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Maarten Janssen, 2014-

Linhas do facsímile

1590. Carta de Luisa de Cárdenas para Pompeo Amoroso, agente de negocios.

ResumoLa autora expresa su alegría por la sentencia favorable a su causa y agradece el trabajo hecho a Pompeo y a otros colaboradores.
Autor(es) Luisa de Cárdenas
Destinatário(s) Pompeo Amoroso            
De España, Madrid
Para S.l.
Contexto

En 1609 el Consejo de Castilla examinó el pleito interpuesto por Pompeo Amoroso a los marqueses de Este. Se trataba de un impago de 1500 ducados que se le debían de una donación hecha por la marquesa doña Luisa de Cárdenas en pago por unos servicios anteriores. En primera instancia el proceso se llevó ante el corregidor de Illescas. Pompeo Amoroso había sido criado de don Bernardino de Cárdenas y más tarde sirvió a su hija, doña Luisa, como agente en Roma. En aquella corte se encargó de llevar a cabo las gestiones pertinentes para lograr la nulidad del matrimonio que su señora había contraído con el duque de Francávila. En pago por sus exitosos servicios, doña Luisa le prometió 7000 ducados, pagaderos en varios años a razón de 500 ducados por año. Pompeo Amoroso presentó seis cartas al Consejo para demostrar la prestación de servicios y las promesas que doña Luisa había hecho en relación a esa compensación económica.

Suporte un folio de papel doblado en folio, escrito por recto y verso del primer folio y por el verso del segundo.
Arquivo Archivo Histórico Nacional
Repository Consejos
Fundo Escribanías
Cota arquivística Legajo 36209, Expediente 3
Fólios [165]r-[166]v
Transcrição Elisa García Prieto
Revisão principal Gael Vaamonde
Contextualização Elisa García Prieto
Modernização Gael Vaamonde
Anotação POS Gael Vaamonde
Data da transcrição2014

Page [165]r > [165]v

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me abisabades q escribiese en agradezimiento de la gran
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md q me an hecho en aberme ganado xustizia a dios
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y a bos lo debo sigan lo q lo abeis trabaxado si yo deseo gus
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to y contento es para enplearme en darosle y fia q lo ten
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go de azer como lo debo y q lo conozco y ansi es de entender q lo are
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tieneme contentisima la gran md q nuestro señor me a hecho he
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llo a sido primision suya estoy contentisima mas tal es la sen
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tenzia algunos an qdado admirados mas puedo g zertificar q de
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las diez partes las nuebe se an olgado mi contrario publica q a de hir
[10]
y dize q ast ora lo a seguido en el tribunal de la grazia y q pues no
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le a probechado y esta en el de la xustizia q ansi lo seguira pregun
[12]
telo a la probanza y a las dilixenzias q a hecho contra mi para de
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zir q lo a seguido por grazia lo q ynporta es dar priesa y queste lo
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q costare y sacarme del todo de este ynfierno pues me a
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beis dado ya luz de esta esperanza y de tan gran bien como
[16]
berme yo fuera de onbre q no es mio ni lo a de ser aunq mue
[17]
ra yo en estas paredes q berdaderamente
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mira q se tenga gran quenta no quiera este nuebo xuez pruebas baste esto para q me en
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tendais pues con estos trabaxos no quiero bienes no ay sino confirmar la sentenzia pues es tan

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