la corte de Madrid y de las villas de Novés e Illescas con ocho leguas en contorno por espacio de cuatro años; que el primero de dichos años lo cumpliese en la cárcel, llevando públicamente encima de sus vestiduras el sambenito de un aspa.

Suporte un cuarto de papel escrito por recto y verso, y un cuarto de papel escrito por el recto.
Arquivo Archivo Histórico Nacional
Repository Inquisición
Fundo Tribunal de Distrito de la Inquisición de Toledo
Cota arquivística Legajo 105, Expediente 04
Fólios 3r-4r
Socio-Historical Keywords Laura Martínez Martín
Transcrição Gael Vaamonde
Contextualização Gael Vaamonde
Modernização Gael Vaamonde
Data da transcrição2013

Texto: -


[1]
Padre y sr mio
[2]
de todo conssuelo nos an sido la de vm pues nos a sacado del cuidado que teniamos de la salud de vm en la que nos alegramos se mantenga quedando con la misma muy a la oba de vm,
[3]
- Veo lo que Vm dijo a dn Diego tocantte a la dependenzia q me parece muy bien,
[4]
ojala que yo supiera hacer tan bien las quenta como vm le propusso. aunq siendo zierto como es lo tocantte ala trato con M. puedo esperar las gananzias q Dios quiere para mi alma
[5]
su Magd quiera q yo no lo pierda y sepa aprobecharme como tambien de la Doctrina de sus carttas de Vm para lo que con su ayuda yre poniendo los medios continuando como Vm hordena y dando parte de todo a M. quien prossigue con el Alivio que dije en mi passado asi en el comer como en el sueño y de Dolores de q asta aora a estado Libre bendito sea Dios
[6]
aunq como Vm dize no la faltara q ofrezer a su Magd como es assi pues poniendonos a escrivir tomo la pluma en la mano para ver si podia ella viendo que no la dejavan ablar palabra
[7]
y al punto la dieron unos Rayos desde los tres dedos con q se toman por el brazo arriba asta la punta del pie q no la a sido possible
[8]
y lo mas que e podido sacarla es que quissiera poder comunicar a vm lo q la passa Pero q no la dejan
[9]
q esta muy conforme conoziendo q es Dispossizn de Dios aunq por tan Ruin medio
[10]
q en dando su Magd lugr lo ara y que no es cossa de aogo pues la tiene su Magd muy dilattada,
[11]
si allarse muy favorezida y cada dia con mas ynterior y fino trato con Dios de quien esta ziertta es todo por los efectos q la deja
[12]
que aunque sea en converssazion me yra dizdo algo para q yo al buelo lo coja y lo escriva a vm
[13]
q la escriva vm animandola mucho pues cada palabra suya es una zentella aunq sea en carta
[14]
que la ynbie vm Renobada la lizenzia general para obrar lo que sea voluntad de Dios;
[15]
estos dias me a dho que se alla su alma con una pressenzia de ntro Redemptor muy clara con la forma de un Baron hermossissimo galanissimo y enamoradissimo
[16]
y ayer estando Recojidos los dos la proboco a Rissa y me dijo ynstandola yo) que ella estava Amando en fee sin pretender ottra cossa y que enpezaron a Requebrarla dizdo digo Reyna y otras palabras a este tenor
[17]
esto es lo q yo puedo dezir y vm sabra mejor como es y assi la dira vm mucho al assunto que de camino tambien yo procurare olgarme en la taberna ya que no verlaa.
[18]
ame dho tambien q no la aze nobedad el alivio y que a de ser pr mucho tpo con lo q esta muy conforme y q tambien lo estara si vinieren trabajos.
[19]
en quanto al Pe es zierto todo lo q vm dice
[20]
y en este punto doblemos la hoja pues por la gran bondad de Dios estamos en el conozimto de sus cossas y pidamos a su Magd le de luz para q no able crea y discurra los q estan contra su ssma voluntad
[21]
a los herms finas memos de ntra parte
[22]
y quedo en el cuidado de remitir los ms estando en todo a lo q vm hordenare
[23]
ya teniamos notizia de la Muerte de su tio de vm y azemos lo q vm manda encomendandole a Dios
[24]
y haziendosse su ssma Voluntad no nos puede pessar.
[25]
Mañana se embiaran las sabanas a soto q a sido descuido de Mariquita
[26]
y no ofreziendosse ottra cossa pedimos a vm nos encomiende a Dios q nosotros pedimos a su Magd nos le gde abrassado en su amor pa q despidiendo las chispas q acostumbra a nosotros nos consuman
[27]
tol y septte 7 de 1706
[28]
hijos de vm q de corazn le aman en xpto Bapta y ssta Leocadia ntro pe y sr fr frano del ssmo sacramto

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