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Maarten Janssen, 2014-

PSCR8627

[1738-1739]. Billete de [fray Francisco Antonio de Villar del Saz (Francisco Antonio Ladrón de Guevara)], predicador franciscano descalzo, para [Josefa Moreno y Suárez].

SummaryEl autor avisa a Josefa Moreno y Suárez de que en breve hará un recado y pagará una deuda. Además le informa de que quiere que le visite esa misma tarde y espera que pueda concertar una cita con su confesor.
Author(s) Francisco Antonio de Villar del Saz
Addressee(s) Josefa Moreno y Suárez            
From España, Toledo
To España, Toledo
Context

El proceso se abrió por proposiciones escandalosas entre 1739 y 1744 contra fray Francisco Antonio de Villar del Saz, también conocido como fray Francisco Antonio Ladrón de Guevara, siendo finalmente condenado. El reo, franciscano descalzo predicador en varios conventos de su orden, fue delatado por el párroco y confesor Manuel Antonio Sánchez Niño. Éste era confesor de Josefa Moreno y Suárez, quien acudió a él para contarle que el reo llegó a Toledo hacia 1737, se puso en contacto con ella y le dijo que era su hermano, aunque ella no tenía constancia de esta relación hasta ese momento. Ella le creyó y él se aprovechó de ella, manoseándola, besándola e instándole a que durmiesen juntos. Esta situación se produjo aproximadamente entre octubre de 1738 y la noche de Reyes de 1739. El reo se justificó diciendo que todo respondía a una "prueba o experiencia" y que por eso no era pecado. Él alegó que leía clásicos que decían que esas relaciones no eran ilícitas, por lo que Josefa Moreno y Suárez le pidió que se lo diese por escrito y así lo hizo, mandándoselo por un muchacho en un papel que le mandó el 8 o 9 de junio de 1739, que incluía citas y opiniones. En cuanto lo recibió, Josefa Moreno acudió a su confesor (PSCR5740). Una parte de los "papeles" intercambiados entre fray Francisco Antonio de Villar del Saz y Josefa Moreno y Suárez (PSCR5739 a PSCR5750) fueron aportados por Manuel Antonio Sánchez Niño. El resto (PSCR8626 a PSCR8629) fueron aportados por Josefa Moreno y Suárez en su segunda declaración (4 de julio de 1739) por consejo de su confesor.

Al proceso original se le unió otro en 1743 contra el mismo reo por proposiciones escandalosas hechas en un sermón el 14 de diciembre de 1742, en la villa de Fuentelencina (Guadalajara). A este proceso se incorporaron diez cartas: cinco fueron escritas por Miguel Prieto, superior de San Bernardo en el monasterio de Monsalud (Córcoles, Guadalajara) a varios vecinos y residentes en Fuentelencina (Guadalajara); las otras cinco son las respectivas contestaciones de cada uno de ellos, reconocidas como de puño y letra por ellos mismos cuando fueron llamados a declarar. Cada una de las cartas de Miguel Prieto fue contestada en el mismo folio en el que fue remitida. Las cartas se incorporaron porque había dudas sobre una proposición que hizo el reo en Fuentelencina (Guadalajara) el día que se celebraba la octava solemne de la Purísima Concepción (8 de diciembre de 1742). El 14 de diciembre siguiente, Cristóbal de Albendea predicó en Auñón (Guadalajara) otra grave proposición; poco después, el 23 del mismo mes, el reo, perteneciente al mismo convento que Cristóbal de Albendea, repitió esa misma proposición. Dado que las cinco cartas de Miguel Prieto son iguales y las respuestas muy similares se ha optado por incluir sólo la primera misiva de Miguel Prieto (PSCR8630) y dos de las contestaciones (PSCR8631 y PSCR8632).

Support un cuarto de papel escrito por el recto.
Archival Institution Archivo Histórico Nacional
Repository Inquisición
Collection Tribunal de Distrito de la Inquisición de Toledo
Archival Reference Legajo 220, Expediente 14
Folios 53r
Transcription Laura Martínez Martín
Main Revision Gael Vaamonde
Contextualization Laura Martínez Martín
Standardization Gael Vaamonde
Transcription date2015

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Herma mia: estoy hecho cargo, pero hasta q tu vengas yo no estoy satisfecho: el lunes indefectiblemte llebarè al tio los sesenta Rs y si antes saliera, antes los llebara, y le diras de mi parte q aunq es verdad que me dieron la caxa, y tu lo sabes, pero q no creyera yo hiciera tan poca confianza q interesasse prenda, que bastaba ser yo el que los pedia para que de todos modos se asegurasse que quien contraxo la deuda soy yo, y que yo los he de pagar, q si no quiere esperarse hasta el lunes q yo se los llebe, que embie por ellos, no solos sesenta sino ciento y sesenta si necesita. No dexes de decirselo, pues yo para nada lo necesito, verdaderamte q no lo creyera si no lo experimentara

Lo q digo es, volbiendo â ôtra cosa, q te espero esta tarde sin q aya viuda q balga, q antes soy yo, y digo mas, q conoceré lo q me estimas, si diesses providencia de q me vea presto con tu cura. Y cuidado con decir al tio lo q dexo dicho, y con esto hecho el fallo para todos los dias de mi vida. â Ds q te me gde ms as

tu hermo

la caxa se la di a su dueño, q embie por la deuda promptamte ô q espere al lunes, q asta entonces no puedo salir.

herma.


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