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Maarten Janssen, 2014-

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1804. Carta de Tomás García, preso, para Fernando.

Autor(es)

Tomás García      

Destinatario(s)

Fernando                        

Resumen

El autor explica a un tal don Fernando los motivos por los que está preso y denuncia los malos tratos que recibió por parte del juez que lo encarceló.

Texto: -


[1]
Mi Sr Dn Fernando:
[2]
Dios nro señor le de tanta salud como pa mi deseo.
[3]
Yo Thomas Garcia el mismo qe estube con vm qdo vine de madrid, y que pr señas me dio un sobre pa qe le pudiese escrivir, y que incluyo en es-ta, le participo que en vteytantos del Mes pasado a tiem-po qe estaba en casa del Juez qe es mi compadre, a poco ra-to qe estube con el dio disposiciones bastante encubiertas de prenderme, que no se me ocultaron,
[4]
pero me estube quie-to y mantube muy tranquilo,
[5]
y luego me mandan bajar y al instante me echo la mano delante de 6 hombres qe ya tenia prevenidos,
[6]
me trato de malas palabras y no con-tento con esto me dio de bofetones,
[7]
cojio un palo pa darme con el y se lo quitaron de las manos los hombres qe asistieron a la prision,
[8]
me metio en esta carcel, y me car-go de hierros hasta mas no poder,
[9]
y trajo los grillos de la carcel de Ponfda,
[10]
y un candado solamte pesa arroba y ma, de modo qe estoy qe no me puedo mover,
[11]
tengo las piernas hincha-das, y me va hinchando el cuerpo,
[12]
nunca me alivio el Juez las prissiones, ni me viene a ver ni me manda dar de comer de modo qe perezco de hambre
[13]
dias pasados en una noche entró tanta agua en la carcel, qe si los guardas de dia y de noche me estan guardando) no dan bozes, y no acuden los vezinos alli muero ahogado,
[14]
desde este lanze me quitaron del quarto bajo, y me subieron al alto, en donde estoy tan cargado de hierro como al principio,
[15]
y cerrada la puerta con llave, a ninguno se permite entrada ni qe ha-ble comigo.
[16]
Yo presumo qe esta nueba prission y tan mal tratamiento serà efecto del malissimo informe qe habràn dado de mi.
[17]
Todos los vezinos de este lugar estàn contra mi, y no me pueder ver,
[18]
y toda la culpa tiene mi mala muger, qe me ha metido en mil pleytos y quimeras con unos y con otros y con todo el conzejo de modo qe le es imposible vivir una vida quieta y pacifica como las demas;
[19]
acaso en toda españa ni en todo el mundo havra otra semejante.
[20]
esta Muger, Señor, ya tubo otro marido a qn mato con el mal tratamto qe le dio;
[21]
y publicamte se dice y fue publico, y no-torio qe a peticion del cura se nombro pr la Justicia una per-sona qe cuidase de el en su ultima enfermedad.
[22]
estubo algs as viuda, y no encontro con qn casarse sino conmigo, qe me busco y engaño ofreciendome cosas qe desps no parecieron.
[23]
No pa-rece sino qe esta muger me busco pa cubierta de sus cosas pr no de-cir maldades,
[24]
y aora qe va vieja y no hazen caso de ella los Arri-eros y demas gentes qe posan en su meson, ya no le hago falta y asi ni me puede ver ni oir hablar de mi tan siquiera.
[25]
ella nada me cuidaba, ni me lababa la ropa, ni me daba de comer, ni queria coabitar, de modo qe si alga vez le decia muger, haz la cama pa los dos, pr lo mismo se dor-mia con sus hijos del primer marido;
[26]
y en tiempo de verano salia a dormir con una hija tan grande como ella a un cor-redor.
[27]
Si alga vez yo la reñia, ô la amenazaba, al instante subia à las ventanas, ô la calle dando unas bozes tan destem-pladas qe todo el Lugar se alborotaba diciendo qe yo la queria matar.
[28]
De todo lo qual, Señor, me quejo y pidole me oiga, ps mi Defensor nada hizo hasta aora á mi favor,
[29]
y pido tambien se me debuelva la pareja qe me vendio la justicia en 600 rs y valia mil pr lo menos, como tambien una Baca la vendieron del mismo modo.
[30]
Pido tambien se me de libertad bajo de fianza pa yo poder defenderme, ps la causa pr qe me procesan ,y qe mejor estaba sepultada, y no tomarla en boca tan siquiera, no es pa qe me traten con tanta crueldad, que no havian tratar con mas a un sanguinario, y a un salteador de caminos.
[31]
en madrid el Abo-gado de Pobres, luego qe me oio, dijo asi: hijo: essa causa no to-ca a nosotros el sentenciarla,
[32]
toca solamte a Dios qe a todos nos ha de juzgar;
[33]
y ciertamte el Juez de vivos y muertos Je-suchristo Señor nro en una de esta misma naturaleza en en que le presentaron una Muger qe acababan de cojer en un Adulterio, dijo primte a los qe se la pusieron delante: si algo de vosotros està sin pecado, mitat in eam lapidem.
[34]
y à la Adultera le peguntò?
[35]
Muger, te ha condenado al-guno?
[36]
No Señor respondio ella,
[37]
y el Señor le dijo: Ni yo tampoco te condenaré,
[38]
Vete en paz, y no quieras pecar mas.
[39]
esto mismo podian decir esos Sres á Thomas Garcia, Vete en paz Thomas, y no buelvas à peccar mas.
[40]
Yo, Señor, pr dos vezes pedi perdon pr escrito a mi muger, y qe olvidando todo procurasemos vivir en paz en adelante,
[41]
y no quiso, ni quiere perdonarme;
[42]
fui tambien en persona en una noche acompañado de un amigo, y me puse de rodillas delante de ella qe estaba en cama,
[43]
y luego principio a alborotarse como acostumbra, y el Juez desde su misma casa oyò todo lo qe pasó,
[44]
pero no hay remedio sino el de Dios, a qn pido de todo corazon le de a vm mucha salud, pa qe pueda sacar de todos estos materiales un memorial, y presentarlo a los sres de ese Juzgado pa qe usen de toda clemencia, y piedad con este infeliz tan perseguido.
[45]
Estimarele infinito qe lo mas prompto qe pueda me avise de todo lo qe hay
[46]
y ponga el sobre al P Fr Pablo Rivera Bene-dictino en el monasto de Sn Po de montes Ta Ponferrada
[47]
Por las entrañas de Jesuchristo le suplico me ampare todo quanto pueda, qe espero en Dios sin embargo de mi pobreza corresponderle agradecido.
[48]
B S M su mas humde Criado Thomas Grca Sn Esteban del Vierzo 13. Nove 804

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