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Maarten Janssen, 2014-

PSCR5525

1771. Carta de don José María Fuero y Rosa para Isabel Fernández Capel.

SummaryEl autor responde a Isabel Fernández Capel acerca de la construcción de un molino y del pleito que ella comenzó por ese motivo.
Author(s) José María Fuero y Rosa
Addressee(s) Isabel Fernández Capel            
From España, Madrid
To S.l.
Context

En 1775, José María Fuero y Rosa se presentó como marido de María Vicente de Molina para pedir la suspensión de las obras de un molino harinero comisionadas por los herederos de Sebastián Mansilla. En concreto, se oponía a la construcción de unos canales de madera para la recogida de agua y que mejorarían el funcionamiento del molino, pero opinaba que esta obra perjudicaba al molino que su mujer poseía en un trecho más bajo del río. Los herederos, representados en la persona de Alfonso Mansilla y López se vieron perjudicados por esta demanda, ya que la construcción estaba prácticamente concluida a falta de la terminación de las susodichas canalizaciones. En este sentido, José María Fuero y Rosa alegó el desconocimiento de las obras, pues a su inicio residía en Madrid, por lo que no había podido oponerse a la construcción del molino. Alfonso Mansilla y López negó que esto fuese así, ya que en 1771 otra propietaria de molino, Isabel Fernández Capel, había escrito a José María Fuero y Rosa para avisarle de las intenciones de los herederos de Sebastián Mansilla y le había pedido ayuda para afrontar un pleito contra ellos, ya que consideraba que ambos recibían agravio por la construcción. La misiva de respuesta de José María Fuero y Rosa fue incluida en el proceso en 1777 y autor y destinataria fueron conminados a reconocer la misma y a explicar las circunstancias en que fue escrita. EL interés fundamental de la carta para el proceso judicial es que constituía una prueba que demostraba el conocimiento de la obra del molino de los Mansilla desde sus inicios, por lo que la defensa de José María Fuero y Rosa se debilitaba. Asimismo, se insistió en que las condiciones de arrendamiento del terreno contemplaban las posibilidades de construcción adoptadas por Alfonso Mansilla y consortes.

No conocemos la disposición final del Consejo; solo sabemos que en 1782 José María Fuero y Rosa hizo una petición al consejo para saber el estado de su causa, ya que desde la Chancillería de Granada, segunda instancia por la que había discurrido el pleito (la primera lo fue la justicia de la villa de Bullas en Murcia), se le pedía tal información. En el margen superior de la carta aquí transcrita se lee la siguiente anotación: "Nota. estas diligencias vinieron por el correo general."

Support un folio de papel doblado en cuarto, escrito por todas las caras.
Archival Institution Archivo Histórico Nacional
Repository Consejos
Collection Escribanías de Cámara
Archival Reference Legajo 31476, Expediente 9
Folios 1r-2v
Transcription Gael Vaamonde
Contextualization Elisa García Prieto
Standardization Gael Vaamonde
Transcription date2015

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Mad y Agto 2 de 1771.

Muy Sra mía: recivo la favorecida de Vm con la intempestiva noticia de haverse sentenciado el Pleito seguido sobre construccion de Molino, lo q me a cogido de nuevas, pues aunque el año pasado compre-hendi se andava en estas pretensiones, tambien hoy decir â barios q era intento fustraneo, y no tendria efecto, y pr consigte no lo esperava; pero ha hecho Vm muy bien en oponerse pr el perjuizio q se sigue â las tierras de sus hijos con la apertura del cauze (q es la unica causal q pone en dha su carta) en lo q yo no tengo interese, ni es motivo para q me introduzca en el Pleito, pues alli no tengo tierras, ni en q recivir daño; y pr lo q respecta al perjuizio q de construir ese Molino se ha de seguir al mio pr la falta de molienda, en todo tpo tengo la haccion para reclamar, pues a no se me ha zitado ni emplazado judicialmte como correspondia; y aunque hagan el Molino, ni este hecho, ni moliendo, spre puedo hazerlo suspender y cerrar, y q se me oiga en justicia, q mi dro no se me puede quitar, y si es necesario ira una sartica de Ministro superior para q la Justicia me guarde mis dros, y creere q los Sres de la Chanzilleria no desestimen mis razon, y tal vez expondre algunos privilegs de mi Molino q Vm y algs no saven, y yo hare ver quando me convenga. en este supto, y q el año pasado me gastè bastantes pesos, como es notorio, no pienso en el dia entrar en otros gastos sin mar causa; pues si la Parte contraria llega â hazer el molino, â mi oposizn lo ha de suspender, y deducido mi dro lo ha de perder; pues yo no tengo la culpa de q se entren â hazer, con perjuizio de terzero, lo q no saven como ha de salir. pero como mi genio no es de hazer mal a nadie sin grave causa y la otra parte ha sufrido ya con pleito con Vm, en viendo mis razones (q guardo) es regular se venga â qualquier partido q le haga pr no perderlo todo (pues de lo contrario sera neced) y recompensandome el perjuicio q se siga mi Molino, se quedara el con el suyo corrte, y yo sin perdida en el mio, y el se ingenie, y yo no pierda. tres meses estuve en ese Pueblo el año pasado, y ni Vm ni nadie me dixo nada; q a haverme Vm dho algo, la huviera informado de lo q pudiera servirla para su govierno; y siendo así q a mi no me daña el q Vm siga ô no su apelazn (q hara en esto lo q gustase), buelvo â decir, q hagan, ô no el Molino, spre tengo mi dro â salvo para oponerme, ô no, quando y como me tenga mas cuenta. Es cierto que Vm tiene dos poderosas razones para su oposicion, pues sobre el menosprecio q se sigue â su actual Molino, no es menos considerable el daño para sus tierras con la apertura del cauze, q spre ha de ir corriendo de adentro, y una vez hecho el Molino, si la Acequia pierde agua, la haran pr mas dentro, hasta encontrar buen terreno sin q Vm, ni nadie lo pueda ya estorvar, pues favorezen las Leyes este caso, como todo lo q llevo dho, pero Vm es dueña de sus facultades y las husara segun gustase. Vm vea en q la pue-do servir en este; ô en qualquier asunto en esta corte o fuera de ella; y mandeme con satisfaccion, pues la tendre en complazerla en quanto tenga arbitrio.

Nro sr ge a Vm m a e

B ls ps a Vm su sego servr J B. Ma Fuero Rosa Mi sra da Ysabel Fernz capel

Legenda:

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