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Maarten Janssen, 2014-

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1619. Carta de Hipólita de Leyva y Cardona, condesa de Puñonrostro, para Juan González.

SummaryLa autora da a Juan Gonzalez una serie de instrucciones para conducirse en lo relativo a la administración de su hacienda.
Author(s) Hipólita de Leyva y Cardona
Addressee(s) Juan Gonzalez            
From España, Madrid
To S.l.
Context

En 1618 don Arias Gonzalo Dávila, conde de Puñonrostro, inició un pleito contra su madre, doña Hipólita de Leyva y Cardona, para solicitar la venia de edad. Con 21 años y casado, el conde consideraba que era hora de entrar a gobernar y administrar autónomamente sus estados. Para ello aportó varios testigos que acreditaban su madurez y capacidad y acabar así con el estatus de curadora y tutora de su madre. Concedida la venia, la condesa reclamó a su hijo el pago de alimentos para su sustento. La petición se concretaba en la solicitud de 2000 ducados anuales consignados en el partido de Casasola y 800 fanegas de pan al año en el partido de Alcobendas. Aunque el conde alegó cargas excesivas sobre su patrimonio, así como el hecho de que su madre podía sustentarse a sí misma con las rentas que gozaba, el Consejo de Castilla le obligó al pago de los mencionados alimentos. El conde trató de soslayar la obligación y adujo los impagos que su madre había hecho en el transcurso de su administración como tutora. Entre esos impagos aparecían unas cantidades que debían abonarse a don Juan de Silva, canónigo de la Iglesia de Toledo. Sin embargo, se presentaron unas 10 cartas de pago que demostraban los abonos, así como dos cartas (dirigidas probablemente a Juan González, mayordomo del conde) que mencionaban esas transacciones. En otro legajo del Consejo (33116) encontramos el resto de piezas del proceso. En la séptima pieza aparecen dos nuevas cartas que venían a descargar a la condesa de la acusación de impago de las mencionadas rentas. Eran dos cartas de Francisco Ortiz, mayordomo del partido de Chinchón, escritas en 5 de enero y 6 de julio de 1618. En ellas alude a los pagos que había hecho al conde de Puñonrostro, unos desembolsos que habían dificultado el cumplimiento de las obligaciones contraídas.

Support un folio de papel escrito por el recto.
Archival Institution Archivo Histórico Nacional
Repository Consejos
Collection Escribanías de Cámara
Archival Reference Legajo 33104, Quinta pieza
Folios 22r
Socio-Historical Keywords Elisa García Prieto
Transcription Elisa García Prieto
Main Revision Gael Vaamonde
Contextualization Elisa García Prieto
Standardization Gael Vaamonde
Transcription date2015

Page 22r

Poquisima Razon tubistes en yros tan sin razon Y sin dezillo a tiempo que el asistir aqui podia ser de fruto, o por lo menos llevar resuluzon despues d estar aqui ocho dias de algo para la hazienda Diego Suarez hablo a Phelippe de Velasco y saco d el lo mismo que la vez passada, deziendo que se andava proqurando desembargar y que hasta el dia de nra sa de la encarnasion les havia dado de plaço a Do de Pinto, y dixo tambien que no tenia El dado espera a castanida el fiador por lo que tocava a los señores, que no podia, conque si no os fuerades se pudiera embargar en la carçel para ayudar a la dispusicion de la cobrança Y sirva d esto para que otra vez que esteis aqui sin licencia y sin avisar que os quereis yr no lo hagais Ese papel va ay de don ju de silva que con los pocos platos que en casa havian quedado se an buscado por ocho dias mil y quio reales que se le an dado, que no se a passado poco para allarlos y asi no pagareis a los qu estan ay hasta mañana Domingo y si quisieren detenerse para algunas dilligençias d esta exequcion renuncia los terminos y hagan la citaçion de remate y en todo casso se haga dilligençia luego para enbiar estos mil y quios reales que son por ocho dias y no bolbiendolos se abentura el credito para no hallarlos otra vez en ocasion tan precisa esa partida de toledo sera necesso yr a desmaranaila para que con ella se entretenga a ju de soria, que de no haçello a de enbiar luego aqui con salarios, en esto no aya dilacion Y bedle en tdo que bive a San Miguel El alto para que le deis razon de lo q se haze y entienda que no nos desquydamos en Md 23 de Mço 1619

la Condesa


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